Santiago, 28 de agosto de 2020
HECHO ESENCIAL
SOCIEDAD DE INVERSIONES ORO BLANCO S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 372
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref.: Modificación de política de dividendos para ejercicio comercial 2020.
Señor Presidente,
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10 de la Ley de
Mercado de Valores, en la Norma de Carácter General N* 30 de la Comisión para el Mercado
Financiero, y debidamente facultado, informo a usted, en carácter de hecho esencial de Sociedad
de Inversiones Oro Blanco S.A. (en adelante la “Sociedad”), lo siguiente:
El directorio de la Sociedad, en sesión ordinaria celebrada hoy, acordó modificar la política de
dividendos de la Sociedad para el ejercicio comercial del año 2020, que fue informada en la junta
ordinaria de accionistas de la Sociedad celebrada el 27 de abril de 2020, en los términos que
constan del documento anexo a esta comunicación.
En todo caso, dicha modificación a la política de dividendos de la Sociedad para el ejercicio
comercial del año 2020, está sujeta a la condición suspensiva de que Sociedad Química y Minera
de Chile S.A. distribuya y pague el dividendo eventual que se someterá a la consideración de los
accionistas de dicha sociedad en junta extraordinaria de accionistas convocada para el día 29 de
septiembre de 2020 o en la que se realice en su reemplazo.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
A N l
Ricardo Moreno oreno
e Cesa Snap
Socie SÍ versiobes Orto Blanco S.A.
– SN
WE
c.c: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores
Bolsa Electrónica de Chile
POLÍTICA DE DIVIDENDOS PARA EL EJERCICIO 2020
El directorio de Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A. (la “Sociedad”), en sesión ordinaria
celebrada el 27 de agosto de 2020, acordó modificar la política de dividendos de la Sociedad
para el ejercicio comercial del año 2020, que fue informada en la junta ordinaria de accionistas
de la Sociedad celebrada el 27 de abril de 2020, sujeto a la condición suspensiva de que
Sociedad Química y Minera de Chile S.A. distribuya y pague el dividendo eventual que se
someterá a la consideración de los accionistas de dicha sociedad en junta extraordinaria de
accionistas convocada para el día 29 de septiembre de 2020 o en la que se realice en su
reemplazo (en adelante el “Dividendo Eventual SOM”). La nueva política de dividendos de la
Sociedad para el ejercicio comercial del año 2020, queda de la siguiente manera:
A) Distribuir y pagar, por concepto de dividendo definitivo y a favor de los accionistas
respectivos, al menos el 30% de las utilidades líquidas generadas durante el ejercicio del año
2020.
B) Distribuir y pagar, en lo posible y durante el año 2020, dos dividendos provisorios que serán
imputados en contra del dividendo definitivo antes indicado, conforme se indica a continuación:
(1) Distribuir y pagar un primer dividendo provisorio con cargo a las utilidades líquidas
del ejercicio del año 2020, por un monto equivalente al 30% de las utilidades líquidas
determinadas de acuerdo a los estados financieros intermedios de la Sociedad al 31
de marzo de 2020. Se deja constancia que con fecha 28 de mayo de 2020, el
directorio de la Sociedad acordó distribuir y pagar este primer dividendo provisorio,
por la suma total de US$ 1.908.325,50.-, equivalente a un dividendo de US$
0,000013937, el cual se pagó a contar del 16 de junio de 2020.
(ii) Distribuir y pagar un segundo dividendo provisorio con cargo a las utilidades
líquidas del ejercicio del año 2020, por un monto equivalente al 30% de las utilidades
líquidas determinadas de acuerdo a los estados financieros intermedios de la
Sociedad al 30 de septiembre de 2020, descontando el monto del primer dividendo
provisorio repartido previamente durante el ejercicio 2020. Este segundo dividendo
provisorio se pagaría dentro del mes siguiente al que se aprueben los estados
financieros intermedios de la Sociedad al 30 de septiembre de 2020. Con todo, será
condición para el pago de este segundo dividendo provisorio, que Sociedad Química
y Minera de Chile S.A., distribuya y pague el Dividendo Eventual SQM.
C) No se considera el pago de dividendos adicionales.
Se deja constancia que la política de dividendos antes mencionada, corresponde a una intención
o expectativa en relación con tal materia, por lo que el cumplimiento de dicha política de
dividendos queda necesariamente condicionada a la obtención de utilidades líquidas, a los
resultados que indiquen las proyecciones periódicas de la Sociedad y a la existencia de
determinadas condiciones que pudiesen afectarlas, por lo que el directorio, en la medida que
dicha política de dividendos efectivamente sufriese algún cambio sustancial, oportunamente
comunicará esta situación como hecho esencial.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=2b4332422506305d988e0ade9daeab62VFdwQmVVMUVRVFJOUkUwelRtcFJORTFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108