Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

VGM AUDITORES LIMITADA 2022-01-19 T-15:34

V

Notario Publico Santiago Myriam Amigo Arancibia

Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e íntegra de
CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD

otorgado el 14 de Diciembre de 2021 reproducido en las siguientes páginas.

Repertorio Nro: 15551 – 2021.-
Santiago, 21 de Diciembre de 2021.-

Il ANO Il II Emito el presente documento con firma electrónica avanzada (ley No19.799, de
123456886935 2002), conforme al procedimiento establecido por Auto Acordado de 13/10/2006 de la
www.fojas.cl Excma. Corte Suprema.-

Certificado Nro 123456886935.- Verifique validez en
http://fojas.cl/d.php?cod=not71meamig8ndoc=123456886935.- .-
CUR Nro: F484-123456886935.-

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AD SÁ y
212 NOTARIA

Santiago

REPERTORIO N*:15.551/2021.-
OT. N”: 84.395.-
Hlbv.- bo

CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES Y
MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD

“VGM AUDITORES LIMITADA”

EN SANTIAGO DE CHILE, a catorce días del mes de diciembre del
año dos mil veintiuno, ante mi, don RAIMUNDO ESPINOZA WOOD,
Abogado, Notario Público Suplente de doña MYRIAM AMIGO
ARANCIBIA, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría
de Santiago, con oficio en calle Huérfanos quinientos setenta y ocho,
comuna de Santiago, Región Metropolitana, comparecen: don
ÁLVARO ANDRÉS MECKLENBURG RIQUELME, chileno, casado y
separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de
identidad número nueve millones quinientos mil quinientos ochenta
Pag: 2/11 y siete guion K; don PABLO LEONARDO VERA LILLO, chileno,

divorciado, contador auditor, cédula nacional de identidad número

Cerificado Ne nueve millones novecientos cincuenta y nueve mil ochocientos
123456886935 z

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setenta y seis guion K; doña CLAUDIA LORENA GÓMEZ NAVEA,
chilena, soltera, contador auditor, cédula nacional de identidad
número doce millones quinientos noventa y ocho mil ciento sesenta y

cuatro guion K, y; don GABRIEL ALEJANDRO LUNA OPAZO,

Pag: 3/11

chileno, casado en sociedad conyugal, contador auditor, cédula
nacional de identidad número trece millones doscientos veintiséis
mil ciento sesenta y cuatro guion cuatro. Todos con domicilio, para
estos efectos, en calle Cerro El Plomo, Número cinco mil ochocientos
cincuenta y cinco, piso dieciséis, oficina mil seiscientos cinco,
comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
Los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad
con la cédula aludida y exponen: PRIMERO. Antecedentes Sociales:
La sociedad VGM AUDITORES LIMITADA, en adelante también la
“Sociedad”, fue constituida mediante escritura pública de fecha
veintitrés de septiembre del año dos mil veinte, otorgada en la
Notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia. Un extracto de
dicha escritura se inscribió a fojas sesenta y un mil cuatrocientos
dos Número veintinueve mil doscientos noventa y siete del Registro
de Comercio del año dos mil veinte del Conservador de Bienes Raíces
de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintiocho de
septiembre del año dos mil veinte. El pacto social ha tenido una
modificación, mediante escritura pública de fecha veintiséis de enero

del año dos mil veintiuno otorgada en la Notaría de Santiago de doña

Myriam Amigo Arancibia. Un extracto de dicha escritura se inscribió

a fojas doce mil trescientos catorce Número cinco mil setecientos
cuatro del Registro de Comercio del año dos mil veintiuno del
Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario
Oficial de fecha doce de febrero del año dos mil veintiuno. La
sociedad actúa bajo el Rol Único Tributario número setenta y siete

millones doscientos treinta y nueve mil ochocientos tres guion

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Miriam Inigo Lancibia

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Certificado Ne
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NOTARIO
212 NOTARIA

Santiago
cuatro. SEGUNDO. Socios, capital y participación social: De

2 TITULAR

acuerdo al pacto social vigente de la Sociedad, el capital social
asciende a la suma de un millón de pesos, el cual se encuentra
íntegramente pagado por los socios en las siguientes sumas y
proporciones: a) Álvaro Andrés Mecklenburg Riquelme, la suma de
doscientos cincuenta mil pesos, equivalente a un veinticinco por
ciento del capital social; b) Pablo Leonardo Vera Lillo, la suma de
doscientos cincuenta mil pesos, equivalente a un veinticinco por
ciento del capital social; c) Claudia Lorena Gómez Navea, la suma de
doscientos cincuenta mil pesos, equivalente a un veinticinco por
ciento del capital social, y; d) Gabriel Alejandro Luna Opazo, la suma
de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente a un veinticinco por
ciento del capital social. TERCERO. Cesión de Derechos Sociales
de Gabriel Alejandro Luna Opazo a Álvaro Andrés Mecklenburg
Riquelme: En este acto y mediante el presente instrumento don
Gabriel Alejandro Luna Opazo, vende, cede y transfiere el treinta y
tres coma tres tres tres tres por ciento de sus derechos sociales en la
sociedad VGM Auditores Limitada a don Álvaro Andrés Mecklenburg
Riquelme, quien compra, acepta y adquiere para si los referidos
derechos sociales. Este treinta y tres coma tres tres tres tres por
ciento de los derechos sociales en la sociedad VGM Auditores
Limitada corresponde a un ocho coma tres tres tres tres por ciento
aproximadamente de los derechos sociales que él tiene en VGM
Auditores Limitada. Las partes y todos los socios declaran que se
han usado cuatro decimales por razones prácticas. CUARTO. Precio

