Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

SOCIEDAD EDUCATIVA LEONARDO DA VINCI S.A. 2018-09-27 T-15:34

S

Sociedad Educativa Leonardo Da Vinci S.A.
Colegio Leonardo Da Vinci
Pasaje Vecinal n* 286, fono: 2316939

e-mail:secretariagerencia/a cldv.cl
calama

HECHOS ESENCIALES

SOCIEDAD EDUCATIVA LEONARDO DA VINCIS.A.

Con fecha 27 de Septiembre de 2018, según consta en Acta de Sesión Extra Ordinaria
de Directorio Nro. 321, reducida a escritura pública el 19 de Junio de 2018, en Notaria
Ana Bonet Cornejo, abogado, Notario Público.

Se informa que se ha realizado cambio interno en la estructura del Directorio, quedando
como sigue:

Pedro Guillermo Realini Saldaña (Presidente del Directorio).
Carolina Muñoz Vera (Directora).

Miguel Sepúlveda Maldini (Director).

Jorge Quintero Pfeng (Director).

Marlene Silva Briceño (Directora).

pa qe a

En virtud de lo anteriormente expuesto, se adjunta anexos Reducción Escritura Pública
Acta de Sesión Extra Ordinaria de Directorio Nro. 281321 – año 2018 de la Sociedad
Educativa Leonardo Da Vinci S.A.

Calama, 27 de Septiembre de 2018.

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Mgt/SER21.154.-
Repertorio N*1.315.- En Calama, República de Chile, a día

diecinueve de Junio del año dos mil dieciocho, ante mí, ANA
DEL ROSARIO BONET CORNEJO, chilena, Abogado, Notario
Público Titular de la Primera Notaría de El Loa Calama, con
oficio en esta ciudad, calle Vicuña Mackenna número dos mil
ciento treinta y nueve, comparece: Doña SUSANA MARIBEL
JOPIA AGUIRRE, chilena, casada, ingeniero civil industrial,
cédula de identidad número diez millones cuatrocientos
noventa y cinco mil novecientos veinte guión dos, con
domicilio en Avenida Cari número tres mil quinientos
cincuenta y nueve Villa Lomas Huasi, de Calama, debidamente
facultada la compareciente mayor de edad, quien acredita su
identidad con la referida cédula y expone: Que, viene en
reducir a escritura pública la siguiente acta que es de este
tenor” ACTA SESIÓN EXTRA ORDINARIA DE DIRECTORIO
TRESCIENTOS VEINTIUNO – AÑO DOS MIL DIECIOCHO,
SOCIEDAD EDUCATIVA LEONARDO DA VINCI S.A. En
Calama, a catorce de Junio de dos mil dieciocho, en el
domicilio social ubicado en Pasaje Vecinal numero doscientos
ochenta y seis, sector Las Vegas, siendo las veinte : cero cero
horas., se llevó a efecto Sesión constitutiva del Directorio de la
sociedad anónima abierta SOCIEDAD EDUCATIVA

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Web.: notariabonetcalama. el

y IP O PROA REA CPES COS SL EA

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LEONARDO DA VINCI S.A., en adelante también la
“Sociedad”, con la asistencia de los Directores: señor Pedro
Realini Saldaña, señor Jorge Quinteros Pfeng, señora Carolina
Muñoz Vera, señora Marlene Silva Briceño y el señor Miguel
Sepúlveda Maldini. Actuó como Secretaria la señora Gerente
General de la Sociedad señora Susana Jopia Aguirre. Se
sometió al conocimiento, debate y decisión del Directorio las
siguientes materias: UNO.-OBJETO DE LA REUNIÓN, La
presente sesión tiene por objeto tomar información y
resolución sobre los siguientes temas: UNO. Constitución del
Nuevo Directorio elegido por la Junta de Accionistas. DOS.
Elección Presidencia del Directorio. TRES. Revocación de
Poderes. CUATRO. Delegación de Poderes. DOS. –
ACUERDOS. CONSTITUCION DE DIRECTORIO SOCIEDAD

ATIV DA VINCIS.A. Y ELECCIÓN DEL
PRESIDENTE.- En razón de Junta de Accionistas realizada el
veinticinco de Mayo de dos mil dieciocho, es que se procede a
realizar elección del nuevo Presidente del Directorio de la
Sociedad. Se propone al señor Pedro Realini Saldaña RUT cero
cinco millones seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos
setenta y nueve guion dos, lo que es aprobado por la totalidad
de los presentes. LE I D E RE A
DIRECTORES DE LA SOCIEDAD EDUCATIVA LEONARDO
DA VINCI Se faculta a los Directores Señor Pedro Guillermo
Realini Saldaña R.U.T. cinco millones seiscientos cincuenta y
nueve mil doscientos setenta y nueve guion dos, Señor Jorge
Enrique Quinteros Pfeng R.U.T. siete millones setecientos
noventa y ocho mil quinientos diecinueve guion cero y en

