io Oriente 1305
A / Pudahuel
www.vespucionorte.cl
Ro
Santiago, 15 de mayo de 2020
GGE/20/61869/0TR
HECHO ESENCIAL
SOCIEDAD CONCESIONARIA VESPUCIO NORTE EXPRESS S.A.
Inscripción en el Registro de Valores N*798
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 1449
Santiago
Presente
De nuestra consideración:
En conformidad a lo establecido en el artículo 9% e inciso segundo del artículo 10% de la
Ley N*%18.045 sobre Mercado de Valores y en la Norma de Carácter General N*30 de la
Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”), encontrándome debidamente facultado al
efecto, comunico a usted en carácter de hecho esencial de Sociedad Concesionaria
Vespucio Norte Express S.A. (“Sociedad”), lo siguiente:
Esta Sociedad Concesionaria ha solicitado la intervención de la H. Comisión
Conciliadora/Arbitral del Contrato de Concesión Sistema Américo Vespucio Nor-Poniente,
Av. El Salto – Ruta 78, a fin que ésta, previo el debido proceso, resuelva el conflicto
existente con el Ministerio de Obras Públicas respecto a la correcta interpretación de las
reglas de modificación de la estructura tarifaria, establecidas en el artículo 1.14.4.4 de
las Bases de Licitación de esta concesión.
Le saluda atentamente,
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=90c7b03955dfbc44dea69566c9c497f5VFdwQmVVMUVRVEZOUkVVeVRsUmpNazFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108