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SOCIEDAD CONCESIONARIA VESPUCIO NORTE EXPRESS S.A. 2023-05-02 T-14:53

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Mini resumen:
“Citación de Sociedad Concesionaria Vespucio Norte Express S.A. el 02/05/2023.”

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Resumen corto:
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v ista . v. Américo ente 1305 spucjo A Fi 2) 2 3000 www.vespucionorte.cl o

Santiago, 02 de mayo de 2023 GGE23692870TR

HECHO ESENCIAL SOCIEDAD CONCESIONARIA VESPUCIO NORTE EXPRESS S.A.

Señora

Solange Berstein Jáuregui Presidenta

Comisión para el Mercado Financiero Presente

Materia: – Citación a Junta de Tenedores de Bonos Serie B emitidos por Sociedad Concesionaria Vespucio Norte Express S.A.

Incluye: Copia de publicación

De mi consideración:

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 9 y artículo 10 inciso segundo de la Ley N*18.045, sobre Mercado de Valores, y estando debidamente facultado, informo a usted que el día 29 de abril de 2023, Banco de Chile, en su calidad de Representante de los Tenedores de Bonos de las Serie B emitidos por Sociedad Concesionaria Vespucio Norte Express S.A. (el Emisor), con cargo a la línea de bonos inscrita en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero bajo el N* 1.079, según Contrato de Emisión de Bonos Desmaterializados por Línea de Títulos que consta de escritura pública de 25 de mayo de 2021, otorgado en la Notaría de don Roberto Antonio Cifuentes Allel y sus modificaciones posteriores (el Contrato de Emisión), en vista de la solicitud del Emisor, citó a los tenedores de bonos de dicha serie a Junta de Tenedores de Bonos a celebrarse el día 16 de mayo de 2023, a las 15:00 horas (la Junta), la cual se llevará a cabo por medios tecnológicos que permitan la participación y votación a distancia, sin perjuicio de que para efectos legales el Representante de los Tenedores de Bonos fija el domicilio de la reunión en Ahumada 251, comuna y ciudad de Santiago, con el objeto de someter a consideración y aprobación de la Junta las siguientes materias:

1. En la Cláusula Primera, número Uno.Dos, del Contrato de Emisión, modificar la definición de Endeudamiento Financiero Autorizado, a efectos de incorporar a esta las operaciones de derivados de cobertura de inflación.

2. En la Cláusula Primera, número Uno.Dos, del Contrato de Emisión, modificar la definición de Diario.

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3. Aprobar todas las demás modificaciones al Contrato de Emisión que sean necesarias para cumplir y llevar a efecto los acuerdos que en definitiva adopte la Junta.

4. Facultar al Representante de los Tenedores de Bonos para acordar con el Emisor el texto específico de las modificaciones al Contrato de Emisión, y para suscribir la o las escrituras públicas correspondientes, así como cualquier otra escritura pública que tenga por objeto complementar o rectificar las escrituras de modificación del Contrato de Emisión respectivo, con el objeto de subsanar eventuales observaciones de la Comisión para el Mercado Financiero.

5. Adoptar todos los demás acuerdos que fueren necesarios para cumplir y llevar a efecto las decisiones que en definitiva adopte la Junta.

Se adjunta a la presente, copia del primer aviso de citación publicado con fecha 29 de abril en el Diario La Tercera. Se hace presente que las demás publicaciones se harán con fecha 02 y 04 de mayo de 2023 en el referido diario.

Saluda atentamente a usted,
Y)) y,

Felipe Mena Muñoz Gerente General (1) Sociedad Concesionaria Vespucio Norte Express S.A.

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Adj.: copia viso que indica.

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LATERCERA Sábado 29 de abril de 2023 tanto riesgos y amenazassociona- turales como aquellos eventos re lacionados a seguridad ciudada- na. Y que, dentro de otras cosas, como las recientes orientaciones, se cuenta con un Plan Integral de Seguridad Escolar.

En ese sentido, consultada por la sobreutilización de la medida, la subsecretaria Arratia señala que *la pertinencia de esta medi- da debe ser revisada caso a caso,

Un problema generalizado Hay suspensiones de clases que han sido conocidas, como las que afectaron, incluidas dos univer- sidades, a más de 10 recintos en la Región de Valparaíso a media- dos de marzo; las balaceras que alteraron Calama la semana pasa- da o los hechos quese han ido re pitiendo de tanto en tanto en Pe- dro Aguirre Cerda (PAC). Justa mente, esta comuna es la que concentra la mayoría de las sus- pensiones – todas por narcofu- nerales- de la Región Metropoli- tana en estos dos meses de clases.
El detalle dice que el 16 y 17 de marzo la Escuela La Victoria se vio obligada a hacerlo, que el 29 del mismo mes la Escuela Lo Valledor también lo hizo, cosa que repitió el 24 de abril, día en que además se suspendieron las clases en el Centro Educativo Integral para Adultos (CEIA) y los jardines in- fantiles Mi Trencito de Ovalle y el del CELA. Antes -12 de abril- tam- bién lo había hecho la Escuela Arcángel Gabriel. Desde este úl timo establecimiento dijeron ese día que lo hicieron debido a que en el perímetro más próximo a nuestro colegio se está realizando un velatorio de alto riesgo.

