Av. Santiago, 27 de junio de 2023
GG-CMF AVO/004/2023
MAT.: – Suscripción o renovación de contratos.
HECHO ESENCIAL
SOCIEDAD CONCESIONARIA VESPUCIO ORIENTE S.A.
Inscripción Registro de Entidades Informantes N° 286
Señora
Solange Bernstein Jáuregui
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
De nuestra consideración,
Por medio de la presente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9° y en el inciso segundo
del artículo 10 de la Ley N° 18,045 sobre Mercado de Valores, y de la Norma de Carácter General N°
30 de la Superintendencia de Valores y Seguros, hoy Comisión para el Mercado Financiero, vengo
en informar a Ud. lo siguiente en calidad de Hecho Esencial de Sociedad Concesionaria Vespucio
Oriente S.A. (la “Sociedad”):
Con fecha 16 de junio de 2023, la Sociedad y la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas
han suscrito el denominado “Convenio Ad Referéndum N° 2” (el “Convenio”) del Contrato de
Concesión de la obra pública fiscal denominada “Concesión Américo Vespucio Oriente, Tramo Av.
El Salto – Príncipe De Gales”.
El Convenio establece las condiciones particulares para la implementación de la propuesta de revisión
de la fórmula de reajuste del sistema tarifario materia del Decreto Supremo MOP N° 216 de 2022.
Por último, hago presente que el Convenio tendrá plena validez desde la publicación en el Diario
Oficial del Decreto Supremo que lo apruebe, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19° del
D.S. MOP N° 900 de 1996 y 69° del D.S. MOP N° 956 de 1997.
Sin otro particular, se despide atentamente,
Ed Maldonado
Gerente General
Sociedad Concesionaria Vespucio Oriente S.A.
ACM/CFP/NEV
Av. Américo Vespucio 100, piso 16, Las Condes / Chile. Teléfono: +56 2 2547 7700
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=bf993c0b61c2a8893e42c444798fef3dVFdwQmVVMTZRVEpOUkVreVRtcEplazEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1687872001