Resumen corto:
Tecno Fast S.A. aprueba Política de Operaciones Habituales con Partes Relacionadas el 28/08/2024, con un límite del 10% del patrimonio social. La política estará disponible en www.tecnofast.cl y en oficinas en Av. Santa María 2670, Santiago.
**********
Tecno Fast S.A.
Inscripción Registro de Valores N*1172
Santiago, 28 de Agosto de 2024
Señora
Solange Berstein Jáuregui
Presidenta
Comisión para el Mercado Financiero Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 PRESENTE
Ref.: Comunica HECHO ESENCIAL
De nuestra consideración:
De conformidad a lo establecido en el artículo 9 inciso 2* del artículo 10 de la Ley de Mercado de Valores y lo dispuesto en la sección H de la Norma de Carácter General N* 30 de la Comisión para el Mercado Financiero, estando debidamente facultado al efecto por el directorio, venimos a comunicar el siguiente Hecho Esencial respecto de la sociedad Tecno Fast S.A:
El directorio de Tecno Fast S.A, en sesión celebrada con fecha 28 de agosto de 2024 y previo pronunciamiento favorable del Comité de Auditoría y Cumplimiento, acordó aprobar la Política de Operaciones Habituales con Partes Relacionadas de la Sociedad, regidas por el Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas N* 18.046 y la Norma de Carácter General N* 501 de la Comisión para el Mercado Financiero, copia que se adjunta.
Esta política se encontrará a disposición de los accionistas y demás interesados en las oficinas sociales y en su sitio web, www.tecnofast.cl.
Sin otro particular y quedando a disposición de la Comisión para el Mercado Financiero para cualquier consulta que estime oportuna, lo saluda atentamente, ¡ Firmado digitalmente Rod ngo por Rodrigo Enrique
Enrique Prado Prado Romani Fecha: 2024.08.28
Romani 13:03:34 -04’00’
Rodrigo Prado Romaní.
Gerente General Tecno Fast S.A.
C.c: Bolsa de Comercio de Santiago.
O
Casa Matriz: Av. La Montaña 4692, a QT E
-Z
EC AS
SPACE SOLUTIONS
Lampa.
Tel. (56-2) 27905000.
: TI
Política de Operaciones Habituales con Partes Relacionadas
Tecno Fast S.A.
DTECNO FAST
La presente constituye la Política de Operaciones Habituales con Partes Relacionadas (la Política), de Tecno Fast S.A. (Tecno Fast), de acuerdo con lo establecido en el literal b) del inciso segundo del Artículo 147 de la Ley 18.046.
1. FECHA DE APROBACIÓN Y MODIFICACIONES
Con fecha 23 de agosto de 2019 el Directorio de Tecno Fast S.A acordó la implementación de una política de habitualidad con el objeto de dar cumplimiento a las modificaciones introducidas por la Ley 20.382 de Gobiernos Corporativos a la Ley de Sociedades Anónimas y Ley de Mercado de Valores
Con fecha 28 de agosto de 2024 el Directorio aprobó la Política con las modificaciones solicitadas de acuerdo con la Norma de Carácter General N* 501 de 8 de enero de 2024 de la Comisión para el Mercado Financiero.
2. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE CONTAR CON LA POLÍTICA DE HABITUALIDAD:
La Política de Operaciones Habituales con Partes Relacionadas es necesaria para establecer las operaciones que son ordinarias para Tecno Fast en consideración a su giro y, por tanto, no obstante constituir operaciones con partes relacionadas (OPRs) de acuerdo a la LSA, que puedan ejecutarse sin los requisitos y procedimientos establecidos en el artículo 147 de la Ley 18.046.
El Directorio de la sociedad ha definido contar con una Política de Operaciones Habituales con Partes Relacionadas, como una estrategia fundamental para salvaguardar los intereses de todas las partes involucradas, promover la transparencia y la adopción de buenas prácticas de gobierno corporativo, minimizar posibles conflictos de interés, preservar el patrimonio de la entidad y asegurar el estricto cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables.
En concordancia a lo anterior, al reducirse el tiempo necesario para obtener aprobaciones de transacciones y operaciones, Tecno Fast puede responder de manera más eficiente a las necesidades del mercado y optimizar sus procesos internos, permitiendo una operación más fluida. La presente Política permite optimizar el uso de materiales y recursos financieros, lo cual se traduce en ahorros significativos y en una mejor rentabilidad para la Compañía.