ausencia de cualquiera de los recién nombrados a la Señora

Carolina Ellen Muñoz Vera R.U.T. trece millones cuatrocientos

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será necesario acreditar ante terceros, representen
Sociedad Educativa Leonardo Da Vinci S.A., Rut noventa y seis
millones seiscientos dieciocho mil cien guion uno, con los
siguientes poderes: UNO. Poderes Bancarios A) Podrán
representar a la Sociedad ante todos los Bancos Nacionales o
extranjeros, particulares o estatales, Banco Central y a modo
meramente ejemplar antes los siguientes bancos: Banco del
Estado de Chile, Banco Santander, Banco Scotiabank, Banco
Itaú, Banco BCI con las más altas facultades que puedan
necesitarse. De esta manera podrán dar instrucciones y
cometerles comisiones de confianza; contratar cuentas
corrientes bancarias y de depósitos y/o créditos; depositar,
girar y sobregirar en ellas y en las que la sociedad tenga
actualmente; imponerse de su movimiento y de cerrar unas y
otras, todo ello en moneda nacional o extranjera; aprobar u
objetar saldos; retirar talonarios de cheques o cheques sueltos;
contratar prestamos sea como créditos en cuenta corriente,
avances contra aceptación, sobregiros, sean en cualquier otra
forma; contratar líneas de créditos, arrendar cajas de
seguridad, abrirlas y poner término al arrendamiento, colocar
dinero, sea en moneda nacional o extranjera y valores, en
depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados
respectivos; contratar acreditivos, en moneda nacional o
extranjera. B) girar, suscribir, aceptar y reaceptar, renovar,
prorrogar, endosar en dominio, cobro o garantía, avalar,
protestar, descontar, cobrar, transferir, extender y disponer en
cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagares,

libranzas, vales y demás documentos mercantiles o cambiarios,

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1 efectos Públicos, títulos de créditos y valores mobiliarios, sean
.|hominativo, a la orden o al portador, en moneda nacional o
¡extranjera y ejercitar, todas las acciones de que a la sociedad
|¡Correspondan en relación con tales documentos.-C) Abrir
s|¡cuentas de ahorro a la vista, a plazo, o condicionales,
s¡reajustables o no, en todos los Bancos Nacionales o extranjeros,
|particulares o estatales, y a modo meramente ejemplar en los
ajsiguientes Bancos: Banco del Estado de Chile, Banco
s| Santander, Banco Scotiabank, Banco BCI, en asociados d ahorro
10) y préstamos o en cualquier sistema de ahorro, depositar en
11¡ellas, en todo o parte y en cualquier tiempo los dineros de la
12 Sociedad; capitalizar intereses y/o reajustes; imponerse de su
:|¡movimiento; asignar o impugnar saldos; y cerrar dichas
j¡Cuentas.-D) Ceder o aceptar cesiones de créditos, sean
:s[nominativos a la orden o al portador y en generar efectuar
16 toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores
¡mobiliarios y efectos públicos y de comercio.-E) Contratar
1 prestamos en cualquier forma, en todos los Bancos Nacionales
190 extranjeros, particulares o estatales, y a modo meramente
¡ejemplar en los siguientes Bancos: Banco del Estado de Chile,
21¡Banco Santander, Banco Scotiabank, Banco Itaú, Banco BCI u
22Jotras instituciones financieras de crédito y/o fomento y , en
2 general, con cualquier persona en natural o jurídica de derecho
xx¡público o de derecho privado.- Limitación de poderes: Los
as poderes indicados en el número uno, letra B,C,D y E solo
25 podrán ejecutarse previo acuerdo del directorio, lo que debe
a1Constar en acta debidamente aprobada. Prohibición: Se
z.|prohíbe a los directores retirar dineros para sí, salvo previo
acuerdo del Directorio y sólo para fines sociales. DOS.- Otros
Poderes De igual forma podrán: A) aceptar toda forma de

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promesas.-D) Comprar, vender, permutar, y, en general

adquirir o enajenar a cualquier titulo, toda clase de bienes
corporales o incorporales, o muebles, incluso acciones,
debentures, valores mobiliarios, títulos de créditos y efectos
públicos.-E) Dar y tomar en arrendamiento, administración y
concesión toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces
o muebles.-F) Dar y recibir en prendas valores mobiliarios,
derechos y acciones y demás cosas corporales o incorporales,
sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial; de
cosas muebles vendidas a plazo sean otras especiales y
cancelarlas.- D GACION DE PODERES AL GERENTE
GENERAL DE LA IEDAD EDUCATIVA LEONARD

