VALPARAISO SPORTING CLUB S.A. SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA
Inscripción Registro de Valores N? 200
COMPLEMENTO HECHO ESENCIAL
del 21/02/2018
REF. Oficio Ordinario CMF N*4702
del 01/03/2018
Viña del Mar, 02 de Marzo de 2018.
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
De nuestra consideración:
Por intermedio de la presente, damos respuesta a las consultas formuladas mediante el
Oficio Ordinario de la referencia.
a) Eventuales efectos financieros que se producirán como consecuencia de la
situación descrita:
Las Zonas declaradas como Zona Histórica y Zona Típica y que comprenden una
superficie de 25.678m2 y de 304.401m2, respectivamente, son áreas que en la
actualidad se encuentran destinadas exclusivamente al desarrollo de la actividad Hipica.
Por su parte, el área singularizada como Zona Histórica, corresponde a Tribunas y
Galerías del Hipodromo, las que son utilizadas por los espectadores para presenciar las
jornadas hípicas.
El área singularizada como Zona Típica, corresponde especificamente a las pistas de
carreras hípicas del Hipódromo.
Conforme con lo anterior, a juicio del suscrito, no se evidencian efectos financieros que
se pudicran generar con ocasión de esta situación, toda vez que las zonas referidas están
destinadas actualmente, para las mismas actividades para las cuales fueron diseñadas y
que se encuentran bajo la principal actividad económica del Hipódromo.
Av. Los Castaños 404 – Viña del Mar
Teléfono: 322655612 – Fax: 322655646
gerenciaWDsporting.cl
b) Posibles efectos sobre la disposición de los bienes declarados como Monumento
c)
Nacional y Zona Típica: +:
La circunstancia de declararse por parte del Consejo de Monumentos Nacionales un
determinado inmueble como Zona Histórica o Zona Típica, no impide la enajenación
de los mismos. En efecto, la única restricción está referida a la mantención y
reparaciones de los bienes comprendidos en las zonas señaladas, todo ello conforme a lo
establecido en la Ley 17.288. Los Monumentos Históricos y Zonas Típicas quedan bajo
el control y la supervigilancia del Consejo de Monumentos Nacionales y todo trabajo de
conservación, reparación o restauración de ellos, estará sujeto a su autorización previa.
Cualquier otro antecedente que sea para el correcto entendimiento de la situación:
El Hecho Esencial informado por la Sociedad con fecha 21 de febrero del presente año,
sólo dio cuenta de lo resuelto en la Sesión del Consejo de Monumentos Nacionales del
día 27 de diciembre del 2017, en cuanto a que analizada la situación del Hipodromo, se
resolvió solicitar al Ministerio de Educación la dictación del decreto correspondiente.
En tanto, no se promulgue el decreto por parte del Ministerio de Educación, las Zonas
señaladas se encuentran sin ninguna restricción.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,
Y dot
MAURICIO MAUREL TASSARA
Gerente General
VALPARAISO SPORTING CLUB S.A
Av. Los Castaños 404 – Viña del Mar
Teléfono: 322655612 – Fax: 322655646
gerenciafsporting.cl
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=02f6a7333cdc549c2f93ba4415eb450cVFdwQmVFOUVRWHBOUkVGNlQwUm5NVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108