3. CARACTERISTICAS Y CONDICIONES QUE DEBERAN CUMPLIR LAS OPERACIONES PARA SER REALIZADAS EN VIRTUD DE LA POLITICA
Para los efectos de la presente Política General de Habitualidad se deja constancia que el objeto social de Tecno Fast es:
a. La fabricación, producción, elaboración, integración, armaduría, y comercialización, por cuenta propia o ajena, de productos, artículos, piezas, partes y elementos destinados a cualquier finalidad, aplicación o utilidad en el ámbito de soluciones habitacionales permanentes o transitorias y soluciones afines; DTECNO FAS 1
b. La construcción y enajenación de cualquier tipo de edificación ya sea destinada a la vivienda o con fines industriales, agrícolas o comerciales;
Cc. La prestación de servicios profesionales y técnicos de cualquier naturaleza en el ámbito de soluciones habitacionales permanentes o transitorias y soluciones afines y la exportación de dichos servicios al extranjero;
d. La explotación, compra, venta, enajenación, arrendamiento, exportación, importación y, en general, la comercialización por cuenta propia y ajena de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en el ámbito de soluciones habitacionales permanentes o transitorias y soluciones afines; y
e. La inversión en toda clase de activos, sean estos inmuebles o muebles, corporales o incorporales incluyendo, pero no limitados a, acciones, derechos u otro tipo de interés societario en Chile o en el extranjero que tengan por giro los anteriores.
Sin perjuicio de la generalidad y amplitud del objeto social de Tecno Fast, conforme a sus estatutos la sociedad también actúa habitual, ordinaria y cotidianamente como prestador de servicios y articulador y promotor de sinergias en los negocios desarrollados por sus filiales y coligadas. En ejercicio de lo anterior, Tecno Fast realiza una serie de actividades vinculadas a inversiones, financiamiento, gobiernos corporativos, procesos centralizados, controles, prestación de servicios, propiedad industrial e intelectual, desarrollo de estrategias, modelos e inteligencia de negocios, y procesamiento de datos.
En atención al objeto social antes descrito y a las actividades habituales, ordinarias y cotidianas desarrolladas por Tecno Fast, las siguientes constituyen OPRs habituales para los fines de lo dispuesto en el literal b) del inciso segundo del Artículo 147 de la LSA:
a. Contratos de ingeniería, de construcción, de montaje, de instalación, de arquitectura, de diseño, de suministro o de infraestructura, de todo o parte de una obra, licitación, adjudicación o encargo; así como de materiales, de insumos, de materias primas o de partes prefabricadas; por cuenta propia O ajena; sea vía directa, por subcontrato, mandato, licitación, propuesta o de otro modo; individualmente o en consorcio; a suma alzada, por administración o de otro modo, y los actos, contratos y acuerdos que documenten o den cuenta de los mismos;
b. Compraventas, arrendamientos, subarrendamientos o cualquier otra forma de cesión permanente o temporal, como derecho real o personal, de módulos en cualquiera de sus formas yo configuración; listos para uso, en obra gruesa, o en otra etapa de construcción, de edificios, campamentos, hoteles, escuelas, oficinas, comedores, gimnasios, bodegas, viviendas o de otro destino o uso, permanentes o transitorias, y de bienes muebles e inmuebles en general; sea como comprador o vendedor, arrendador o arrendatario, cedente o cesionario, o la denominación jurídica que se le dé a la parte; sean equipados, amoblados o no, y los actos, contratos y acuerdos que documenten o den cuenta de los mismos;
C. La realización de inversiones en filiales yo coligadas, cualquiera sea la forma jurídica que revistan tales actividades de inversión; y los actos, contratos y acuerdos tendientes DTECNO FAST a tal fin o para ejecutar reestructuraciones empresariales conforme a la normativa aplicable; y reorganizaciones corporativas en general;
d. La realización de todo tipo de operaciones de financiamiento, tesorería, manejo de caja yo riesgos financieros de filiales yo coligadas, sea como cuenta corriente mercantil, préstamos o líneas de crédito con o sin garantía, emisión de bonos o debentures, securitización de cuentas y otros activos, contratos de derivados y forwards, cesión de efectos de comercio, constitución de avales y fianzas, y, en general, otros actos y contratos relacionados con dicho propósito, incluyendo operaciones de cambio y contratación de seguros, cualquiera sea la forma jurídica que revistan tales actividades de financiamiento, tesorería, manejo de caja yo riesgos financieros, y los actos, contratos y acuerdos que documenten o den cuenta de las mismas;
e. La prestación de todo tipo de servicios y la conducción de todo tipo de actividades de gobierno corporativo, procesos centralizados y controles de filiales yo coligadas, cualquiera sea la forma jurídica que revistan tales servicios y actividades, y los actos, contratos y acuerdos que documenten o den cuenta de los mismos;
f. La celebración de compraventas, arrendamiento, subarrendamiento o cualquier otra forma de cesión permanente o temporal, como derecho real o personal, de bienes muebles e inmuebles en general, sea como arrendador o arrendatario, cedente o cesionario, o la denominación jurídica que se le dé a la parte, sean amoblados o no, y los actos, contratos y acuerdos que documenten o den cuenta de los mismos;
