Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

TECNO FAST S.A. 2025-10-30 T-10:01

T

Resumen corto:
Tecno Fast S.A. actualiza su Manual de Manejo de Información de interés, aprobado el 29-10-2025, tras sesión del 29-10-2025, con vigencia indefinida y cumplimiento de la Ley N° 18.045 y normas CMF.

**********
Tecno Fast S.A.

Inscripción Registro de Valores N*1172

Santiago, 30 de Octubre de 2025

Señora

Solange Berstein Jáuregui

Presidenta

Comisión para el Mercado Financiero Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 PRESENTE

Ref.: Comunica HECHO ESENCIAL

De nuestra consideración:

De conformidad a lo establecido en el artículos 9 y 10 inciso segundo de la Ley de Mercado de Valores y de las Normas de Carácter General N? 30 y 270 de esta Comisión para el Mercado Financiero, estando debidamente facultado al efecto por el directorio, venimos a comunicar el siguiente Hecho Esencial respecto de la sociedad Tecno Fast S.A:

El directorio de Tecno Fast S.A, en sesión celebrada con fecha 29 de Octubre de 2025 y previo pronunciamiento favorable del Comité de Auditoría y Cumplimiento, acordó aprobar la actualización al Manual de Manejo de Información de interés para el Mercado de Tecno Fast.

Se acompaña junto con esta comunicación la versión actualizada del Manual, documento que además quedará a disposición del público en las oficinas sociales y en su sitio web, www.tecnofast.cl.

Sin otro particular, saluda atentamente,

Firmado digitalmente por Y9249193X Y9249193X RODRIGO

RODRIGO ENRIQUE PRADO Fecha: 2025.10.29

ENRIQUE PRADO ¡g.42:59 +01100

Rodrigo Prado Romaní.
Gerente General Tecno Fast S.A.

C.c: Bolsa de Comercio de Santiago.

Casa Matriz: Av. La Montaña 4692, a ÓDTECNO FAST

SPACE SOLUTIONS

Lampa.
Tel. (56-2) 27905000.

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29-10-2025 1 1 de 7

I. Objetivo:

El presente Manual tiene por objeto describir el procedimiento de manejo de información de interés para el Mercado de TECNO FAST S.A. (TECNO FAST o la Sociedad) dando cumplimiento a lo establecido en la Norma de Carácter General N*270 y la Norma de Carácter General N 30 de la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante CMF)

Il. Aplicación:

Conforme a lo anterior, el Directorio de Tecno Fast S.A. ha aprobado el presente Manual de Manejo de Información de Interés para el Mercado, el cual se mantendrá a disposición de los inversionistas en el sitio web de Tecno Fast S.A. https:tecnofast.clrelaciones-con- inversionistas y en sus oficinas ubicadas en Avda. La Montaña 692, comuna de Lampa, Santiago.

El presente Manual establece las normas que regulan toda aquella Información de interés respecto de Tecno Fast S.A., de valores de oferta pública emitidos por la sociedad y sobre las acciones de Tecno Fast S.A.

Esta política está dirigida a:

a) Directores de Tecno Fast S.A. y sus filiales;

b) Gerentes, administradores, ejecutivos principales de Tecno Fast S.A. y sus filiales, así como las entidades controladas directamente por ellos o a través de terceros;

c) Trabajadores dependientes de Tecno Fast S.A. y sus filiales, que sin tener la calidad de gerentes o ejecutivos principales, por la naturaleza de sus funciones o por la participación en ciertos procesos tengan acceso a Información de Interés, Información Privilegiada, Información Reservada o Información Confidencial, circunstancia que será determinada en cada caso por el gerente o ejecutivo principal que se relacione de manera directa con dicho empleado;

d) Asesores permanentes y esporádicos que por la naturaleza de sus funciones o por la participación en ciertos procesos tengan acceso a Información de Interés, Información Privilegiada, Información Reservada o Información Confidencial, y

e) Toda aquella persona que razón de su cargo yo posición tenga acceso a Información Privilegiada respecto de la Sociedad.

Asimismo, establecerá las políticas y procedimientos para el resguardo de dicha información y su divulgación al mercado, asegurando la transparencia en el mismo.

Dicha regulación y las políticas y procedimientos antes mencionados, se regulan a continuación, todo ello conforme a lo dispuesto la NCG N* 270.

Originado por: Revisado por: Aprobado por: Contraloría Corporativa Comité de Auditoría Directorio.