de la Cesión de derechos sociales: El precio de la cesión de los

Pag: 5/11

derechos sociales corresponde a la suma de ochenta y tres mil
trescientos treinta y tres pesos, que don Álvaro Andrés Mecklenburg
Riquelme paga a don Gabriel Alejandro Luna Opazo en este acto, al
contado y en dinero efectivo. QUINTO. Cesión de Derechos
Sociales de Gabriel Alejandro Luna Opazo a Pablo Leonardo Vera
Lillo: En este acto y mediante el presente instrumento don Gabriel
Alejandro Luna Opazo, vende, cede y transfiere el treinta y tres coma
tres tres tres tres por ciento de sus derechos sociales en la sociedad
VGM Auditores Limitada a don Pablo Leonardo Vera Lillo, quien,
compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos sociales.
Este treinta y tres coma tres tres tres tres por ciento de los derechos
sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada corresponde a un
ocho coma tres tres tres tres por ciento aproximadamente de los
derechos sociales que él tiene en VGM Auditores Limitada. Las
partes y todos los socios declaran que se han usado cuatro
decimales por razones prácticas. SEXTO. Precio de la Cesión de
derechos sociales: El precio de la cesión de los derechos sociales
corresponde a la suma de ochenta y tres mil trescientos treinta y
tres pesos, que don Pablo Leonardo Vera Lillo paga a don Gabriel
Alejandro Luna Opazo en este acto, al contado y en dinero efectivo.
SÉPTIMO. Cesión de Derechos Sociales de Gabriel Alejandro Luna
Opazo a Claudia Lorena Gómez Navea: En este acto y mediante el
presente instrumento don Gabriel Alejandro Luna Opazo, vende, cede
y transfiere el treinta y tres coma tres tres tres cuatro por ciento de
sus derechos sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada a doña

Claudia Lorena Gómez Navea, quien, compra, acepta y adquiere para

Certificado
123456886935

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Myriam Amigo Fancibia
21% NOTARIA

Santiago
sí los referidos derechos sociales. Este treinta y tres coma tres tres

tres cuatro por ciento de los derechos sociales en la sociedad VGM
Auditores Limitada corresponde a un ocho coma tres tres tres cuatro
por ciento aproximadamente de los derechos sociales que él tiene en
VGM Auditores Limitada. Las partes y todos los socios declaran que
se han usado cuatro decimales por razones prácticas. OCTAVO.
Precio de la Cesión de derechos sociales: El precio de la cesión de
los derechos sociales corresponde a la suma de ochenta y tres mil
trescientos treinta y cuatro pesos, que doña Claudia Lorena Gómez
Navea paga a don Gabriel Alejandro Luna Opazo en este acto, al
contado y en dinero efectivo. NOVENO. Modificación de la Cláusula
Quinta del Pacto Social, del Capital: Como consecuencia de las
cesiones de derechos sociales efectuadas en las cláusulas
precedentes del presente instrumento, se retira de la sociedad VGM
Auditores Limitada don Gabriel Alejandro Luna Opazo a contar de
esta fecha para todos los efectos legales. Por lo tanto, todos y cada
uno de los únicos y actuales socios de la sociedad VGM Auditores
Limitada declaran aceptar la cesión y transferencia de derechos
sociales señaladas en las cláusulas anteriores, y aceptan que don

Gabriel Alejandro Luna Opazo se retire de la sociedad VGM Auditores

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Limitada, y con ello acuerdan modificar la cláusula Quinta del Pacto

Social vigente referido al Capital Social, quedando como sigue:

Certificado N2
123456886935

Mpmrniojes. cl “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de
pesos, que los socios aportaron y enteraron integramente en la caja
social, en dinero efectivo, . en la proporción que se indica a

continuación: a) Álvaro Andrés Mecklenburg Riquelme, la suma de

Pag: 7/11

trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos,
equivalente a un treinta y tres coma tres tres tres tres por ciento del
capital social; b) Pablo Leonardo Vera Lillo, la suma de trescientos
treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos, equivalente a un
treinta y tres coma tres tres tres tres por ciento del capital social, y;
c) Claudia Lorena Gómez Navea, la suma de trescientos treinta y tres
mil trescientos treinta y cuatro pesos, equivalente a un treinta y tres
coma tres tres tres cuatro por ciento del capital social.”. DÉCIMO.
Vigencia: Los socios dejan expresa constancia que las demás
estipulaciones contenidas en la escritura pública de constitución
social y modificaciones posteriores, que no hayan sido modificadas
por el presente acto, continuarán plenamente vigentes en todas y
cada una de sus partes, especialmente en aquella parte relativa a
que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus
respectivos aportes. DÉCIMO PRIMERO. Domicilio: Para todos los
efectos derivados de la presente escritura pública, los
comparecientes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de
Santiago. DÉDIMO SEGUNDO. Poderes especiales: Se faculta al
portador de copia autorizada de la presente escritura pública, o de
un extracto de la misma, para llevar a cabo los trámites, gestiones y
actuaciones que se precisen para la completa legalización de la
modificación de la Sociedad, en especial, para requerir la inscripción
del extracto en el Registro de Comercio correspondiente y su
publicación en el Diario Oficial. Asimismo, se otorga poder especial a
don Álvaro Andrés Mecklenburg Riquelme, ya individualizado, y a

doña Gloria Alejandra Leyton Fernández, abogada, cédula nacional

Certificado
123456886935

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212 NOTARIA

Santiago
de identidad número quince millones quinien noventa y siete mil

ochocientos ochenta y ocho guion cero, con domicilio, para estos
efectos, en calle Cerro El Plomo, Número cinco mil ochocientos
cincuenta y cinco, piso dieciséis, comuna de las Condes, ciudad de
Santiago, Región Metropolitana, para que actuando de forma
individual e indistintamente, efectúen los siguientes actos y
contratos: a) otorgar las escrituras públicas o privadas que sean
necesarias y realizar ante cualquier entidad, sea pública o privada,
todos los trámites, diligencias, actuaciones, inscripciones y
publicaciones necesarias para el total perfeccionamiento de la
modificación de la sociedad VGM Auditores Limitada, contenida en
esta escritura pública; conferir todas las autorizaciones y mandatos;
y realizar cualquier rectificación, complementación o aclaración que
sean necesarias para tal objeto; b) requerir las inscripciones,
subinscripciones y anotaciones que procedieren en el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente. A tal
efecto, los apoderados podrán hacer todas las declaraciones,
solicitudes, presentaciones, minutas aclaratorias y firmar todos los
documentos, públicos o privados, para estos efectos; c) sanear de

conformidad con las disposiciones de la Ley Número diecinueve mil

Pag: 8/11

cuatrocientos noventa y nueve sobre saneamientos de vicios de

nulidad de sociedades, cualquier vicio de nulidad o formal que

Certificado N2
123456886935
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htp:/Avww.ojas.cl pudiere adolecer la presente escritura y que de conformidad a la Ley
señalada sean susceptibles de sanearse, quedando especialmente
facultados para otorgar las escrituras públicas y redactar los

extractos respectivos, y para hacer las publicaciones e inscripciones

Pag: 9/11

a que se refiere la citada Ley. Asimismo, otorgan poder especial a
don Manuel Esteban Figueroa Herrera, cédula nacional de identidad
número diecisiete millones cuatrocientos noventa mil ciento ochenta
y cinco guion seis; a doña Yasna Katherine Alegría Pérez, cédula
nacional de identidad número trece millones setecientos cinco mil
cincuenta y ocho guion siete; a doña Chris Evelyn Rogel Mancilla,
cédula nacional de identidad número diecisiete millones doscientos
treinta y siete mil doscientos cuarenta y cuatro guion nueve; a doña
Katherine Andrea Parada Contreras, cédula nacional de identidad
número diecisiete millones quinientos setenta y dos mil novecientos
veintiséis guion siete; a doña Fernanda Constanza Lorca Gajardo,
cédula nacional de identidad número dieciocho millones quinientos
cuarenta mil ciento setenta y cinco guion ocho; y a doña Susana
Giselle Madrid Nawrath, cédula nacional de identidad número veinte
millones trescientos cuarenta y tres mil quinientos sesenta y cinco
guion siete, para que uno cualquiera de ellos, concurra en
representación de los socios y/o de la sociedad VGM Auditores
Limitada según corresponda, pudiendo realizar todos los trámites,
presentaciones y actuaciones, firmar todos los formularios
necesarios para cumplir con las formalidades y obligaciones
tributarias que la Ley o el Servicio de Impuestos Internos impone
para este tipo de actos, quedando especialmente facultados para
informar la modificación del pacto social y, en general, firmar
formularios, timbrar documentos, solicitar claves y efectuar
cualquier tipo de presentación necesaria al efecto. Las personas

indicadas podrán delegar separadamente las facultades otorgadas. –

Certificado
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Pag: 10/11

Certificado Ne
123456886935
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212 NOTARIA

