Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

TECH PACK S.A. 2016-05-11 T-13:37

T

HECHO ESENCIAL

TECH PACK S.A.
SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VALORES N*1108

Santiago, 11 de mayo de 2016

Señor

Carlos Pavez Tolosa

Superintendente

Superintendencia de Valores y Seguros

Avenida Libertadores Bernardo O’Higgins N* 1449
Presente

De nuestra consideración:

En representación de Tech Pack S.A. (la “Sociedad”) y en cumplimiento a lo dispuesto en los
artículos 9 y 10 de la Ley N*18.045 de Mercado de Valores y Norma de Carácter General N*30 de
vuestra Superintendencia, debidamente facultado, informo a Ud. lo siguiente:

En virtud de lo establecido en el artículo 67 Número 9 de la Ley de Sociedades Anónimas, la Junta
General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con esta fecha -con un porcentaje
equivalente al 86,53% de las acciones emitidas con derecho a voto- aprobó la enajenación de la
totalidad de las acciones que tienc la Sociedad en las sociedades Alusa S.A e Inversiones Alusa
S.A.. a una o más entidades pertenecientes al Grupo Amcor, principal productora de envases rígidos
y flexibles del mundo; transacción que ha sido previamente informada a vuestra Superintendencia a
través de hechos esenciales de fecha 18, 20 y 22 de abril de 2016.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley sobre Sociedades Anónimas, la aprobación de
dicha enajenación concede a los accionistas disidentes el derecho a retiro de la Sociedad en los
términos que señala la carta que con fecha de mañana comenzará a ser despachada a cada accionista
con derecho a retiro. Una copia de dicha carta se adjunta a la presente.

El aviso de prensa comunicando el derecho a retiro, y que exige la Ley sobre Sociedades Anónimas
será publicado el día de mañana en el diario electrónico El Mostrador y, con igual fecha, en el sitio
de Internet de la Sociedad.

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,

Claudio Inglesi Nieto
Gerente General
Tech Pack S.A.

c.c.: Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile

Bolsa de Valores de Valparaíso
Comisión Clasificadora de Riesgo

Señor Accionista
Tech Pack S.A.
PRESENTE

Ref.: Derecho a retiro Sociedad
Tech Pack S.A.

De nuestra consideración:

Acuerdo que da origen al derecho a retiro: Se comunica a los señores accionistas que en Junta
General Extraordinaria de Accionistas de Tech Pack S.A. (la “Sociedad”) celebrada con fecha 11 de
mayo de 2016 (la “Junta”), se acordó aprobar la enajenación de la totalidad de las acciones que
tiene la Sociedad en las sociedades Alusa S.A e Inversiones Alusa S.A., a una o más entidades
pertenecientes a AMCOR (los “Activos de la Sociedad”), operación que importa su enajenación en
los términos del artículo 67 N*9 de la Ley N*18.046 sobre de Sociedades Anónimas (el “Acuerdo de

Enajenación”).

De acuerdo a lo estipulado en el artículo 69 N” 3 de la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas, la
adopción del Acuerdo de Enajenación concede a los accionistas disidentes el derecho a retirarse de
la Sociedad, previo pago por ésta del valor de sus acciones.

Accionista disidente: Considerase accionista disidente a aquel que en la Junta se haya opuesto al
Acuerdo de Enajenación, o que, no habiendo concurrido a la Junta, manifieste su disidencia por
escrito a la Sociedad, dentro del plazo de 30 días contado desde la fecha de la Junta, esto es, hasta
el día 10 de junio de 2016 inclusive. El derecho a retiro comprende sólo las acciones que el
accionista disidente poseía inscritas a su nombre en el registro de accionistas de la Sociedad a la
medianoche del quinto día hábil anterior al día de su celebración.

Comunicación Derecho a Retiro: El derecho a retiro deberá ejercerse por el accionista disidente
dentro del plazo señalado, mediante comunicación escrita enviada a la Sociedad por carta
certificada o por presentación escrita entregada en el lugar en que funciona la gerencia, esto es,
Av. Pdte. Eduardo Frei Montalva 9160, Quilicura, Santiago, por un notario público que así lo
certifique. No será necesaria la intervención del notario cuando el gerente o quien haga sus veces,
deje constancia escrita de la recepción de la comunicación referida. En la comunicación, el
accionista deberá expresar claramente su voluntad de retirarse por estar en desacuerdo con el
Acuerdo de Enajenación adoptado en la Junta.

Precio y forma de pago: El precio a pagar por la Sociedad al accionista disidente que haga uso del
derecho a retiro, será en este caso, el equivalente al precio ponderado de transacción bursátil de
las acciones de la Sociedad durante el periodo de 60 días hábiles bursátiles comprendidos entre el
trigésimo y el nonagésimo día hábil bursátil anterior a la fecha de la junta en que se adoptó el

Acuerdo de Enajenación: $210,28 (doscientos diez coma veintiocho pesos) por acción.

De acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, el precio de las acciones
deberá pagarse por la Sociedad al accionista disidente, sin recargo, dentro de los 60 días siguientes
a la fecha de la Junta, es decir, hasta el 10 de julio de 2016.

El precio para los accionistas que ejerzan su derecho a retiro, se les pagará a través de cualquiera
de las alternativas utilizadas para el pago de los dividendos:

1. Depósito en cuenta corriente bancaria, de cualquier plaza del país, cuyo titular sea el Accionista.
2. Depósito en cuenta de ahorro bancaria, también de cualquier plaza, cuyo titular sea el
Accionista.

3. Envío de cheque nominativo o vale vista por correo certificado al domicilio del Accionista que
figure en el Registro de Accionistas.

4. Retiro de cheque o vale vista en las oficinas de DCV Registros S.A., en su condición de
administrador del registro de Accionistas de Tech Pack S.A.

Previo al pago del derecho a retiro, los accionistas deberán firmar el correspondiente traspaso de
acciones, identificarse mediante su cédula de identidad y hacer entrega de sus títulos de acciones,
salvo los casos en que éstos estén en custodia en la Sociedad. Tratándose de los accionistas
personas jurídicas, deberán acompañar también los documentos que acrediten las personerías de
sus representantes y los poderes que se presenten deberán encontrarse vigentes.

El accionista disidente podrá renunciar a hacer efectivo su derecho a retiro, hasta antes de que la
Sociedad le efectúe el pago.

Sin otro particular, saluda atentamente,

GERENTE GENERAL

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=ea88a8823016ebe5ca7f595b6521d961VFdwQmVFNXFRVEZOUkVFeVRXcEZOVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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