Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

ZURICH SANTANDER SEGUROS DE VIDA CHILE S.A. 2015-04-02 T-11:57

Z

a ZURICH’ Bombero Ossa 1068, piso 4
Fono: (56-2) 2676 4100 – Fax: 2676 4220

ZURICH SANTANDER + SEGUROS CHILE Santiago, Chile.

Santiago, 02 de Abril de 2015
GGV-2015/100

Señor

Superintendente

Superintendencia de Valores y Seguros
Avda. Libertador Bernardo O’Higgins 1449
Presente

Referencia: Informa como Hecho Esencial
Política General de Habitualidad.

De nuestra consideración:

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9” e inciso segundo del artículo 10? de la
Ley 18.045 de Mercado de Valores, y por el artículo 147 letra b) de la Ley 18.046 de
Sociedades Anónimas, debidamente facultado por el Directorio de la Sociedad,
comunicamos a usted el siguiente Hecho Esencial:

Con fecha 30 de Marzo de 2015, el Directorio de la sociedad “Zurich Santander Seguros de
Vida Chile S.A., con el objeto de dar cumplimiento a las modificaciones introducidas por la
Ley 20.381 de Gobiernos Corporativos a la Ley de Sociedades Anónimas y Ley de Mercado
de Valores, acordó actualizar la Política General de Habitualidad, la cual adjuntamos a
continuación.

Saluda atentamente a usted,

Gerente General
Zurich Santander Seguros de Vida Chile S.A.

(a ZURICH Bombero Ossa 1068, piso 4
Fono: (56-2) 2676 4100 – Fax: 2676 4220

ZURICH SANTANDER xx SEGUR HILE Santiago, Chile.

POLITICA GENERAL DE HABITUALIDAD
ZURICH SANTANDER SEGUROS DE VIDA CHILE S.A.

Con fecha 30 de marzo de 2015, el Directorio de Zurich Santander Seguros de Vida Chile
S.A, en adelante indistintamente denominada la “Compañía”, en sesión de directorio N?
215, acordó actualizar la siguiente política de habitualidad, con el objeto de dar
cumplimiento a las modificaciones introducidas por la Ley 20.382 de Gobiernos
Corporativos a la Ley de Sociedades Anónimas y a la Ley de Mercado de Valores.

En relación a lo dispuesto en el artículo 147 de la Ley N” 18.046, que faculta al Directorio
para fijar la política general de habitualidad que permite celebrar las operaciones con partes
relacionadas sin cumplir los requisitos y procedimientos que se mencionan en los
numerales 1) a 7) de dicho precepto, y considerando que una política se define como las
orientaciones o directrices que rigen las actuaciones de una entidad en un asunto
determinado; el Directorio acordó modificar la política general de habitualidad que regirá a
partir del 1 de Abril de 2015, por cuanto se trata de operaciones necesarias para contribuir
al interés social, debiendo ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que
prevalezcan en el mercado al tiempo de su aprobación o celebración, siendo además
ordinarias en consideración al giro social, y por razón de tener una vinculación con la
actividad principal de la Compañía.

En consecuencia, el Directorio acordó fijar la siguiente política general de habitualidad:
POLITICA GENERAL DE HABITUALIDAD

Teniendo en consideración que la actividad que desarrolla la Compañía en el desempeño de
sus actividades, consiste principalmente en suministrar cobertura de seguros a sus clientes,
es posible indicar que las siguientes operaciones se relacionan con las actividades
ordinarias y habituales que corresponden a su giro asegurador, y por lo tanto, en relación a
lo dispuesto en la letra b) del artículo 147 de la Ley N” 18.046, que faculta al Directorio
para fijar la política general de habitualidad que permite celebrar las operaciones con partes
relacionadas sin cumplir los requisitos y procedimientos que se mencionan en los
numerales 1) a 7) de dicho precepto, serán consideradas como operaciones habituales
exentas de dichas obligaciones, entre otras, y sin que la siguientes enumeración sea
limitativa, las siguientes:

4% ZURICH Bombero Ossa 1068, piso 4
Fono: (56-2) 2676 4100 – Fax: 2676 4220

ZURICH SANTANDER + SEGUROS CHILE Santiago, Chile.

a) Contratos de compraventa de coberturas de seguro efectuadas por los empleados de la
Compañía y Directores.

b) Contratos de cuentas corrientes mercantiles.

c) Contratos de aprovisionamientos, de servicios de logística y suministro de materiales que
comprenden la provisión de los materiales y equipos necesarios para la gestión y operación
de la Compañía, los contratos de compra directa de materiales menores a proveedores, los
contratos de servicios de publicidad, marketing, arquitectura, etc.

d) Contratos de servicios de inspecciones y liquidación de siniestros, contratos de servicios de
arrendamiento de inmuebles, contratos de reparación de bienes siniestrados.

e) Contrato de compraventa de seguros para bienes de la misma Compañía.

Todas estas negociaciones, actos y contratos se considerarán habituales,
independientemente de su plazo o vigencia, sea que su contratación sea por períodos
mensuales, semestrales, anuales o de un plazo superior, debiendo tomarse en consideración
para su calificación de habitualidad la frecuencia y similitud de estas operaciones, actos y
contratos, que la sociedad efectúe o haya efectuado en forma ordinaria y frecuentemente,
necesarias para desarrollar en forma normal, adecuada y eficientemente su giro.

Conforme a lo señalado se acuerda que la presente Política de Habitualidad para las
Operaciones entre Partes Relacionadas entrará en vigencia desde el día siguiente de la fecha
de la presente sesión, y que cualquier modificación deberá ser efectuada por el Directorio
de la sociedad de la misma forma en que se ha adoptado.

Señalado lo anterior, el Directorio deja expresa constancia de que las Políticas de
Habitualidad para las Operaciones entre Partes Relacionadas acordadas en el acuerdo
adoptado quedarán a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el sitio en
Internet de la Compañía, debiendo informarse de éste a la Superintendencia de Valores y
Seguros en su carácter de hecho esencial, facultando para ello al señor Presidente del
Directorio, al Gerente General, y/o a la Fiscal de la Compañía.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=452d996697cfe95eb460f95424e8156dVFdwQmVFNVVRVEJOUkVGNlQxUlpNMDlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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