Santiago

A
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EN COMPROBANTE y previa lectura, firman los comparecientes el

presente instrumento. Se dio copia y se anotó en el LIBRO DE

REPERTORIO con el Número señalado. DOY FE.-
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LAME EN
ÁLVARO ANDRÉS-MECKLENBURG RIQUELME
C.I. N*

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C.I. N*/ DIGITE

CLAUDIA LORENA GÓMEZ NAVEA
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GABRIEL ALEJANDRO LUNA OPAZO

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Dig. : Hlbv.-
Rep. N*: /6.201/ /2021.-

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Firmas: -04.-
Copias : F.E.A.-
Dchos. :$ 80.000.-

A

Pag: 11/11

ADA

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Notario Publico Santiago Myriam Amigo Arancibia

Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e íntegra de
PROTOCOLIZACIÓN DE EXTRACTO, INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN EN
EL DIARIO OFICIAL otorgado el 03 de Enero de 2022 reproducido en las

siguientes páginas.

Repertorio Nro: 12 – 2022.-
Santiago, 03 de Enero de 2022.-

Il AO II Emito el presente documento con firma electrónica avanzada (ley No19.799, de
123456887620 2002), conforme al procedimiento establecido por Auto Acordado de 13/10/2006 de la
www.fojas.cl Excma. Corte Suprema.-

Certificado Nro 123456887620.- Verifique validez en
http://fojas.cl/d.php?cod=not71meamig8ndoc=123456887620.- .-
CUR Nro: F484-123456887620.-

Pag: 1/19

Pag: 1/1

arm (Geri Bancibia EE
NABUGO” E a
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212 NOTARI SE

REPERTORIO N* 12/2022.-
PROTO. N’ 11.-

O.T N* 73.-

Hilbv.-

PROTOCOLIZACIÓN DE EXTRACTO,

INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL

“VGM AUDITORES LIMITADA”

(MODIFICACIÓN)

Protocolización de documentos consistentes en: “EXTRACTO,
INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL” de la Sociedad
“VGM AUDITORES LIMITADA”, solicitado por la Abogado doña GLORIA
LEYTON FERNANDEZ, documento que consta de OCHO hojas, el cual se
agrega al final de mis Registros Públicos del mes en curso, bajo el número

ONCE.-

Santiago, 03 de enero de 2022.-

S
W NOTARIO “eN
3 Pustico E
21 NOTARIA > 0,
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Verifique validez en 4 AA

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MYRIAM ELIZABETH AMIGO ARANCIBIA

NOTARIO PÚBLICO TITULAR
21* NOTARIA DE SANTIAGO

pos

FOJA INUTILIZADA

Pag: 3/19

PROTOCOMZADON=_//

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OP 3

EXTRACTO

RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Abogado, Notario Público
Suplente de MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO
ARANCIBIA, Notario Público de la 21? Notaría de Santiago, con
oficio en Huérfanos 578, Santiago, certifica que por escritura
pública de fecha 14/12/2021 Repertorio N*15.551/2021 ante mí:
Todos los socios de VGM AUDITORES LIMITADA, Álvaro
Andrés Mecklenburg Riquelme, Pablo Leonardo Vera Lillo,
Claudia Lorena Gómez Navea, y Gabriel Alejandro Luna Opazo,
todos con domicilio, para estos efectos, en Cerro El Plomo,
N*5.855, piso 16, oficina 1.605, comuna de Las Condes, ciudad
de Santiago, Región Metropolitana, acordaron las siguientes
cesiones de derechos sociales y modificaron la cláusula
Quinto del pacto social de VGM AUDITORES LIMITADA,
inscrita a fojas 61.402, N*? 29.297 del Registro de Comercio del
año 2020 del CBR de Santiago: a) Gabriel Alejandro Luna
Opazo, vende, cede y transfiere el 33,3333% de sus derechos
sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada a Álvaro
Andrés Mecklenburg Riquelme, quien compra, acepta y
adquiere para sí los referidos derechos sociales. Este
33,3333% de los derechos sociales en la sociedad VGM
Auditores Limitada corresponde a un 8,3333%
aproximadamente de los derechos sociales que él tiene en
VGM Auditores Limitada. Las partes y todos los socios
declaran que se han usado cuatro decimales por razones
prácticas. El precio de la cesión de los derechos sociales
corresponde a la suma de $83.333, que Álvaro Andrés

Pag: 4/19

Mecklenburg Riquelme paga a Gabriel Alejandro Luna Opazo
en este acto, al contado y en dinero efectivo. b) Gabriel

Certificado Ne
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RAIMUNDO JAVIER Dale: 20211222 17:5148-0340 Kogeaideo
: Notari | Rai do Espi W
ESPINOZA WOOD O a

