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AÑO: 2014 REPERTORIO N*1964/2014
REDUCCION A ESCRITURA PÚBLICA
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS NUMERO UNO
VERA Y ASOCIADOS S.A.
EN ANTOFAGASTA, REPUBLICA DE CHILE, a día diecisiete de Junio año
dos mil catorce, ante mí CATALINA ALEJANDRA HERRERA REYES,
Abogado, Notario Suplente del Titular don TOMAS JARPA CONCHA, según
Resolución número cero cuatrocientos cincuenta y dos guion dos mil catorce, de
fecha once de Junio del dos mil catorce, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones
de Antofagasta, protocolizado con fecha trece de Junio del dos mil catorce, bajo
el número trescientos noventa y uno del Registro de Documentos
Protocolizados del bimestre en curso, con oficio en calle José de San Martín
número dos mil setecientos cuarenta y cinco de esta Comuna, comparece don
don HÉCTOR RAMÓN SEGUNDO VERA JIMÉNEZ, cédula de identidad
número seis millones veintitrés mil trescientos seis guion tres, chileno,
divorciado, empresario, domiciliado en esta ciudad, calle Padre Gonzalo
Errázuriz número siete mil quinientos once, Villa Costa Azul, Antofagasta, mayor
de edad, quien acredita su identidad con su cédula antes citada, doy fe y
expone: Que debidamente facultado, viene en reducir a escritura pública la
siguiente Acta: “En Antofagasta, a Treinta y uno de Mayo de dos mil catorce,
siendo las diecinueve Horas, en calle Teniente Luis Uribe trescientos cinco
oficina trescientos trece de la ciudad de Antofagasta, se reunió el Directorio de
la Sociedad Vera y Asociados S.A, con la asistencia de Don Héctor Ramón
Segundo Vera Jiménez en calidad de Socio Auditor y Gerente General de Vera y
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Notaría
Jarpa
Directorio y Socio Auditor de Vera y Asociados S.A., Don Héctor Leonardo Vera
Espejo como Director Suplente de Vera y Asociados S.A., y Don: Christian
Gabriel Allendes González, en calidad de Abogado y asesor de Vera y Asociados
S.A. Uno) ANTECEDENTES FORMALES: Se procede a dar cuenta de la
lectura del acta de los estatutos de constitución de la sociedad, en especial los
transitorios Primero letras: a, b y c, en donde los accionistas suscriben y
comprometen el pago de las acciones con fecha diecinueve de diciembre del
año dos mil once, y la Modificación social de fecha cuatro de mayo del año dos
mil doce, artículos transitorios sobre la suscripción de acciones y el pago de las
mismas., lo cual es ratificado y aprobado por la unanimidad de los presentes.
Se da cuenta de la no comparecencia del Socio Auditor: Sra. Ximena Marcela
Calvo Aguayo, a pesar de haberla citado formalmente en su domicilio, no
dando razones de ninguna índole de tipo personal u otra, tampoco hubo
respuesta telefónica acerca de su comparecencia e inasistencia a esta Junta
general de Accionistas., y en reemplazo concurre el Director Suplente Don
Héctor Leonardo Vera Espejo. Dos) MOTIVO DE LA JUNTA DE
ACCIONISTAS: A continuación el Gerente General Señor Héctor Ramón
Segundo Vera Jiménez, da cuenta que a la fecha los accionistas Señores:
Héctor Ramón Vera Jiménez y Ángel Gómez Morales, han pagado la totalidad
las acciones suscritas, enterando en Caja las cifras comprometidas que suman
en total Cinco Millones Cuatrocientos Sesenta Mil Pesos, y que el Accionista
Ximena Calvo Aguayo, no ha enterado ninguna cifra ni ha pagado ninguna de
las noventa acciones suscritas que significan la suma de Quinientos Cuarenta
Mil pesos, y que de conformidad con el artículo número trescientos ochenta y
siete del Código Civil, el plazo para pagar las acciones suscritas es de un año. Y
que la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis en su artículo quince inciso
final señala que el plazo máximo podrá ser de dos años cuando estos aportes
sean en especies debidamente valorizadas y aprobadas por los accionistas. Por
tales razones, y habiendo transcurridos los plazos legales, se proceda a aprobar
la disminución del capital hasta el monto de las acciones totalmente suscritas y
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SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO 7451
Notaría *
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pagadas, esto es hasta la cifra de Cinco Millones Cuatrocientos Sesenta Mil
Pesos. Tres) ACUERDO DE LOS ACCIONISTAS: Los accionistas
representativos de las acciones suscritas y pagadas, acuerdan que se proceda a
reducir el Capital hasta el Monto de las acciones suscritas y pagadas, esto es
hasta la cifra de Cinco Millones Cuatrocientos Sesenta Mil Pesos. El señor
Presidente señala que estas acciones puedan ser suscritas y pagadas por
alguno de los accionistas presentes, a lo cual el accionista Sr. Héctor Ramón
Vera Jiménez, señala que suscribirá y pagará las noventa acciones pendientes
de pago y que significan Quinientos Cuarenta Mil Pesos, a lo cual se accede y se
aprueba que se suscriba estas acciones, quedando el accionista Héctor Ramón
Vera Jiménez con un total Ochocientas acciones que significan Cuatro Millones
Ochocientos Mil Pesos, pagando de inmediato las noventa acciones mediante el
ingreso a caja social. Conforme a lo anterior, el Capital Social vuelve a ser de
Seis Millones de Pesos, suscritas y pagadas la totalidad de las mil acciones.
Cuatro) FACULTAD DE REDUCIR A ESCRITURA PUBLICA: Se faculta a
don HECTOR RAMON VERA JIMENEZ, cédula nacional de identidad seis millones
veintitrés mil trescientos seis guión tres, para que sin esperar la aprobación de
la presente acta la reduzca a escritura pública y solicite las inscripciones
pertinentes. Siendo las veinte treinta horas PM se levanta la sesión. En
comprobante y previa lectura, se ratifica y firma por los Socios y Directores
presentes. Firmado: Angel Segundo Gómez Morales, Rut número cuatro
millones seiscientos setenta mil setecientos sesenta guion cinco, hay una firma
ilegible; Héctor Ramón Segundo Vera Jiménez, Rut número seis millones
veintitrés mil trescientos seis guion tres, hay una firma ilegible; Héctor
Leonardo Vera Espejo, Rut número trece millones doscientos diecinueve mil
quinientos ocho guion cero, hay una firma ilegible.” CONFORME. El Notario que
suscribe certifica que el acta es expresión fiel de su original, que tuve a la vista
y devolví debidamente certificada al interesado. Se faculta al portador de copia
autorizada de la presente escritura o de su extracto para requerir las
publicaciones, inscripciones, .subinscripciones o anotaciones que sean
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necesarias ante los competentes registros.- En comprobante y previa lectura,
firma el compareciente j|
al Notario que”autoriza. Se da copias. Doy Fe.-
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CERTIFIGO QUE ESTA COPIA ES ? .*
TESTIMONIO FIEL’DE SU ORIGINAL
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17 AN 20
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ANTOFAGASTA
ACTA ANOTADA EN EL REPERTORIO A FJS 476 N* 997
INSCRITO EN EL REGISTRO DE COMERCIO DEL CONSERVADOR
DE COMERCIO DE ANTOFAGASTA, A FJS. 1519 N” 962, CON
FECHA DE HOY. ANTOFAGASTA, 18 DE JUNIO DE 2014.
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