g. La prestación de servicios corporativos profesionales, técnicos o de otro tipo destinados a apoyo, soporte y asistencia corporativos, tales como servicios de back-office u otros, cualquiera sea la materia o naturaleza del servicio subyacente, tales como, de manera ejemplar y no taxativo, servicios de recursos humanos, contabilidad, finanzas corporativas, garantías, cobranza, servicios de recaudación, manejo de caja, depósito, transferencias y operaciones financieras, asesoría legal, tributaria, financiera, servicios informáticos, contratación de seguros, procesamiento de datos, control de inventarios y preparación de estados financieros, y los actos, contratos y acuerdos que documenten o den cuenta de los mismos;
h. La prestación de servicios y la realización de actividades de consultoría corporativa y asesoría; la preparación, modelación, diseño y cualesquiera otros servicios vinculados al desarrollo de estrategia, modelos e inteligencia de negocios; la preparación, modelación, diseño y explotación de activos empresariales intangibles como saber- hacer, proceso, procedimientos y otros similares, tales como técnicas de comercialización, mercadotecnia, publicidad y programas de lealtad; y, el desarrollo y explotación de franquicias, licencias, regalías y propiedad industrial e intelectual, y los actos, contratos y acuerdos que documenten o den cuenta de todo lo anterior; . Los actos, contratos y acuerdos con filiales yo coligadas destinados a poner a disposición de las mismas bienes y servicios de carácter corporativos prestados por terceros;
j. La prestación de servicios y la realización de actividades de recolección, procesamiento y tratamiento de datos e información, sea para almacenar los mismos o para darles valor DTECNO FAST agregado y que conduzcan a la generación de nuevos datos e información, y los actos, contratos y acuerdos que documenten o den cuenta de los mismos; y
k. La ejecución y celebración con sus filiales yo coligadas de actos, contratos y acuerdos que se encuentren comprendidos dentro de la política general de habitualidad de dicha filial yo coligada.
En caso que se plantee alguna duda o discusión en torno a si una OPR se encuentra dentro de las enunciadas en literales anteriores, y, por lo tanto, amparada en esta PGH, se considerará la similitud de dicha operación con otras que Tecno Fast haya ejecutado, realizado o celebrado con anterioridad.
Para efectos de la Política de Habitualidad, el Directorio de la Compañía ha determinado que el monto máximo para considerar una operación dentro del marco de esta política será el 10% de su patrimonio social. En caso de existir contratos que superen este límite, el Directorio deberá justificar en su debido momento las razones que avalen dicha operación, aplicando criterios específicos fuera del ámbito habitual definido por esta política.
Otras restricciones adicionales a las legales no hay impuestas por parte del directorio en el marco de ésta política.
4. MECANISMO DE CONTROL:
Con el fin de asegurar el cumplimiento de los requisitos legales, normativos y de la Política, y garantizar que cada operación con partes relacionadas contribuya al interés social y se ajuste a los precios, términos y condiciones prevalecientes en el mercado en el momento de su celebración, el Directorio ha aprobado los siguientes procedimientos:
1. Revisión Anual de la Política General de Habitualidad: El Directorio llevará a cabo una revisión anual de la Política General de Habitualidad para asegurar su alineación con las normativas vigentes.
2. Evaluación Anual de Valores de Mercado: Cada año, se realizará una evaluación de los valores de mercado aplicables a los contratos vigentes con partes relacionadas. Los resultados de este análisis serán presentados al Directorio para su aprobación durante el último trimestre del año.
3. Monitoreo de Contratos Vigentes: El Directorio supervisará el estado de los contratos vigentes con partes relacionadas, así como las modificaciones a estos contratos, las cuales serán informadas como parte de los informes semestrales del Comité de Auditoría y cumplimiento.
5. ENCARGADO DE CUMPLIMIENTO.
Para efectos de esta política el Directorio de la Sociedad ha designado a la Gerencia de Contraloría como responsable de verificar y comprobar los mecanismos de control que ha establecido la sociedad.
La Gerencia de Contraloría no tiene dependencia de otras gerencias de la Sociedad, respondiendo directamente al Comité de Auditoría y Cumplimiento al que debe informar en DTECNO FAST forma directa y periódica sobre el cumplimiento de los mecanismos de control antes indicados.
6. MECANISMOS DE DIFUSIÓN
El texto íntegro y actualizado de la presente política será publicado en el sitio web de la Sociedad https:tecnofast.clrelaciones-con-inversionistas y quedará a disposición de los accionistas en las oficinas principales de la misma, en Avenida Santa María 2670, oficina 302, comuna de Providencia, Santiago.
7. WGENCIA
Las disposiciones contenidas en la presente Política comenzarán a regir a contar el 01 de Septiembre de 2024.
Cualquier modificación, o revocación de la presente política será comunicada a la CMF en calidad de Hecho esencial, dando cumplimiento a las disposiciones y requisitos exigidos por la Ley de Sociedades anónimas y la Norma de Carácter General N* 501.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=02c69419794784a0d86d4e8e378c6175VFdwQmVVNUVRVFJOUkZFeFRYcEplRTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1724888701