Pag: 5/19

Alejandro Luna Opazo, vende, cede y transfiere el 33,3333% de
sus derechos sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada
a Pablo Leonardo Vera Lillo, quien, compra, acepta y adquiere
para sí los referidos derechos sociales. Este 33,3333% de los
derechos sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada
corresponde a un 8,3333% aproximadamente de los derechos
sociales que él tiene en VGM Auditores Limitada. Las partes y
todos los socios declaran que se han usado cuatro decimales
por razones prácticas. El precio de la cesión de los derechos
sociales corresponde a la suma de $83.333, que Pablo
Leonardo Vera Lillo paga a Gabriel Alejandro Luna Opazo en
este acto, al contado y en dinero efectivo. c) Gabriel Alejandro
Luna Opazo, vende, cede y transfiere el 33,3334% de sus
derechos sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada a
Claudia Lorena Gómez Navea, quien, compra, acepta y
adquiere para sí los referidos derechos sociales. Este
33,3334% de los derechos sociales en la sociedad VGM
Auditores Limitada corresponde a un 8,3334%
aproximadamente de los derechos sociales que él tiene en
VGM Auditores Limitada. Las partes y todos los socios
declaran que se han usado cuatro decimales por razones
prácticas. El precio de la cesión de los derechos sociales
corresponde a la suma de $83.334, que Claudia Lorena Gómez
Navea paga a Gabriel Alejandro Luna Opazo en este acto, al
contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de las
cesiones de derechos sociales Gabriel Alejandro Luna Opazo
se retira de la sociedad VGM Auditores Limitada. Todos los
únicos y actuales socios de la sociedad VGM Auditores
Limitada aceptan las cesiones y transferencias de derechos
sociales, y con ello acuerdan modificar la cláusula Quinto del
Pacto Social vigente referido al Capital Social, quedando como

Certificado
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Certificado Ne
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sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un
millón de pesos, que los socios aportaron y enteraron
íntegramente en la caja social, en dinero efectivo, en la
proporción que se indica a continuación: a) Álvaro Andrés
Mecklenburg Riquelme, la suma de trescientos treinta y tres
mil trescientos treinta y tres pesos, equivalente a un treinta y
tres coma tres tres tres tres por ciento del capital social; b)
Pablo Leonardo Vera Lillo, la suma de trescientos treinta y tres
mil trescientos treinta y tres pesos, equivalente a un treinta y
tres coma tres tres tres tres por ciento del capital social, y; c)
Claudia Lorena Gómez Navea, la suma de trescientos treinta y
tres mil trescientos treinta y cuatro pesos, equivalente a un
treinta y tres coma tres tres tres cuatro por ciento del capital
social.”. Las demás estipulaciones constan en escritura
extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2021.-

UA AAA

123456887016

EXTRACTO
Documento emitido con Firma Electronica Avanzada.-

Ley 19.799 – Auto acordado de la Excma Corte Suprema de Chile.-

Cert 123456887016
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Certificado
123456887620
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Certificado
12345688762
Verifique vall
http://www.fd

Ne
dez en
ljas.cl

Es ?

Certificación de Inscripción
Registro de Comercio de Santiago

El Conservador de Bienes Raíces que suscribe certifica que el documento adjunto,
correspondiente a Modificación de “VGM Auditores Limitada”, fue inscrito con fecha 28 de
diciembre de 2021 a fojas 103532 número 47970 del Registro de Comercio de Santiago
correspondiente al año 2021.

Asimismo, certífica que la solicitud de inscripción del señalado documento fue presentada a este
Conservador con fecha 28 de diciembre de 2021, ingresándose bajo el número correlativo del
Registro de Comercio 89051.

Se anotó al margen de fojas 61402 número 29297 año 2020.

Los derechos registrales correspondientes a la inscripción señalada ascienden a la suma de
$10.700.-

Santiago, 29 de diciembre de 2021.

Luis Maldonado €
Conservador de Bis
Rogistro Propiedad

Santiugo

Carátula: 18616339

VGM Auditores Limitada

SUN

‘ Comercio

Documento incorpora firma electrónica avanzada conforme a Ley N*19.799.
La vigencia de la firma electrónica en el documento, al igual que aa S
y autenticidad del mismo, deben ser verificados en www. consgrv Hg

Cód. de verificación: cec_1c7ac5-0 Documento impreso es sólo una copia del documento origin
vwwvw,conservador.cl

