Resumen corto:
Southbridge Compañía de Seguros actualiza su Política de Habitualidad en septiembre de 2024, conforme a la NCG N°501. Casa matriz: Av. Presidente Riesco 5335, piso 15, Las Condes. Contacto: +56 2 2826 8000.
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Piso 15
Las Condes www.southbridgeseguros.cl
Santiago, 5 de septiembre de 2024
Señora Solange Bernstein Jáuregui Presidenta. Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref.: Hecho Esencial: Política de Habitualidad.
Partes Relacionadas.
De nuestra consideración,
En virtud de lo dispuesto en el artículo 147 de la ley N*18.046 sobre Sociedades Anónimas y en la Circular N 662 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), tenemos a bien informar como Hecho Esencial, que el Directorio de Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A., en sesión de directorio de septiembre de 2024, acordó actualizar la Política de Habitualidad, de acuerdo con las disposiciones indicadas en la Norma de Carácter General CMF, N*501 de enero de 2024.
– Casa Matriz: Av. Presidente Riesco 5335, piso 15, Las Condes.
S) Southbridge a FAIRFAX Company Tel: 800 200 802 +56 2 2826 8000 – www.sbins.cl Sobre electrónico ESDF3BE43-3786-48E2-90F1-977BC0DD9699
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Seguros Generales S.A. S) Southbridge Presidente Riesco N*5335 Insurance Company
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En razón de lo expuesto, se adjunta a la presente una copia de la versión actualizada de la Política de Habitualidad aprobada por el Directorio de Southbridge, la que también se encuentra a disposición en las oficinas de la sociedad y en nuestro sitio web: https:www.southbridgeseguros.cldocumentos-de-interes
Sin otro particular, le saluda atentamente,
Fabiana De Nicoló
Gerente General
Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A.
: Casa Matriz: Av. Presidente Riesco 5335, piso 15, Las Condes.
S) Southbridge a FAIRFAX Company Tel: 800 200 802 +56 2 2826 8000 – www.sbins.cl Certificado de firmas electrónicas: ES5DF3BE43-3786-48E2-9BF1-977BC0DD9699
Firmado por Firma electrónica Fabiana De Nicolo GMT-04:00 Jueves, 05 Septiembre, 2024 15:02:02 CHL 253095288 Identificador único de firma: fabiana.denicolo0sbins.cl 1EEB9669-A076-445A-8359-4FEE20F1E12F
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CONTENIDO
A CONTROL DE VERSIONES Y REVISIONES….oooocioccciccccoooo 3
1) PROPÓSITO DE LA POLÍTICA. …oooooiooiococionocconiccononconancnnnnos 4 2 MARCO REGULATORIO VIGENTE. …oooooooccococcocconoocnccnninonos: 4 A JUSTIFICACIÓN DE CONTAR CON LA POLÍTICA DE a HABITUALIDAD.cooooocooococoooncccoonconoononononn nc cono nc nonnnnconnnniións ES ALCANCE DE LA POLÍTICA…..oooocooococcocconoonoccnncnnoninrnonnnnonos 4 (5 ROLES Y RESPONSABILIDADES….oooooococcococoococcoococnocoonos 4
Y) DEFINICIONES. coococccocococcocononcorononnocononnonoon conan noronnanns 5 ES PRINCIPIOS Y LINEAMIENTOS. ..cococoooccoccocconoonnoconnorinnoninoos 7
O) APROBACIÓN, VIGENCIA Y MODIFICACIONES………………. 8 A () MECANISMO DE DIVULGACIÓN. …oooooccoccoccocnococcnoconccinss 8 Sobre electrónico E443FDAD5-D6EE-4A9A-8521-5DB592085734 (S) Southbridge
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CONTROL DE VERSIONES Y REVISIONES
1.1. CONTROL DE VERSIONES: Versión Se sE Preparado por Descripción de cambios Aprobado por aprobación
V.1 Abril Beatrice Lapeyre, – Elaboración de versión | – 2018 Directora de Adm. y inicial Finanzas
V.2 Noviembre | Meike Rahausen, Gte. | – Actualización anual de | Aprobada en sesión 2019 de Contabilidad y política. de Directorio N 426 Reaseguros del 29-11-2019
V.3 Febrero Beatrice Lapeyre, – Actualización del formato Aprobada en sesión 2021 Directora de Adm. y estándar. de Directorio N* 441 Finanzas – Mejora en la redacción. del 23-02-2021 Rodrigo Lama, Director | – Incorporación del marco de Legal y legal y roles y Cumplimiento responsabilidades.