Es una medida extrema que no nos parece, que va en contra de clases, pero lo que no podemos recuperar es el estado de salud si se ve afectado por un proyectil, dice al respecto Luis Astudillo (ind.), alcalde de PAC, quien ahonda que la suspensión de cla- ses por estos hechos quiere de- cir que hemos tocado fondo. Ya no sabemos qué más hacer (..), lo que necesitamos son acciones concretas y enérgicas para dar un mensaje a estos delincuentes, que acá se respeta el Estado de Dere- cho, no como está sucediendo ahora, que nos están imponiendo

Sólo cinco regiones del país no han visto clases suspendidas por hechos extemnos de violencia: Arica y Parinacota, Tarapacá, Maule, Ñuble y Aysén. Mientras, la RM es la que másjomadas escolares ha perdido por esta razón.

nuestra voluntad (pero) no he- mos tenido un mínimo de garan- tías para dar certezas al personal de trabajo o a los más pequeños de que no tendrán problemas.
Preferimos hacer labores preven- tivas en vez de estar lamentando que un niño salga lesionado o que haya una persona con una herida mortal. Podemos recuperar las sus propias leyes,

Con todo, los establecimientos también reportaron a la subsecre- taría situaciones por motivos in ternos, pero que no se dieron ne- cesariamente en sus dependen- cias. Así, por ejemplo, el 19 de abril el Liceo Juan Bautista Con tardi de Punta Arenas (Región de Magallanes) tomó la decisión de suspender como una medida pre- ventiva ante la publicación en re- des sociales de una advertencia de tiroteo en el lugar.

En una línea similar, la Escuela Familiar Agrícola Valle del Elqui de La Serena (Región de Coquim- bo), reportó que el 24 y 27 de mar zo suspendió sus clases por segu- ridad de los estudiantes, algunos de los cuales fueron agredidos por un apoderado al término de la jornada del 23 de marzo. Ese mis- mo adulto amenazó con presen tarse nuevamente en el colegio con cuchillo y pistola, lo que de- rivó en la medida.

La subsecretaria Arratia señala que la suspensión siempre debe- rá ser una medida de última ra tlo, en aquellos casos que exista información de las entidades per tinentes respecto de posibles ries- gos para la integridad y bienestar de las comunidades educativas y que para la aplicación de esta me dida los sostenedores deben soli- citar autorización a la Seremi de Educación, presentando un plan de recuperación de clases.

Este último requisito, de he- cho, según revelan desde las en trañas del ministerio, les ha lle- vado a sospechar que las cifras

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Arica y Parinacota Tarapacá Antofagasta Atacama Coquimbo Valparaíso Metropolitana O’Higgins Maule Ñuble

Biobío

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Los Lagos Aysén Magallanes Total yo

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Fuerte: Subsecretaría de Educación podrían ser incluso mayores a las reportadas y que algunas sus pensiones por hechos externos de violencia en realidad habrían podido ser justificadas por los sostenedores con razones de or den administrativo (como falta de agua o paros de profesores), por- que pueden ser avisadas con pos- terioridad al día de la suspen sión y, por ende, no requieren autorización previa. O

JUNTA DE TENEDORES DE BONOS SOCIEDAD CONCESIONARIA VESPUCIO NORTE EXPRESS S.A.
BONOS AL PORTADOR DESMATERIALIZADOS

SERIE B

Inscripción en el Registro de Valores N* 1.079

Banco de Chile, en su carácter de Representante de los Tenedores de Bonos Series 8 (en adelante, el “Representante de los Tenedores de Bonos), emitidos por SOCIEDAD CON- CESIONARIA VESPUCIO NORTE EXPRESS S.A., (“AVN o el “Emisor), con cargo a la línea de bonos inscrita en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero bajo el N 1.079, según Contrato de Emisión de Bonos Desmaterializados por Línea de Títulos que consta de escritura pública de 25 de mayo de 2021, otorgado en la Notaría de don Roberto Antonio Cifuentes Allel y sus modificaciones posteriores (el “Contrato de Emisión), a solicitud del Emisor cita a los tenedores de bonos de la Series B a una junta de tenedores de bonos (la Junta), a celebrarse el día 16 de mayo de 2023, a las 15:00 horas, por medios remotos (video llamada), sin perjuicio de que para efectos legales el Representante de los Tenedores de Bonos fija el domicilio de la reunión en Ahumada 251, comuna y ciudad de Santiago, con el siguiente objeto:

1, En la Cláusula Primera, número Uno.Dos, del Contrato de Emisión, modificar la defini- ción de Endeudamiento Financiero Autorizado, a efectos de incorporar a esta las opera- ciones de derivados de cobertura de inflación,

2. En la Cláusula Primera, número Uno.Dos. del Contrato de Emisión, modificar la defini- ción de Diario.

3. Aprobar todas las demás modificaciones al Contrato de Emisión que sean necesarias para cumplir y llevar a efecto los acuerdos que en definitiva adopte la Junta.

4, Facultar al Representante de los Tenedores de Bonos para acordar con el Emisor el texto específico de las modificaciones al Contrato de Emisión, y para suscribir la o las escrituras públicas correspondientes, así como cualquier otra escritura pública que tenga por objeto complementar o rectificar las escrituras de modificación del Contrato de Emi- sión respectivo. con el objeto de subsanar eventuales observaciones de la Comisión para el Mercado Financiero,

5. Adoptar todos los demás acuerdos que fueren necesarios para cumplir y llevar a efecto las decisiones que en definitiva adopte la Junta.

Tendrán derecho a participar en la Junta: (1) las personas que, a la fecha de cierre, figuren con posición de los Bonos desmaterializados en la lista que el Depósito Central de Valores
S.A.. Depósito de Valores (‘DCV) proporcione a AVN, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley N*18.876, y que, a su vez, acompañen el certificado a que se refiere el artículo 32 del Reglamento de la referida ley. Para estos efectos, la fecha de cierre de las cuentas de po- sición en el DCV corresponderá al quinto dia hábil anterior a la fecha de la Junta, para lo cual AVN proveerá al DCV con la debida antelación la información pertinente. Con la sola entrega de la lista del DCV, los titulares de posiciones que figuren en ella se entenderán inscritos en el registro que abrirá AVN para los efectos de la participación en la Junta; y (11) los tenedores de los Bonos materializados que hayan retirado sus títulos del DCV, siempre que se hubieren inscrito para participar en la respectiva junta de tenedores, con cinco días hábiles de anticipación al día de celebración de la misma, en el registro espe- cial que AVN abrirá para tal efecto. Para inscribirse estos tenedores, deberán exhibir los titulos correspondientes o certificados de custodia de estos emitidos por una institución autorizada. En este último caso, el certificado deberá expresar la serie y el número del o de los títulos materializados en custodia, la cantidad de bonos que ellos comprenden y su valor nominal.

Los tenedores de los Bonos podrán hacerse representar en la Junta por mandatarios, me- diante el otorgamiento de carta-poder. La calificación de poderes se realizará durante los días previos. para lo cual se requiere a los señores tenedores de los Bonos hacer llegar sus poderes con la debida antelación, sugiriendo que ello sea al menos el día anterior a ta celebración de la junta al correo electrónico calificapoderesAibancochile.cl con copia a clarrainfMbancochile.cl, La calificación de los poderes se regirá por lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley N”18.045 de Mercado de Valores.

De conformidad a lo dispuesto en la Norma de Carácter General N*435 y al Oficio Circular N*1141, ambos de fecha 18 de marzo de 2020, de la Comisión para el Mercado Financiero, el Representante de los Tenedores de Bonos habilitará mecanismos para que los tenedo- res de los Bonos y demás personas que deban asistir a la Junta, puedan asistir, participar y votar de manera remota en la misma. Para dichos efectos, se encuentra disponible en el sitio web www.juntatenedoresavn.evoting.cl la documentación que contiene las instruc- ciones. términos y condiciones a los que se sujetará la asistencia, participación y votación remota de los tenedores de los Bonos en la Junta. Asimismo, se tomará contacto con cada uno de los tenedores de los Bonos que manifiesten su intención de participar a fin de facilitarles tanto las pruebas previas de conexión, como el soporte para la celebración de la Junta. En caso de que los tenedores de los Bonos, o cualquier otra persona o enti- dad habilitada para asistir a la Junta, requieran información o soporte adicional para su participación en la misma, pueden contactarse al correo electrónico consultaBevoting.cl

BANCO DE CHILE Representante de los Tenedores de Bonos

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=1141db34a4b2a1d6786ea5301c19e280VFdwQmVVMTZRVEZOUkVVMFQwUkJORTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1683072841

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