donde estará disponible por 90 días contados desde la fecha desu

Pag: 9/19

RAIMENDO- JAVIER e
ESPINOZA WOOD ao MS Pemundo Espinoza Watts

EXTRACTO

RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Abogado, Notario Público
Suplente de MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO
ARANCIBIA, Notario Público de la 21? Notaría de Santiago, con
oficio en Huérfanos 578, Santiago, certifica que por escritura
pública de fecha 14/12/2021 Repertorio N*15.551/2021 ante mí:
Todos los socios de VGM AUDITORES LIMITADA, Álvaro
Andrés Mecklenburg Riquelme, Pablo Leonardo Vera Lillo,
Claudia Lorena Gómez Navea, y Gabriel Alejandro Luna Opazo,
todos con domicilio, para estos efectos, en Cerro El Plomo,
N*5.855, piso 16, oficina 1.605, comuna de Las Condes, ciudad
de Santiago, Región Metropolitana, acordaron las siguientes
cesiones de derechos sociales y modificaron la cláusula
Quinto del pacto social de VGM AUDITORES LIMITADA,
inscrita a fojas 61.402, N* 29.297 del Registro de Comercio del
año 2020 del CBR de Santiago: a) Gabriel Alejandro Luna
Opazo, vende, cede y transfiere el 33,3333% de sus derechos
sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada a Álvaro
Andrés Mecklenburg Riquelme, quien compra, acepta y
adquiere para sí los referidos derechos sociales. Este
33,3333% de los derechos sociales en la sociedad VGM
Auditores Limitada corresponde a un 8,3333%
aproximadamente de los derechos sociales que él tiene en
VGM Auditores Limitada. Las partes y todos los socios
declaran que se han usado cuatro decimales por razones
prácticas. El precio de la cesión de los derechos sociales
corresponde a la suma de $83.333, que Álvaro Andrés
Mecklenburg Riquelme paga a Gabriel Alejandro Luna Opazo
en este acto, al contado y en dinero efectivo. b) Gabriel

Date: 2021.12.22 17:51:46 -03:00

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Alejandro Luna Opazo, vende, cede y transfiere el 33,3333% de
sus derechos sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada
a Pablo Leonardo Vera Lillo, quien, compra, acepta y adquiere
para sí los referidos derechos sociales. Este 33,3333% de los
derechos sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada
corresponde a un 8,3333% aproximadamente de los derechos
sociales que él tiene en VGM Auditores Limitada. Las partes y
todos los socios declaran que se han usado cuatro decimales
por razones prácticas. El precio de la cesión de los derechos
sociales corresponde a la suma de $83.333, que Pablo
Leonardo Vera Lillo paga a Gabriel Alejandro Luna Opazo en
este acto, al contado y en dinero efectivo. c) Gabriel Alejandro
Luna Opazo, vende, cede y transfiere el 33,3334% de sus
derechos sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada a
Claudia Lorena Gómez Navea, quien, compra, acepia y
adquiere para sí los referidos derechos sociales. Este
33,3334% de los derechos sociales en la sociedad VGM
Auditores Limitada corresponde a un 8,3334%
aproximadamente de los derechos sociales que él tiene en
VGM Auditores Limitada. Las partes y todos los socios
declaran que se han usado cuatro decimales por razones
prácticas. El precio de la cesión de los derechos sociales
corresponde a la suma de $83.334, que Claudia Lorena Gómez
Navea paga a Gabriel Alejandro Luna Opazo en este acto, al
contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de las
cesiones de derechos sociales Gabriel Alejandro Luna Opazo
se retira de la sociedad VGM Auditores Limitada. Todos los
únicos y actuales socios de la sociedad VGM Auditores
Limitada aceptan las cesiones y transferencias de derechos

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sociales, y con ello acuerdan modificar la cláusula Quinto del
Pacto Social vigente referido al Capital Social, quedando como

Certificado Ne
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sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un
millón de pesos, que los socios aportaron y enteraron
íntegramente en la caja social, en dinero efectivo, en la
proporción que se indica a continuación: a) Álvaro Andrés
Meckienburg Riquelme, la suma de trescientos treinta y tres
mil trescientos treinta y tres pesos, equivalente a un treinta y
tres coma tres tres tres tres por ciento del capital social; b)
Pablo Leonardo Vera Lillo, la suma de trescientos treinta y tres
mil trescientos treinta y tres pesos, equivalente a un treinta y
tres coma tres tres tres tres por ciento del capital social, y; c)
Claudia Lorena Gómez Navea, la suma de trescientos treinta y
tres mil trescientos treinta y cuatro pesos, equivalente a un
treinta y tres coma tres tres tres cuatro por ciento del capital
social.”. Las demás estipulaciones constan en escritura
extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2021.-

UI O AO

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Asimismo, certifica que la inscripción referida no tiene más subinscripciones o
notas marginales que aquellas indicadas en el documento.

