Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

SOCIEDAD CONCESIONARIA VESPUCIO ORIENTE S.A. 2021-12-23 T-17:22

S

A,
AV as
Santiago, 23 de diciembre de 2021

GG-CMF AVO/003/2021

MAT.: – Suscripción o renovación de contratos

HECHO ESENCIAL

SOCIEDAD CONCESIONARIA VESPUCIO ORIENTE S.A.
Inscripción Registro de Entidades Informantes N* 286

Señor

Joaquín Cortez Huerta

Presidente

Comisión para el Mercado Financiero
Presente

De nuestra consideración,

Por medio de la presente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9” y en el inciso segundo
del artículo 10 de la Ley N* 18.045 sobre Merado de Valores, y de la Norma de Carácter General N?
30 de la Superintendencia de Valores y Seguros, hoy Comisión para el Mercado Financiero, vengo
en informar a Ud. lo siguiente en calidad de Hecho Esencial de Sociedad Concesionaria Vespucio
Oriente S.A. (la “Sociedad”):

Con fecha 22 de diciembre de 2021, la Sociedad y la Dirección General de Concesiones de Obras
Públicas han suscrito el denominado “Convenio Ad Referéndum N? 1” (el “Convenio”) del Contrato
de Concesión de la obra pública fiscal denominada “Concesión Américo Vespucio Oriente, Tramo
Av. El Salto – Príncipe De Gales”.

El Convenio fija las indemnizaciones para la compensación económica de la Sociedad por la
modificación, por razones de interés público, de las características de las obras y servicios contratados
por el Ministerio de Obras Públicas determinadas mediante Resolución DGOP (Exenta) N* 1417 de
fecha 30 de abril de 2018, Resolución DGC (Exenta) N* 0696 de fecha 11 de marzo de 2019, y
Resolución DGC (Exenta) N* 1109 de fecha 10 de abril de 2019, todas ellas sancionadas mediante
Decreto Supremo MOP N* 78, de fecha 26 de julio de 2019, de conformidad a lo establecido en el
artículo 19? de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y que fueron informadas a esta Comisión
en su oportunidad.

Por último, hago presente que el Convenio tendrá plena validez desde la publicación en el Diario
Oficial del Decreto Supremo que lo apruebe, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19? del
D.S. MOP N* 900 de 1996 y 69” del D.S. MOP N? 956 de 1997.

Sin otro particular, se despide atentamente,

Luis M/ Eusebio Íñigo
Gerénte General

Sociedad Concesioharia Vespucio Oriente S.A.
LEI/CFP/NEV

Av. Américo Vespucio 100, piso 16, Las Condes / Chile. Teléfono: +56 2 2547 77 00

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=b5fce5a6305bb47f27938024fa3dc6e7VFdwQmVVMVVSWGxOUkZWM1RucEZlVTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

Por Hechos Esenciales
Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

Categorias

Archivo

Categorías

Etiquetas

27 (2563) 1616 (1196) 1713 (992) Actualizaciones (16146) Cambio de directiva (8832) Colocación de valores (1805) Compraventa acciones (1341) Dividendos (11359) Dividend payments (1275) Dividends (1283) Emisión de valores (1805) fondo (6466) fund (1545) General news (1469) Hechos relevantes (16144) importante (5118) IPSA (4331) Junta Extraordinaria (5604) Junta Ordinaria (10691) Noticias generales (16145) Nueva administración (8832) Others (1462) Otros (16140) Pago de dividendos (11126) Profit sharing (1275) Regular Meeting (1610) Relevant facts (1467) Reparto de utilidades (11126) Transacción activos (1341) Updates (1470)