HECHO ESENCIAL
SOCIEDAD PESQUERA COLOSO S.A.
Inscripción Registro de Valores N*80
Santiago, 11 de agosto de 2017
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
De mi consideración:
De conformidad a lo previsto en los artículos 9 y 10 de la Ley N” 18.045, en el artículo 63 de la Ley
N” 18.046 y en la Norma de Carácter General N* 30 de vuestra Superintendencia, debidamente
facultado informo a Ud., en carácter de Hecho Esencial, que el Directorio de Sociedad Pesquera
Coloso S.A. (la “Sociedad”) acordó, en sesión de fecha 10 de agosto de 2017, citar a Junta
Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse el día 29 de agosto de 2017, a las 17:00 horas, en
Avenida El Bosque Norte N” 0440, Piso 8, Las Condes, Santiago, a fin de tratar las siguientes
materias: >
(i) aprobar la enajenación de 642.459.000 acciones de la sociedad Corpesca S.A., por
representar dicha participación accionaria más del 50% del activo de la Sociedad, según lo dispone
el artículo 67 N*9 de la Ley N” 18.046, junto con la ejecución de todos los actos y la suscripción de
todos los documentos que sean necesarios para materializar la referida enajenación; y
(ii) adoptar todos los acuerdos que sean requeridos para llevar a cabo y materializar el acuerdo
señalado en el numeral precedente, incluyendo el otorgamiento de los poderes que se estimen
necesarios, en los términos y condiciones que en definitiva apruebe la Junta.
Según lo dispone el artículo 69 de la Ley N” 18.046, la aprobación por la Junta Extraordinaria de
Accionistas de la enajenación de acciones antes descrita, concederá a aquellos accionistas
disidentes el derecho a retirarse de la Sociedad. Se considera accionista disidente a aquel que en
la referida Junta se oponga a la enajenación señalada o que, no habiendo concurrido a la Junta,
manifieste su disidencia por escrito a la Sociedad dentro del plazo de 30 días, contado de la fecha
de celebración de la referida Junta Extraordinaria. El valor a pagar por sus acciones a los
accionistas que ejerzan el derecho a retiro será el valor de libros de la acción, determinado
conforme lo establecido en el artículo 130 del Reglamento de Sociedades Anónimas, considerando
que las acciones de la Sociedad no tienen presencia bursátil.
Sin otro particular, saluda muy atentamente a Ud.,
SOCIEDAD PESQUERA COLOSO S.A.
c.c.: * Bolsa de Comercio de Sántiago
Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores
Bolsa de Corredores – Bolsa de Valores de Valparaíso
AVDA, EL BOSQUE NORTE 0440, PISO 9, Of 902 – 903 – CASILLA 134, CORREO 35 – SANTIAGO – CHILE – FONO: 2371 2600
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