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DY

*N247970

MO:

DIFICACIÓN

VOM AUDITORES

LIMITADA

Fojas 103532

Santiago, veintiocho de

– A requerimiento de
Limitada, procedo a inscribir lo

siguiente: RAIMUNDO ESPINO

WOOD, Abogado,

ELIZABETH

Notario Público Suplente de

MARIELA AMIGO ARAN 2, Notario Público de la

1c1o en

Ha

21: Notaría de Santiago, con 0
Huérfanos 578, Santiago, certifica que por
escritura pública de fecha 14/12/2021
Repertorio N%15.551/2021 ante mí: Todos los

VGM AUDITORES LIMITADA, Álvaro Andrés

Mecklenburg Riquelme, Pablo Leonardo Vera
Lillo, Claudia Lorena Gómez Navea, y Gabriel

Alejandro Luna Opazo, todos con domicilio, para

estos efectos, en Cerro El Plomo, N*5.855, piso
16, oficina 1.605, comuna de Las Condes, ciudad
de Santiago, Región Metropolitana, acordaron

las siguientes cesiones de derechos sociales y

modificaron la cláusula Quinto del pacto social

de VGM AUDIT

LIMITADA, ¡inscrita 2

61.402, N2 29.297 del Registro de Comercio del
año 2020 del CBR de Santiago: a) Gabriel
Alejandro Luna Opazo, vende, cede y transfiere
el 33,3333% de sus derechos sociales en la
sociedad VGM Auditores Limitada a Álvaro Andrés
Mecklenburg Riquelme, quien compra, acepta y

os referidos derechos

0
pa
pa

adquiere

ociales.

mM

33,3333% de los derec
sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada

corresponde a un 8,3333% aproximadamente de los

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derechos sociales que él

Limitada. Las partes

tiene en VOM Auditores

y todos los socios

declaran que se han usado cuatro decimales por

razones prácticas. El precio de la cesión de

los derechos sociales corresponde a la suma de

$83.333, que Álvaro Andrés Mecklenburg Riquelme

paga a Gabriel Alejandro Luna

acto, al contado y en

Gabriel Alejandro Luna

diner

ende, cede y

transfiere el 33,3333% de sus derechos sociales

en la sociedad VGM Auditores Limitada a Pablo

Leonardo Vera Lillo, quien, compra, acepta y
adquiere para sí los referidos derechos
sociales. Este 33,3333% de los “echos

sociales en la sociedad
corresponde a un 3,3333%

derechos sociales que él

a

Limitada. Las parte

VGM Auditores Limitada
aproximadamente de los
tiene en VGM Auditores

y todos los socios

declaran cue se han usado cuatro decimales por

razones prácticas. El precio de 1

log derechos sociales corresponde a la suma de

$83.333, que Pablo Leonardo Vera Lillo pega a

Gabriel Alejandro Luna Opazo en este acto, al

contado y en dinero

efectivo. cc) Cabriel

Alejandro Luna Opazo, vende, cede y transfiere

el 33,3334% de sus derechos sociales en

sociedad VGM Auditores

Limitada a Claudia

Lorena Gómez Navea, quien, compre, acepte y

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referidos lerechos

sociales. Este -33,3334% de los derechos

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sociales en la sociedad VGM Auditores Limitada

corresponde a un 8,3324% aproximadamente de los

lerechos sociales que £¿l tiene en VGM Auditores

Limitada. Las partes todos los socios

declaran que se han usado cuatro decimales por
razones prácticas. El precio de la cesión de
los derechos sociales corresponde a la suma de
$83.234, que Claudia Lorena Gómez Navea paga a
Gabriel Alejanáro Luna Opazo en este acto, al

contado y en dinero efecti Como consecuencia

de las cesiones de derechos sociales Gabriel
Alejandro Luna Opazo se retira de la sociedad
VGM Auditores Limitada. Todos los únicos y
actuales socios de la sociedad VGM Auditores

mitada aceptan las cesiones y transferencias

1

de derechos sociales, y con ello acuerdan

ra

modificar la cláusula Quinto del Pacto Social
vigente referido al Capital Social, quedando
como sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad
es la suma de un millón de pesos, que los
socios aportaron y enteraron integramente en la
caja social, en dinero efectivo, en la
proporción que se indica a continuación: a)
Álvaro Andrés Mecklenburg Riquelme, la suma de
trescientos treinta y tres mil trescientos

treinta y tres pesos, equivalente a un treinta

7 tres coma tres tres tres tres por ciento del

he

capital social; b) Pablo Leonardo Vera Lillo,

la suma de trescientos treinta y tres mil

trescientos treinta y tres pesos, equivalente a

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un trelr

a y tre

coma tres tres tres

ct
Ñ

res po

ciento del capital social, y; c) Claudia Lorens

w

Gómez Navea, la suma de trescientos treinta y
tres mil trescientos treinta y cuatro pesos,