La impresión o descarga de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA.
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Ill. Definiciones e CMF: Comisión para el Mercado Financiero.

e Acciones: acciones de Tecno Fast S.A. S.A. que se transan como valores de oferta pública.

e Bonos: Bonos y otros instrumentos de oferta pública emitidos por Tecno Fast S.A e Asesores Externos: Aquellas personas a las que se refiere la letra (d) del numeral Il del Manual.

e |LMV: Ley N* 18.045 de Mercado de Valores.

e Información de Interés para el Mercado (Información de Interés): Se entenderá por información de interés, toda aquella que sin revestir el carácter de hecho o información esencial sea útil para un adecuado análisis financiero de las entidades, de sus valores o de la oferta de éstos. Se entenderá dentro de este concepto, por ejemplo, toda aquella información de carácter legal, económico y financiero que se refiera a aspectos relevantes de la marcha de los negocios sociales, o que pueda tener un impacto significativo sobre los mismos.

e Información Privilegiada: Se entenderá por información privilegiada, conforme lo dispone el artículo 164 de la Ley de Mercado de Valores (LMV), cualquier información referida a uno o varios emisores de valores, a sus negocios o a uno o varios valores por ellos emitidos, no divulgada al mercado y cuyo conocimiento, por su naturaleza, sea capaz de influir en la cotización de los valores emitidos, como asimismo, la información reservada a que se refiere el artículo 10 de esta ley.
También se entenderá por información privilegiada, la que se posee sobre decisiones de adquisición, enajenación y aceptación o rechazo de ofertas específicas de un inversionista institucional en el mercado de valores.

e Información Esencial: Es aquella información privilegiada que una persona juiciosa consideraría importante para sus decisiones de inversión.

e Información Reservada: Aquella que es parte o se relaciona con un hecho esencial al cual el Directorio de la Sociedad le ha conferido el carácter de reservado conforme al artículo 10 de la LMV, que establece que con la aprobación de las tres cuartas partes de los directores en ejercicio, o con la aprobación de la administración de la entidad en caso de entidades no administradas por un directorio u órgano colegiado, se podrá dar el carácter de reservado a ciertos hechos o antecedentes.

e Información Confidencial: Toda Información Reservada y además toda aquella que pertenece a Tecno Fast S.A., que no es pública y ha sido confiada por la compañía a personas vinculadas a la Sociedad o sus filiales, por relaciones contractuales, de trabajo o de asesoría o bien en su carácter de director, cuya divulgación a terceros podría ser perjudicial para los intereses de la Sociedad o de las personas que mantienen relaciones comerciales o negociaciones pendientes con ésta. Información Confidencial incluye, por ejemplo, datos o proyecciones financieras, información técnica, planes de adquisición, enajenación o fusión, planes de expansión, estrategias, contratos importantes, cambios relevantes en la administración y otros desarrollos corporativos.

Originado por: Revisado por: Aprobado por: Contraloría Corporativa Comité de Auditoría Directorio.

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A DE INTERES Procedimiento N?*: Fecha de vigencia: Modificación NC: Página:
29-10-2025 1 3 de 7 e Ejecutivos principales: se entenderá por Ejecutivos principales aquellos que se refiere el inciso final del artículo 68 de la LMV.

e Personas Relacionadas: Se entenderá a aquellas como cónyuges, convivientes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

IV.Responsable:

Será responsabilidad del Directorio velar por el cumplimiento del presente Manual y de divulgar su contenido.

Sin perjuicio de lo anterior, la ley permite que el Directorio de la Compañía faculte a uno o más directores, al gerente general o a algún representante de ésta para calificar que un determinado hecho reviste el carácter de esencial e informarlo, en la forma que se indica en este manual.

VI. Información sobre transacción y tenencia de valores

Toda adquisición o enajenación de acciones emitidas por Tecno Fast S.A, así como toda adquisición o enajenación de contratos o valores cuyo precio o resultado dependa esté condicionado, en todo o en parte significativa, a la variación o evolución del precio de dichas acciones, realizada por directores, gerentes, ejecutivos principales o personas relacionadas, deberán ser informadas a la CMF y a las bolsas de valores en la forma y plazos establecidos por el artículo 12 de la Ley N* 18.045 y en la NCG N* 269 de la CMF, de fecha 31 de diciembre de 2009.

Para los efectos de informar las adquisiciones o enajenaciones de acciones de Tecno Fast
S.A., deberá remitirse a la CMF y a cada una de las bolsas de valores, la información especificada en el Anexo N* 1 de la NCG N* 269, a más tardar el día siguiente a aquel en que fueron efectuadas dichas transacciones.