VINCI S.A. Se faculta a la Gerente General doña Susana
Maribel Jopia Aguirre, Rut. Diez millones cuatrocientos

noventa y cinco mil novecientos veinte guion dos, para
representar a la Sociedad Educativa Leonardo Da Vinci S.A.,

ut noventa y seis millones seiscientos dieciocho mil cien
guion uno, con los siguientes poderes: UNO.-Otros poderes La
Gerente General doña Susana Maribel Jopia Aguirre, Rut. Diez
millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos veinte
guion dos, podrá concurrir con toda clase de presentaciones,
solicitudes y aprobar convenios ante las siguientes
instituciones: A) Inspección del trabajo B) Servicio de
Impuestos Internos C) Tesorería General de la República D)
Servicios de Salud e Isapres E) Superintendencia de Valores y
Seguros F) Cajas de compensación G) Coopeuch H) Servicios
médicos 1) Mutuales de Seguridad J) Municipalidad de Calama

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K) Administrador Fondos de Cesantía y L) Empresa de
telecomunicaciones. En ejercicio de este poder, podrá
representar a la Sociedad Educativa Leonardo Da Vinci, antes
las siguientes entidades y con las siguientes facultades: A)
Para concurrir ante toda clase de personas jurídicas,
autoridades políticas, administrativas, incluso de orden
tributario, municipal, inspección del trabajo, Servicio de
Impuestos Internos, Tesorería General de la República,
Servicios de Salud e Isapres, Superintendencia de Valores y
Seguros, Cajas de compensación, Servicios Médicos,
Municipalidad de Calama, Administrador de Fondos de
Cesantía, Empresa de telecomunicaciones, etcétera, y en
general ante todas personas de derecho público o privado, o
instituciones fiscales, semifiscales, de administración
autónoma, de previsión, organismos dependientes del Estado o
de las municipalidades, aduanero, de comercio exterior,
etcétera, con toda clase de presentaciones, declaraciones aun
obligatorias, peticiones, etcétera, modificarlas o desistir de
ellas; B) Representar a la empresa en todos los juicios o
gestiones judiciales ante cualquier tribunal, ordinario,
especial, arbitral, administrativo o de cualquier otra clase, así
intervenga la empresa como demandante, demandada o tercero
de cualquier especie, ejercer toda clase de acciones sean ellas
ordinarias, ejecutivas o especiales, de jurisdicción no
contenciosa o de cualquier naturaleza. En el ejercicio de esta
representación, el mandatario o mandatarios podrán actuar por
las empresas con todas las facultades ordinarias o
extraordinarias del mandato judicial, en los términos previstos
en el artículo séptimo del código de Procedimiento Civil,

pudiendo desistirse en primera instancia de la acción

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renunciar los recursos y los términos lega se
posiciones, transigir, comprometer, avenir, convenir,
los árbitros facultades de arbitradores, cobrar, percibir y
proponer y aprobar convenios y aceptar sus modificaciones,
aceptar avenimientos, conceder y otorgar quitas y esperas; En
ejercicio de estos derechos y representando a la Sociedad,
podrá efectuar toda clase de presentaciones, firmar toda clase
de documentos y retirar los que sean necesarios. De igual
forma estará facultando para celebrar, modificar o extinguir
toda clase de convenios y contratos ante todas las autoridades
antes mencionadas. La señora Susana Jopia Aguirre, deberá
actuar en todos los actos mencionados bajo las instrucciones y
acuerdos del Directorio. PODER Finalmente el directorio
faculta a la Señora Susana Maribel Jopia Aguirre, Rut. Diez
millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos veinte
guion dos Gerente General, para que reduzca a escritura
pública la presente acta, sin esperar su aprobación, como
igualmente practique todas las gestiones que correspondan
para que estos acuerdos surtan todos efectos legales.-Facultad
al portador: Se faculta al portador de copia autorizada, para
solicitar inscripción o suscripciones en los Registros de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces o de cualquier otro
que se necesite. Se cierra la sesión a las veintidós : treinta
Horas. hay seis firmas ilegibles que se leen; Pedro Realini
Saldaña presidente; Carolina Muñoz Vera director; Jorge
Quinteros Pfeng director ; Miguel Sepúlveda Maldini
director; Marlene Silva Briceño director; Susana Jopia
Aguirre gerente general secretaria.- CONFORME, con el
documento que tuve a la vista y devuelvo al interesado.

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1 Escritura extendida conforme a minuta proporcionada por la
requirente, enviada por correo electrónico, bajo su exclusiva
responsabilidad y queda registrada en el Repertorio de
Instrumentos Públicos bajo el número mil trescientos quince,
s del bimestre respectivo del presente año.- En comprobante y
previa lectura ratifica y firma la compareciente junto a la
¡ministro de fe que autoriza.- Se da copias.- DOY FE.-

copias fiel de los documefitos que
CERTIFICO QUE ESTA COPIA Ef ho tenido a la vista y que

Y
TESTIMONIO FIEL DE SU ORIGL) Emeresado,

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=3e10955d826006f5b11c878f06c5bfa9VFdwQmVFOUVRVFZOUkVVeVRrUlplVTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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