V.4 Julio Beatrice Lapeyre, – Incorporación del detalle de | Aprobada en sesión 2022 Directora de Adm. y los requisitos para las de Directorio N* 458 Finanzas operaciones con partes del 29-07-2022 Rodrigo Lama, Director | relacionadas.
de Legal y – Mejoras generales según Cumplimiento artículo 147 de la Ley N’
18.046.
V.D Mayo Beatrice Lapeyre, – Incorporación de | Aprobada en sesión 2023 Directora de Adm. y observaciones realizadas | de Directorio N* 468 Finanzas por la CMF en Oficio N* | del 31-05-2023.
Rodrigo Lama, Director | 40.743 de fecha 03-05- de Legal y Gobernanza | 2023.
V.6 Marzo Beatrice Lapeyre, – Incorporación de | Aprobada en sesión 2024 Directora de FA8S observación realizada por la | de Directorio N* 478 Rodrigo Lama, Director | CMF en OF. ORD 17940 del | del 26-03-2024.
de AL8G 06-02-2024.
V.7 Septiembre | Beatrice Lapeyre, – Incorporación de la NCG N* | Acta de Directorio 2024 Directora de FA8S 501 del 08012024 emitida | Extraordinaria N* Rodrigo Lama, Director | por la CMF. 2-2024 del 05-09- de AL8G 2024.
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($ 2. PROPÓSITO DE LA POLÍTICA
El objetivo de la presente Política de Habitualidad, en adelante La Política, perteneciente a Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A., en adelante Southbridge o la Compañía tiene como finalidad establecer aquellas operaciones con partes relacionadas que pueden ser ejecutadas de acuerdo con lo establecido en la letra b) del inciso segundo del artículo 147, de la Ley 18.046.
fín 3. MARCO REGULATORIO VIGENTE
A la presente política sobre partes relacionadas se aplican las disposiciones establecidas en el Título XV, artículo 96 y siguientes, de la Ley de Mercado de Valores N* 18.045 de 1981; la Circular de la Comisión de Mercado Financiero (CMF) N* 2022 de 2011 que imparte instrucciones sobre la forma de revelar transacciones entre partes relacionadas y la Ley de Sociedades Anónimas N* 18.046 de 1981, en su artículo 146 y siguientes.
Asimismo, a esta política se aplica la Norma de Carácter General N*501de 2024, de la CMF, que establece: Menciones Mínimas de las Políticas de Operaciones Habituales y Regula la Difusión Pública de las Operaciones con Partes Relacionadas que Hubieren sido Realizadas.
fñ 4. JUSTIFICACIÓN DE CONTAR CON LA POLÍTICA DE HABITUALIDAD
Es fundamental para el directorio establecer claramente en esta política la regulación de las operaciones con partes relacionadas, especialmente porque la aseguradora forma parte de un grupo multinacional con el cual cuenta para aprovechar sinergias en diferentes ámbitos del negocio. En virtud de esta relación, se llevan a cabo operaciones con sociedades relacionadas, como se detalla en el listado de Operaciones Habituales en el numeral 4.1. Estas operaciones son ordinarias dentro del giro de la Compañía y se realizan periódicamente no sólo para el desarrollo del giro, sino también para mejorar la eficiencia operativa.
SS 5. ALCANCE DE LA POLÍTICA
La presente política aplica para todos los colaboradores de Southbridge en la ejecución de sus procesos diarios y es liderada por la Dirección de Finanzas, Actuarial y Sostenibilidad en conjunto con la Dirección de Asuntos Legales y Gobernanza.
