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Fojas SEIS MIL NOVENTA Y CUATRO
REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS
REDUCCION A ESCRITURA PÚBLICA
ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO
TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO AÑO DOS MIL
VEINTIUNO
SOCIEDAD EDUCATIVA LEONARDO DA VINCI S.A.
FECHA: CERO TRES DE MAYO DOS MIL VEINTIUNO
REP.N? 1424-2021.- FJS.N* 095.-
ol Dl e ol e ol a e e Dl ll le a 0d Dl e e o Dl le ol lo le Dl lol lo le Dll Dl e 6 ll ll Dl ll al Dl a a
En Calama, República de Chile a tres de Junio del año dos m”
veintiuno, ante mi JOSE MIGUEL SEPULVEDA GARCIA
chileno, casado, abogado, NOTARIO PUBLICO TITULAR DE
LA CUARTA NOTARIA DE EL LOA CALAMA, con oficio er
Avenida Balmaceda número mil setecientos cincuenta Oficinas
Uno y Dos Torre Cobre, Calama, comparece doña SUSANA
MARIBEL JOPIA AGUIRRE, chilena, casada, Ingeniero Civi
Industrial, domiciliada en avenida Cari número tres m:
quinientos cincuenta y nueve, Villa Lomas Huasi, de la ciudad
de Calama, cedula de nacional de identidad número ases
millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos
veinte guión dos, quien acredita su identidad con la cédule
citada y expone: PRIMERO.- Que por el presente acto viene e-:
reducir a escritura pública ACTA SESIÓN
EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO TRESCIENTOS
NOVENTA Y CINCO AÑO DOS MIL VEINTIUNO
SOCIEDAD EDUCATIVA LEONARDO DA VINCI S.A., y
que es del tenor – siguiente: ACTA SESIÓN
EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO TRESCIENTOS
NOVENTA Y CINCO AÑO DOS MIL VEINTIUNO
NOVENTA Y CINCO ANO DOS VUIL -mIAR-
SOCIEDAD EDUCATIVA LEONARDO DA VINCIS.A. En
Calama, a cero tres de mayo dos mil veintiuno, en el domicilio
social ubicado en Pasaje Vecinal N* doscientos ochenta y seis,
sector Las Vegas, siendo las diecinueve: treinta hrs., se llevó a
efecto sesión del Directorio de la sociedad anónima abierta
SOCIEDAD EDUCATIVA LEONARDO DA VINCI S.A., en
adelante también la “Sociedad”, con la asistencia de los
Directores: señor Pedro Realini Saldaña, la señora Marlene Silva
Briceño, el Sr. Miguel Sepúlveda Maldini, el Sr. Luis Olivares
Pastén y el Sr. Jorge Quinteros Pfeng quién asistió vía Zoom,
permanente y simultáneamente comunicado con los restantes
directores. Presidió la sesión el Sr. Pedro Realini Saldaña,
Presidente del Directorio. Se sometió al conocimiento, debate y
decisión del Directorio las siguientes materias: L- Objeto de la
reunión. La presente sesión tiene por objeto adoptar los
acuerdos necesarios en los siguientes temas: Tabla: Uno.-
Constitución del Nuevo Directorio elegido por la Junta de
Accionistas y elección Presidencia del Directorio.Dos .-
Revocación y Delegación de poderes a Directorio Soc.
Educativa Leonardo Da Vinci S.A. Tres.- Delegación de
poderes al Gerente General de la Sociedad Educativa Leonardo
da Vinci S.A. IL.- Acuerdos. Lectura del Acta anterior.
Respecto del objeto de la reunión, se tomaron los siguientes
acuerdos: Uno.- Constitución del Nuevo Directorio elegido por
la Junta de Accionistas y elección Presidencia del Directorio. En
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mil veintiuno, donde se elige a los siguientes accionistas comil
Directores año dos mil veintiuno al dos mil veinticuatro: Unoxx:
Sr. Pedro Realini Saldaña, Rut cinco millones seiscientió
cincuenta y nueve mil doscientos setenta y nueve guión dos.
Dos.-Sr. Jorge Quinteros Pfeng, Rut siete setecientos noventa Ñ
ocho mil quinientos diecinueve guión cero. Tres.-Sra. Marlene
Silva Briceño, Rut catorce millones trescientos dieciocho mil
seiscientos noventa y ocho guión nueve. Cuatro.-Sr. Migull
Sepúlveda Maldini, Rut nueve millones veinticinco mi
setecientos diecisiete guión K. Cinco.-Sr. Luis Olivares Pasten.
Rut, nueve millones ochenta y dos mil seiscientos sesenta y uño
guión uno. En virtud de lo anterior, se procede a realizar le
elección del nuevo(a) Presidente(a) del Directorio de la Sociedas “
Se propone al señor Pedro Realini Saldaña RUT cinco millone*
seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos setenta y nuev.
guión dos, lo que es aprobado por unanimidad. Dosxx.
Revocación y Delegación de poderes a Directorio Sor.