Igualmente, para los efectos de informar toda adquisición o enajenación de contratos o valores cuyo precio o resultado dependa o esté condicionado, en todo o en parte significativa, a la variación o evolución del precio de las acciones de Tecno Fast S.A., deberá enviarse la información detallada en el el Anexo N* 2 de la NCG N* 269, a más tardar el día siguiente a aquel en que fueron efectuadas dichas transacciones.

Originado por: Revisado por: Aprobado por: Contraloría Corporativa Comité de Auditoría Directorio.

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Períodos de bloqueo o prohibición.

Las personas indicadas en las letras a),b), c) d) y e) de la Sección ll de este Manual, no podrán adquirir o enajenar Acciones u otros valores de la Sociedad o valores cuyo precio O resultado dependa o esté condicionado en todo a parte significativa, a la variación oO evolución del precio de dichos valores, durante los siguientes periodos de bloqueo (“Períodos de Bloqueo”)

Períodos de Bloqueo Generales:

En los casos en que se adopte un acuerdo sobre Información Reservada y hasta que cese dicha reserva, siempre que estén en la nómina de personas con acceso a dicha Información presentada.

En caso de estar en posesión de Información Privilegiada conforme las normas contenidas en el Título XXI de la LMV.

Períodos de Bloqueo Especiales: e Primer Periodo de Bloqueo: corresponderá al tiempo que medie entre el quinto día hábil bursátil previo a la fecha en que se celebre la sesión de Directorio que deba pronunciarse acerca de los estados financieros trimestrales o anuales de Tecno Fast
S.A., y a la fecha en que los respectivos estados financieros sean puestos en conocimiento del público y de la CMF, e Segundo Periodo de Bloqueo: corresponderá al tiempo que medie entre el décimo quinto día hábil bursátil previo a la fecha en que se celebre la sesión de Directorio que apruebe convocar a Junta Extraordinaria de Accionistas a objeto de que se pronuncie acerca de la proposición de fusionar o dividir la empresa, y el día hábil bursátil siguiente a la fecha en que se hubiere celebrado válidamente la referida Junta que la hubiere aprobado o rechazado.

e Tercer Periodo de Bloqueo: corresponderá al tiempo que medie entre el vigésimo quinto día hábil bursátil previo a la fecha en que se celebre la sesión de Directorio que apruebe concurrir a compra o adquisición de una empresa, y el día hábil bursátil siguiente a la fecha en que se hubieren celebrado válidamente los contratos respectivos por los que se materialice alguna de las operaciones antes mencionadas.

Se exceptúan de estos Períodos de Bloqueo (i) todo ejercicio de derechos de suscripción de opción preferente de Acciones, como también de las acciones de las filiales de Tecno Fast S.A., de conformidad a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N* 18.046 ni a (Ii) la suscripción y pago de acciones que formen parte de planes de compensación de ejecutivos y trabajadores de la Sociedad o de sus filiales.

Originado por: Revisado por: Aprobado por: Contraloría Corporativa Comité de Auditoría Directorio.

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v. Mecanismos de difusión continúa de Información de Interés para el

Mercado.

La Información de Interés determinada por el Directorio será difundida en el sitio Web nttps:tecnofast.clrelaciones-con-inversionistas sección “Relaciones con inversionistas.
Desde ya el Directorio de Tecno Fast S.A. ha acordado publicar en este sitio la siguiente Información de Interés:

a) Todos los comunicados de prensa que efectúe la sociedad, el mismo día en que se entregue a los medios y de no ser posible la divulgación se hará el primer día hábil siguiente.

b) Informes que se expondrán a grupos de inversionistas u otros grupos de personas, el mismo día en que ello vaya a ocurrir.

c) Copia de la Memoria de Tecno Fast S.A. en los términos contenidos en la Norma de carácter general N* 30 y sus respectivas modificaciones.

d) Copia de los informes de evaluadores independientes.

e) La política general de habitualidad para operaciones con partes relacionadas determinada por el directorio de la sociedad,

f) Todo nombramiento, vacancia o reemplazo que se produzca respecto de los cargos de presidente, vicepresidente, directores, gerentes y ejecutivos principales de la Sociedad.

g) Copia del último hecho esencial informado por la sociedad.

h) Cualquier otra información o antecedente que las leyes exijan publicar en la página web de la sociedad.

VI. Mecanismos de resguardo de información Confidencial.

Toda Información Reservada y además toda aquella que pertenece a Tecno Fast S.A. y que no sea pública, contenida en cualquier medio o soporte, es Información Confidencial y deberá ser tratada corno tal, aunque no sea expresamente designada o marcada como “Confidencial”.