Esta política se aplicará a todas las operaciones con partes relacionadas, las cuales deben ejecutarse con el propósito de promover el interés social. Dichas operaciones deben ajustarse en precio, términos y condiciones a los estándares predominantes en el mercado al momento de su aprobación o celebración. En consecuencia, estas operaciones deben ser consideradas como habituales dentro del ámbito del negocio de la empresa.
“S% 6. ROLES Y RESPONSABILIDADES
Roles Responsabilidades Junta de Accionistas – Tomar conocimiento de las operaciones con partes relacionadas que hayan sido aprobadas por el directorio.
– Aprobar operaciones con partes relacionadas que sean sometidas a su consideración.
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Roles
Responsabilidades
Directorio
Otorga autoridad al presidente (Gerente General) para desarrollar e implementar la política de operaciones con partes relacionadas, sujeto a las políticas definidas por el grupo Fairfax, cuando éstas apliquen.
Aprobar las operaciones con partes relacionadas que supere 10% (diez por ciento) de los ingresos del ejercicio anterior de la aseguradora.
Aprobar la política de operaciones con partes relacionadas y sus modificaciones posteriores; así como, velar por su cumplimiento.
Aprobar las operaciones con empresas relacionadas.
Presidencia
Definir y ejecutar una estrategia de operaciones con partes relacionadas que se ajuste al apetito de riesgos de la compañía y normativa legal aplicable.
Aprobación de la política local de operaciones con partes relacionadas y sus modificaciones posteriores.
Dirección de Finanzas, Actuarial y Sostenibilidad
Llevar el control de los pagos y cualquier otro movimiento contable que existan entre las partes relacionadas.
Informar al directorio y a la Dirección de Legal y Gobernanza, sobre cualquier nueva operación con parte relacionada que llegue a identificar.
Aprobar todas las operaciones menores al 10% (diez por ciento) de los ingresos del ejercicio anterior de la aseguradora.
La elaboración y mantención de esta política.
Dirección de Asuntos Legales y Gobernanza
Revisar y analizar las operaciones con partes relacionadas de la compañía, para que cumplan lo establecido en la presente política, en la ley y regulación vigente.
Informar al directorio en casos especiales donde sea procedente reportes regulatorios.
Aprobar todas las operaciones menores al 10% (diez por ciento) de los ingresos del ejercicio anterior de la aseguradora.
Velar por la existencia de contratos formales que soporten los vínculos entre partes relacionadas.
La elaboración y mantención de esta política.
Controller Financiero
Gestionar todas las operaciones y someterlas a su correspondiente aprobación de acuerdos con los montos establecidos.
Presentar trimestralmente la gestión de las operaciones habituales en el Comité de Control Interno.
ICE] 7. DEFINICIONES
7.1. Controlador: Toda persona o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta que, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, participa en su propiedad y tiene poder para realizar alguna de las siguientes actuaciones:
a) Asegurar la mayoría de los votos en las juntas de accionistas y elegir a la mayoría de los directores tratándose de sociedades anónimas, o asegurar la mayoría de los votos en las asambleas o reuniones de sus miembros y designar al administrador o representante legal a la mayoría de ellos, en otro tipo de sociedades, o
b) Influir decisivamente en la administración de la sociedad.
7.2. Grupo Empresarial: Es el conjunto de entidades que presentan vínculos de tal naturaleza en su propiedad, administración o responsabilidad crediticia, que hacen presumir que la
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Compañía de seguros actuación económica y financiera de sus integrantes está guiada por los intereses comunes del grupo subordinada a éstos, o que existen riesgos financieros comunes en los créditos que se les otorgan.
Forman parte de un mismo grupo empresarial:
a) Una sociedad y su controlador;
b) Todas las sociedades que tienen un controlador común, y éste último, y
c) Toda entidad que determine la Comisión para el Mercado Financiero. Para más detalles, revisar artículo 96 de la Ley N*18045 de Mercado de Valores.