Educativa Leonardo Da Vinci S.A. Se faculta a los Directores
Señor Pedro Guillermo Realini Saldaña R.U.T. cinco millones
seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos setenta y nueve
guión dos, Señor Jorge Enrique Quinteros Pfeng R.U.T. sie
millones setecientos noventa y ocho mil quinientos diecinueve
guión cero y en ausencia de cualquiera de los recién nombrado: :
a la Señora Marlene Silva Briceño R.U.T. catorce millones
trescientos dieciocho mil seiscientos noventa y ocho guión nueve z
para que actuando dos, cualquiera de ellos en forma conjunta, le
que no será necesario acreditar ante terceros, representen a ¡e
Sociedad Educativa Leonardo Da Vinci S.A., Rut noventa y se
millones seiscientos dieciocho mil cien guión uno, con le:
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siguientes poderes: Uno. Poderes Bancarios A) Podrán
representar a la Sociedad ante todos los Bancos Nacionales o
extranjeros, particulares o estatales, Banco Central y a modo
meramente ejemplar antes los siguientes bancos: Banco del
Estado de Chile, Banco Santander, Banco Scotiabank, Banco Itaú,
Banco BCI con las más altas facultades que puedan necesitarse.
De esta manera podrán dar instrucciones y cometerles
comisiones de confianza; contratar cuentas corrientes bancarias y
de depósitos y/o créditos; depositar, girar y sobregirar en ellas y
en las que la sociedad tenga actualmente; imponerse de su
movimiento y de cerrar unas y otras, todo ello en moneda
nacional o extranjera; aprobar u objetar saldos; retirar talonarios
de cheques o cheques sueltos; contratar prestamos sea como
créditos en cuenta corriente, avances contra aceptación,
sobregiros, sean en cualquier otra forma; contratar líneas de
créditos, arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término al
arrendamiento, colocar dinero, sea en moneda nacional o
extranjera y valores, en depósito, custodia o garantía y cancelar
los certificados respectivos; contratar acreditivos, en moneda
nacional o extranjera. B) girar, suscribir, aceptar y reaceptar,
renovar, prorrogar, endosar en dominio, cobro o garantía, avalar,
protestar, descontar, cobrar, transferir, extender y disponer en
cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagares, libranzas,
vales y demás documentos mercantiles o cambiarios, efectos
públicos, títulos de créditos y valores mobiliarios, sean
nominativo, a la orden o al portador, en moneda nacional o
extranjera y ejercitar, todas las acciones de que a la sociedad
correspondan en relación con tales documentos.-C) Abrir cuentas
de ahorro a la vista, a plazo, o condicionales, reajustables o no, en
todos los Bancos Nacionales o extranjeros, particulares o
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estatales, y a modo meramente ejemplar en los siguientes B.
Banco del Estado de Chile, Banco Santander, Banco Scotiabank;
Banco BCI, en asociados d ahorro y préstamos o en cualquie;
sistema de ahorro, depositar en ellas, en todo o parte y $ $
cualquier tiempo los dineros de la Sociedad; capitalizar interes y
y / o reajustes; imponerse de su movimiento; asignar o ad
saldos; y cerrar dichas cuentas.-D) Ceder o aceptar cesiones dé
créditos, sean nominativos a la orden o al portador y en generas
efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantile*’
valores ¡mobiliarios y efectos públicos y de comercio. E
Contratar prestamos en cualquier forma, en todos los Banc]
Nacionales o extranjeros, particulares o estatales, y a e
meramente ejemplar en los siguientes Bancos: Banco del Estadi
de Chile, Banco Santander, Banco Scotiabank, Banco Itaú, Banco
BCI u otras instituciones financieras de crédito y/o fomento Y;
en general, con cualquier persona en natural o jurídica dE
derecho público o de derecho privado.- Limitación de podere
Los poderes indicados en el número uno, letra B, C, D y E so! le
podrán ejecutarse previo acuerdo del directorio, lo que det
constar en acta debidamente aprobada. Prohibición: Se probbeld
los directores retirar dineros para sí, salvo previo acuerdo del
Directorio y sólo para fines sociales. Dos.-Otros Poderes. De
igual forma podrán: A) aceptar toda forma de cauciones y
garantías en beneficio de la Sociedad. -B) grabar con derecho de
uso, usufructo habitación, etcétera. Y constituir servidumb;*
activas O pasivas.-C) celebrar contratos de promesas e
Comprar, vender, permutar, y, en general adquirir o enajenar e
cualquier título, toda clase de bienes corporales o incorporales, 6
muebles, incluso acciones, debentures, valores mobiliarios
títulos de créditos y efectos públicos-E) Dar y tomar e
arrendamiento, administración y concesión toda clase de bienes
corporales o incorporales, raíces o muebles.-F) Dar y recibir en
prendas valores mobiliarios, derechos y acciones y demás cosas
corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil,
bancaria, agraria, industrial; de cosas muebles vendidas a plazo
sean otras especiales y cancelarlas.- Tres..- Delegación de
poderes al Gerente General de la Sociedad Educativa Leonardo
da Vinci S.A. Se faculta a la Gerente General doña Susana Mabel
Jopia Aguirre, Rut. diez millones cuatrocientos noventa y cinco
mil novecientos veinte guión dos, para representar a la Sociedad
