Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

WALMART CHILE S.A. 2016-06-08 T-20:28

W

Walmart 2 Chile

HECHO ESENCIAL
WALMART CHILE S.A.
(Inscripción Registro de Valores N* 1131)

Santiago, 8 de junio de 2016
Señor
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente
Ref.: Comunica acuerdo de cancelación de
registro de sociedad y sus acciones en el Registro
de Valores y en las bolsas de valores del país.
De nuestra consideración:

De acuerdo a lo establecido en el artículo 9 y en el inciso 2* del artículo 10 de la
Ley N* 18.045, de Mercado de Valores, y en la Norma de Carácter General N* 30 de vuestra
Superintendencia, debidamente facultada al efecto, vengo en informar a Ud., en carácter de hecho
esencial respecto de Walmart Chile S.A. (la “Sociedad”), sus valores de oferta pública y la oferta
de ellos, que en Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada con fecha 8 de
junio de 2016 (la “Junta”), se acordó la cancelación voluntaria de la inscripción de la Sociedad y
sus acciones en el Registro de Valores de vuestra Superintendencia y en las bolsas de valores de
Chile, conforme a lo dispuesto en el inciso 6% del artículo 2% de la Ley N* 18.046, sobre
Sociedades Anónimas y en la letra a) del artículo 15 de la Ley N? 18.045, de Mercado de Valores.

En conformidad a lo dispuesto en el inciso 6* del artículo 2*, en el número 7 del
artículo 69 de la Ley N* 18.046, sobre Sociedades Anónimas y demás normas legales y
reglamentarias pertinentes, la aprobación de la cancelación antes señalada concede al accionista
disidente el derecho a retirarse de la Sociedad, previo pago por ésta del valor de sus acciones.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley N* 18.046, sobre
Sociedades Anónimas y 127 de su Reglamento, se considerará accionista disidente a aquel que en
la Junta se opuso al acuerdo que da derecho a retiro; o bien que, no habiendo concurrido a la
Junta, manifieste su disidencia por escrito a la Sociedad dentro del plazo de 30 días contado
desde la fecha de la Junta, esto es, hasta el 8 de julio de 2016. El derecho a retiro deberá ejercerse
por el total de acciones que el accionista disidente tenía inscritas a su nombre en el Registro de
Accionistas de la Sociedad al momento que determina su derecho a participar en la Junta, esto es,
a la medianoche del día 2 de junio de 2016 y que mantenga a la fecha en que comunique a la
Sociedad su intención de retirarse.

El ejercicio del derecho a retiro se efectuará por carta certificada enviada a la
Sociedad o por presentación escrita entregada en el lugar en que funcione la Gerencia. Para los
efectos de lo anterior, se deja especial constancia que la Gerencia de la Sociedad funciona en las
oficinas de Avenida del Valle N* 725, piso 5, comuna de Huechuraba, Santiago. Para efectos de
computar los plazos que correspondan, se considerará como fecha de ejercicio del derecho la
fecha de recepción por parte de la Sociedad de la comunicación en la forma señalada. Si dicha
comunicación hubiere sido enviada por carta certificada, se considerará como fecha de recepción
el tercer día hábil siguiente al de su entrega en las oficinas de correos. En la comunicación en que
ejerza su derecho a retiro, el accionista disidente deberá expresar su voluntad de retirarse de la
Sociedad.

Walmart ye Chile

La Sociedad pagará a los accionistas disidentes que ejerzan el derecho a retiro,
el valor de mercado de sus acciones, que, en este caso, conforme a lo dispuesto en el número 4
del artículo 132 del Reglamento de Sociedades Anónimas, corresponde a su valor de libros
determinado con arreglo a lo dispuesto en los artículos 130 y 131 del mismo Reglamento.

A los accionistas disidentes que ejerzan el derecho a retiro se les pagará un
valor por acción igual a su valor de libros, esto es, $282,6469.

De acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, el precio de
las acciones de los accionistas que ejerzan el derecho a retiro según lo expresado anteriormente,
cuando esto sea procedente, se les pagará por la Sociedad, sin recargo alguno, dentro de los 60
días siguientes al 8 de junio de 2016, a partir del quinto día hábil bursátil siguiente al vencimiento
del plazo para ejercer el derecho a retiro.

Sírvase tener por presentada esta información y dar por cumplidas las normas
legales y reglamentarias que obligan a la Sociedad a proporcionara.

Saluda muy atentamente a Usted,

Carmen Román Arancibia
Gerente Corporativo de Asuntos Legales
Walmart Chile S.A.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=adc480c8f92d3ff04d06a0bb365f8f5aVFdwQmVFNXFRVEpOUkVFelRsUk5NazFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

Por Hechos Esenciales
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