7.3. Liquidador: es aquella persona sujeta a fiscalización de la Superintendencia de Insolvencia y reemprendimiento, cuya misión principal es realizar el activo del deudor y propender al pago de los créditos de sus acreedores, de acuerdo con lo establecido en la Ley N* 20.720 sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas.
7,4. Operaciones con partes relacionadas: es toda negociación, acto, contrato u operación en que deba intervenir la sociedad y, además, alguna de las siguientes personas:
a) Una o más personas relacionadas a la sociedad, conforme al artículo 100 de la ley N*
18.045.
b) Un director, gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador de la sociedad, por sí o en representación de personas distintas de la sociedad, o sus respectivos cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad inclusive.
c) Las sociedades o empresas en las que las personas indicadas en el número anterior sean dueños, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, de un 10% o más de su capital, o directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales.
d) Aquellas que establezcan los estatutos de la sociedad o fundadamente identifique el comité de directores, en su caso, aun cuando se trate de aquellas indicadas en el inciso final del artículo 147.
e) Aquellas en las cuales haya realizado funciones de director, gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador, un director, gerente, administrador, ejecutivo principal O liquidador de la sociedad, dentro de los últimos dieciocho meses.
7.5. Partes relacionadas: Son relacionadas con una sociedad las siguientes personas:
a) Las entidades del grupo empresarial al que pertenece la sociedad;
b) Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de matriz, filial o coligada, en conformidad a las definiciones contenidas en la ley N* 18.046;
c) Quienes sean directores, gerentes, administradores o liquidadores de la sociedad, y sus cónyuges o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y
d) Toda persona que, por sí sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación conjunta, pueda designar al menos un miembro de la administración de la sociedad o controle un 10% o más del capital o del capital con derecho a voto si se tratare de una sociedad por acciones.
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O 8. PRINCIPIOS Y LINEAMIENTOS
8.1. Carácter de ordinaria de la operación en consideración al giro social
Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A. considerará como operaciones con partes relacionadas habituales, aquellas que tengan el carácter de ordinaria por su directa relación con su giro social o permitan el cumplimiento de éste, tengan por objeto contribuir al interés social, se ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su celebración y no tengan un efecto relevante en la situación económica, financiera o jurídica de la sociedad. Se estima que las operaciones que se indicarán a continuación contribuyen al giro social y por ende justifican su inclusión en la Política de Habitualidad:
a) Contratos de seguros o reaseguros con empresas del grupo, a fin de asegurar y reasegurar los riesgos de pérdida o deterioro de las cosas o del patrimonio, en conformidad a lo establecido en los artículos 4 y 8 del DFL N* 251 del Ministerio de Hacienda del año 1931.
Contrapartes de empresas de reaseguros: Allied World Assurance Company Ltd, Odyssey Reinsurance Company; Allied World Assurance Company, Lloyd’s Syndicate 2232 (Allied World Managing Agency Ltd).
Contrapartes empresas de seguros: La Meridional Cia. Argentina Seguros S.A; SBI Servicios SpA.
b) Contrato(s) de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles para el funcionamiento de la compañía.
Contraparte: Sociedad local relacionada perteneciente al mismo controlador (SBI Servicios SpA).
c) Contratos por servicios recibidos por Southbridge de empresas del grupo relacionados con asesorías financieras, inversiones, administración y monitoreo de la infraestructura tecnológica, entre otros; con la finalidad de garantizar el cumplimiento y alineamiento con la estrategia dictada en dichas materias por casa matriz.
Contraparte: Fairfax Financial Holding Limited, Fairfax Latin America Ltd. y Hamblin Watsa Investment.
8.2. Mecanismos de control y encargado de cumplimiento:
Para garantizar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en esta Política de Habitualidad y en la legislación aplicable, cada operación cuyo monto sea inferior al 10% (diez por ciento) de los ingresos del ejercicio anterior de la aseguradora, deberá ser revisada y autorizada por (la) director (a) de Finanzas, Actuarial y Sostenibilidad y por el (la) Director (a) de Asuntos Legales y Gobernanza, en forma previa a su ejecución.