Educativa Leonardo Da Vinci S.A., Rut noventa y seis millones
seiscientos dieciocho mil cien guión uno, con los siguientes
poderes: Uno.-Otros poderes. La Gerente General doña Susana
Mabel Jopia Aguirre, Rut. diez millones cuatrocientos noventa y
cinco mil novecientos veinte guión dos, podrá concurrir con toda
clase de presentaciones, solicitudes y aprobar convenios ante las
siguientes instituciones: A) Inspección del trabajo B) Servicio de
Impuestos Internos C) Tesorería General de la República D)
Servicios de Salud e Isapres E) Superintendencia de Valores y
Seguros F) Cajas de compensación G) Coopeuch H) Servicios
médicos 1) Mutuales de Seguridad J) Municipalidad de Calama
K) Administrador Fondos de Cesantía y L) Empresa de
telecomunicaciones. En ejercicio de este poder, podrá representar
a la Sociedad Educativa Leonardo Da Vinci, antes las siguientes
entidades y con las siguientes facultades: A) Para concurrir ante
toda clase de personas jurídicas, autoridades políticas,
administrativas, incluso de orden tributario, municipal,
inspección del trabajo, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería
General de la República, Servicios de Salud e Isapres,
Superintendencia de Valores y Seguros, Cajas de compensación,
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y
£
Servicios Médicos, Municipalidad de Calama, Administrador d
Fondos de Cesantía, Empresa de telecomunicaciones, etcétera, y
en general ante todas personas de derecho público o privado, xx
instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma.
de previsión, organismos dependientes del Estado o de las
municipalidades, aduanero, de comercio exterior, etcétera, co
toda clase de presentaciones, declaraciones aun obligatoriaxx,
peticiones, etcétera, modificarlas o desistir de ellas; B)
Representar a la empresa en todos los juicios o gestiones
judiciales ante cualquier tribunal, ordinario, especial, arbitraí
administrativo o de cualquier otra clase, así intervenga *-
empresa como demandante, demandada o tercero de cualquie s
especie, ejercer toda clase de acciones sean ellas ordinarias,
ejecutivas o especiales, de jurisdicción no contenciosa o dé
cualquier naturaleza. En el ejercicio de esta representación, A
mandatario o mandatarios podrán actuar por las empresas con
todas las facultades ordinarias o extraordinarias del mandaic
judicial, en los términos previstos en el artículo séptimo de:
código de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse en primer.
instancia de la acción deducida, contestar demandas, aceptar ‘; le
constancia contraria, renunciar los recursos y los términos
legales, absolver posiciones, transigir, comprometer, avenit,
convenir, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, cobra:
percibir y proponer y aprobar convenios y aceptar sus
modificaciones, aceptar avenimientos, conceder y otorgar quitas
y esperas; En ejercicio de estos derechos y representando a ::
Sociedad, podrá efectuar toda clase de presentaciones, firmar
toda clase de documentos y retirar los que sean necesarios. De.
igual forma estará facultando para celebrar, modificar o extinguir
toda clase de convenios y contratos ante todas las autoridade=
antes mencionadas. La señora Susana Jopia Aguirre, deberá
actuar en todos los actos mencionados bajo las instrucciones y
acuerdos del Directorio. Dos.- Poder. Finalmente, el Directorio
faculta a la Señora Susana Maribel Jopia Aguirre, Rut. diez
millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos veinte
guión dos Gerente General, para que reduzca a escritura pública
la presente acta, sin esperar su aprobación, como igualmente
practique todas las gestiones que correspondan para que estos
acuerdos surtan todos efectos legales. – Facultad al portador: Se
faculta al portador de copia autorizada, para solicitar inscripción
o suscripciones en los Registros de Comercio del Conservador de
Bienes Raíces o de cualquier otro que se necesite. Se cierra la
sesión a las veintiuno: cero cero hrs. Pedro Realini Saldaña
Presidente. (Se visualiza una firma ilegible). Marlene Silva
Briceño (Se visualiza una firma ilegible). Director. Jorge
Quinteros Pfeng Director. (Se visualiza una firma ilegible).
Miguel Sepúlveda Maldini Director. (Se visualiza una firma
ilegible). Luis Olivares Pastén Director. (Se visualiza una
firma ilegible). Susana Jopia Aguirre. Gerente General-
Secretaria. (Se visualiza una firma ilegible). CONFORME.-
SEGUNDO: La presente reducción a escritura pública, consta
del libro de actas de ACTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE
DIRECTORIO TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO AÑO
DOS MIL VEINTIUNO SOCIEDAD EDUCATIVA
LEONARDO DA VINCI S.A, a fojas setenta y dos, setenta y
tres, setenta y cuatro y setenta y cinco del libro que tuve a la
vista y devolví a la interesada. TERCERO: Se faculta al
portador de copia autorizada de la presente escritura para que
requiera las anotaciones, subinscripciones, y demás trámites
y” ro
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que procedan Se dio copias. En comprobante y previa lectura)
se ratifica y firma. DOY FE.
3 TESTIMONIO MEL De Su ura NAL DOY EE
N 2021
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