equivalente a un treinta y tres coma tres tres

tres cuatro por iento de

pital

Las demás estipulaciones constan en escritura

extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2021.-

anotó al

inscripción

Cora

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DIARIO OFICIAL. y

DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN

erio del Interior y Seguridad Pública

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS

Núm. 43.141 ¡ Viernes 31 de Diciembre de 2021 | Página | de 1

Empresas y Cooperativas

CVWE 2066152

EXTRACTO

RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Abogado. Notario Público Suplente de MYRÍAM
ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público de la 21” Notaría de San .
con oficio en Huérfanos 578, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 14/12/2021
Repertorio N*15.551/2021 ante mí: Todos los socios de VGM AUDITORES LIMITADA
Álvaro Andrés Mecklenburg Riquelme. Pablo Leonardo Vera Lillo, Claudia Lorena Gómez
Navea, y Gabrie] Alejandro “Luna Opazo, todos con domicilio, para estos efectos. en Cerro El
Plomo, N*5,855, piso 16, oficina 1.605, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago. Región
Metropolitana, acordaron las siguientes cesiones de derechos sociales y modificaron la cláusula
Quinto del pacto social de VGM AUDITORES LIMITADA. inscrita a fojas 61.402, N* 29.297
del Registro de Comercio del año 2020 del CBR de Santiago: a) Gabriel Alejandro Luna Opazo.
vende. “cede y transfiere el 33.3333% de sus derechos sociales en la sociedad VGM Auditores
Limitada a Álvaro Andrés Mecklenburg Riquelme, quien compra. acepta y adquiere para sí los
referidos derechos sociales. Este 33.3333% de los derechos Sociales en la sociedad VGM
Auditores Limitada corresponde a un 8,3333% aproximadamente de los derechos sociales que él
tiene en VGM Auditores Limitada. Las partes y todos los socios declaran que se han usado
cuatro decimales por razones prácticas, El precio de la cesión de los derechos sociales
corresponde a la suma de $83.333, que Álvaro Andrés Mecklenburg Riquelme paga a Gabriel
Alejandro Luna Opazo en este acto, al contado y en dinero efectivo. b) Gabriel Alejandro Luna
Opazo, vende, cede y transfiere el 33.3333% de sus derechos sociales en la sociedad VGM
Auditores Limitada a Pablo Leonardo Vera Lillo. quien. compra. acepta y adquiere para sí los
referidos derechos sociales. Este 33.3333% de los derechos sociales en la sociedad VGM
Auditores Limitada corresponde a un 8.3333% aproximadamente de Jos derechos sociales que él
tiene en VGM Auditores Limitada. Las partes y todos los socios declaran que se han usado
cuatro decimales por razones prácticas. El precio de la cesión de los derechos sociales
corresponde a la suma de $83.333, que Pablo Leonardo Vera Lillo paga a Gabriel Alejandro
Luna Opazo en este acto. al contado y en dinero efectivo. c) Gabriel Alejandro Luna Opazo.
vende, cede y transfiere el 33,3334% de sus derechos sociales en la sociedad VGM Auditores
Limitada a Claudia Lorena Gómez Naveu. quien, compra, acepta y adquiere para sí los referidos
derechos sociales. Este 33.3334% de los derechos sociales en la sociedad YGM Auditores
Limitada corresponde a un 8,3334% aproximadamente de los derechos sociales que él tiene en
VGM Auditores Limitada. Las partes y todos los socios declaran que se han usado cuatro
decimales por razones prácticas. El precio de la cesión de los derechos sociales corresponde a la
suma de $83.334, que Claudia Lorena Gómez Navea paga a Gabriel Alejandro Luna Opazo en
este acto. al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de las cesiones de derechos
sociales Gabriel Alejandro Luna Opazo se retira de la sociedad VGM Auditores Limitada. Todos
los únicos y actuales socios de la sociedad VGM Auditores Limitada aceptan las cesiones y
Pag: 18/19 transferencias de derechos sociales, y con ello acuerdan modificar la cláusula Quinto del Pacto
Social vigente referido al Capital Social. quedando como sigue: “QUINTO: El capital de la
sociedad es la suma de un millón de pesos. que los socios aportaron y enteraron íntegramente en
la caja social. en dinero efectivo. en la proporción que se indica a continuación: a) 4 o Andrés
Mecklenburg Riquelme. la suma de trescientos treinta y tres mil trescientos treinta Y iTes pesos,
equivalente a un treinta y tres coma tres tres tres tres por ciento del capital social: b) Pablo

Certificado N2

O 2 en Leonardo Vera Lillo, la suma de trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y Le pesos,
http://www.fojas.cl equivalente a un treinta y tres coma tres tres tres tres por ciento del capital social, y; c) Claudia

Lorena Gómez Navea. la suma de trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y cuatro pesos,
equivalente a un treinta y tres coma tres tres tres cuatro por ciento del capital social”. Las demás
estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2 021.

0 Rodríguez Mesa Central: 600 712 0001
Dirección: Dr. Torres Boonen N*5

CVE 2066152 Director: Juan Jorge

Sitio Web: www.diariolí

mente de acuerdo con la ley

Este documento ha sido firmado electróni
E 4 representación impresa del mismo. +

Para icar la autenticidad de

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CERTIFICO: QUE LSTE DOCUMENTO

DE… HOJAS SE PROTOCOLIZA BAJO
EL REPERTORIO NL… DE FECHA

AL Z2Z 2. Y AGREGO AL FINAL DE
MIS REGISTROS DEL MISMO MES CON EL

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