Para lo anterior, el Controller Financiero proveerá a los mencionados directores de toda la información relevante para conocer y aprobar la operación en cuestión, incluyendo información detallada del objeto, contrapartes, montos y plazos, entre otros, con una antelación de tres días hábiles en que se fuere a aprobar. Especialmente, se deberá justificar a los Directores precedentemente referidos, que la operación contribuye al interés
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Compañía de seguros social y que precio, términos y condiciones de la misma se ajustan a las imperantes en el mercado al tiempo de su celebración.
El cumplimiento de la Política General de Habitualidad estará a cargo del Controller Financiero, quien proveerá a los mencionados directores de toda la información relevante para conocer y aprobar las operaciones en cuestión como parte de sus labores de control interno, debiendo reportar trimestralmente su gestión al Comité de Control Interno.
8.3. Monto máximo por operación
El monto máximo de cada operación no podrá exceder del 10% (diez por ciento) de los ingresos del ejercicio anterior de la aseguradora, debiendo cada operación ser revisada y autorizada previamente por (la) director (a) de Finanzas, Actuarial y Sostenibilidad, en conjunto con el (la) Director (a) de Asuntos Legales y Gobernanza, sin excepción.
Asimismo, las operaciones que involucren montos que superen el 10% (diez por ciento) de los ingresos del ejercicio anterior de la aseguradora deberán ser revisados y autorizados por el Directorio de la sociedad cumpliendo con los mecanismos de control establecidos.
A gs 9. APROBACIÓN, VIGENCIA Y MODIFICACIONES
De conformidad con lo establecido en el procedimiento para la creación, modificación o derogación de políticas, procedimientos y fichas de proceso (SB-PRP-0002), la presente política ha sido sometida a un proceso de revisión y visto bueno por parte dellos director(es) involucrado(s), Presidencia y aprobado en sesión de directorio.
La aprobación de firma y autorización de publicación de la presente política ha sido delegada al Director de Asuntos Legales y Gobernanza en su carácter de Secretario del Directorio.
Esta política entra en plena vigencia a partir de su publicación en el Repositorio Oficial de Políticas y Procedimientos (ROPP) de la compañía, sin carácter retroactivo o período de vacancia salvo que se establezca lo contrario tácitamente en este documento.
La presente política debe ser revisada al menos una vez al año o cada vez que existan cambios internos o externos que amerite su modificación.
La responsabilidad en la elaboración y mantención de esta política reside en las direcciones de Finanzas, Actuarial y Sostenibilidad y Asuntos Legales y Gobernanza.
MECANISMO DE DIVULGACIÓN
El texto íntegro actualizado de esta política se mantendrá a disposición de manera interna en el Repositorio Oficial de Políticas y Procedimientos (ROPP) en el siguiente link: https:sbins.sharepoint.comsitesRepositorio_PPListsPolticas.
La aseguradora pondrá a disposición de los interesados el texto íntegro y actualizado de esta política tanto en su intranet, la cual estará disponible para todos sus funcionarios, como en un lugar de fácil acceso al público de su página web disponible en www.southbridgeseguros.cl, y una copia física en la recepción de su casa matriz Av. Presidente Riesco 5335, piso15, Las Condes, Región Metropolitana.
Queda prohibido compartir, distribuir o reproducir de forma total o parcial el contenido de la presente política con externos, salvo previa autorización de los directores involucrados,
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Compañía de seguros
Director de Asuntos Legales y Gobernanza o Presidencia, salvo los casos especiales que son de carácter público y se encuentran disponibles en la página web de la compañía.
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Firmado por Firma electrónica
Dd
Kadiigo Lama SÓ AaOr
Rodrigo Lama Zaror GMT-04:00 Jueves, 605 Septiembre, 2024 16:31:30 CHL 9579131K Identificador único de firma: rodrigo.lama0sbins.cl 437F695E-0031-4057-BA99-BAO0BBF5A9333
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Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=428ab6e786c3fca161f099146eedcc7dVFdwQmVVNUVRVFZOUkZFelRVUlpNRTFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1725573601