Los directores, gerentes, ejecutivos y trabajadores indicados en la letra b) de la Sección || de este Manual, que tengan acceso a Información Confidencial deberán guardar estricta reserva de la misma. En el caso de los gerentes, ejecutivos o trabajadores, esta obligación forma además parte de sus contratos de trabajo.

En el caso de Asesores Externos que participen en procesos o negociaciones, sean confidenciales o no, deberán suscribir el Compromiso de Confidencialidad (NDA) al momento de aceptar su encargo.

Dejará de tener el carácter de confidencial, toda aquella Información de Interés que haya sido entregada a la CMF y que ésta revelare al público en general.

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A DE INTERES : Procedimiento N*: Fecha de vigencia: Modificación NC: Página:
29-10-2025 1 6 de 7 VII. Representantes yo portavoces oficiales de la Sociedad y políticas respecto de los medios de comunicación.

Los portavoces oficiales de la Sociedad serán el Presidente del Directorio, el CEO Corporativo, Gerentes Generales de las respectivas filiales, el CFO Corporativo y la persona que determine el Directorio para casos específicos.

Los portavoces de Tecno Fast S.A. podrán informar a los medios de comunicación social que estimen convenientes toda aquella información respecto de la Sociedad que la misma haya autorizado divulgar, siempre que no se trate de Información reservada o Información Confidencial.

No es política de la Sociedad comentar la información que respecto de ella aparezca en los medios de comunicación y que no tenga el carácter de información oficial. Sin perjuicio de lo anterior, siempre podrán los portavoces efectuar los comentarios y aclaraciones que consideren pertinentes y necesarias.

VIll. Mecanismos de divulgación de las normas contenidas en el Manual y de actividades de capacitación.

El presente Manual estará disponible en la página web de Tecno Fast S.A., en las oficinas principales de la Sociedad, esto es en Avda. LA Montaña 692, comuna de Lampa de Chile.

Dicho mecanismo de divulgación será aplicado cada vez que el Manual sea modificado yo actualizado por el Directorio de Tecno Fast S.A y se enviará a la CMF una copia en formato electrónico del presente Manual dentro del plazo de 48 horas siguientes al día en que sea aprobado por el Directorio.

Asimismo, el Manual será entregado a cada nuevo director en la primera sesión a la que asista y a cada nuevo gerente, ejecutivo principal y trabajador a quien se aplique, al momento de su contratación.

El Manual será entregado a los asesores externos de la Sociedad como anexo del compromiso de confidencialidad.

Asimismo, la Sociedad realizará una capacitación a los destinatarios del Manual que se realizará mediante instrucciones y reuniones coordinadas por la administración de la Sociedad.

IX. Aplicación de sanciones y resolución de conflictos.

Las infracciones a las disposiciones del presente Manual podrán ser sancionadas por el Directorio de Tecno Fast S.A., con el voto de la mayoría absoluta de sus miembros,

Originado por: Revisado por: Aprobado por: Contraloría Corporativa Comité de Auditoría Directorio.

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A DE INTERES Procedimiento N?*: Fecha de vigencia: Modificación NC: Página:
29-10-2025 1 7 de 7 mediante la aplicación de medidas disciplinarias, incluyendo la terminación de la relación laboral.

Cualquier duda o dificultad que se suscite con motivo de la aplicación, cumplimiento o interpretación de las normas del presente Manual, así como de cualquier otro conflicto que pudiere producirse respecto del mismo, deberá ser informada al Gerente General de la Sociedad, quien a su vez lo informará al Directorio de Tecno Fast S.A. en la sesión inmediatamente siguiente a la fecha en que se produzca el hecho, quien adoptará las medidas que correspondan al efecto.

X. Aprobación y Modificaciones

El presente Manual fue aprobado por el Directorio de la sociedad en sesión celebrada el 29 de Abril de 2020, y modificado en sesión celebrada el 29 de Octubre de 2025.

En caso de modificaciones al presente Manual, en éste acápite deberá consignarse la fecha de celebración de la sesión de Directorio de Tecno Fast S.A. en que se haya aprobado la modificación en cuestión.

Xi. Vigencia.

El presente manual rige a contar del 29 de Octubre de 2025 y tendrá duración indefinida en tanto el Directorio de la Sociedad no adopte otra resolución al respecto.

Originado por: Revisado por: Aprobado por: Contraloría Corporativa Comité de Auditoría Directorio.

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Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=62f770356a7884e6826b586e1d57d6cbVFdwQmVVNVVSWGROUkdNeFRrUlplRTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1761829502

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