Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

SOCIEDAD CONCESIONARIA TUNEL SAN CRISTOBAL S.A. 2019-12-17 T-13:13

S

MN: u N € U
(3 SAN CRISTOBAL,

SOCIEDAD CONCESIONARIA TÚNEL SAN CRISTÓBAL S.A.
Inscripción Registro de Entidades Informantes N? 143

Santiago, 17 de diciembre de 2019
TSC/GGE/19/010392/0TR

Señor

Joaquín Cortez Huerta

Presidente

Comisión para el Mercado Financiero
Av. Libertador Bernardo O’Higgins N*1449

Santiago

Materia : Informa HECHO ESENCIAL.
De nuestra consideración:

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 y en el inciso segundo del artículo 10 de la Ley N%18.045,
lo establecido en la Sección Il de la Norma de Carácter General N*30 y en la Norma de Carácter General
N*364, ambas de la Comisión para el Mercado Financiero, por medio de la presente y en representación
de Sociedad Concesionaria Túnel San Cristóbal S.A. (la “Sociedad”), comunico a Ud. en carácter de hecho
esencial que tal como se ha dado a conocer al público general a través de diversos medios de
comunicación, el Ministerio de Obras Públicas (“MOP”) y la Sociedad han alcanzado un acuerdo en torno
a la suspensión indefinida de la aplicación del reajuste real anual de 3,5% contemplado en las bases de
licitación aplicables a la Sociedad.

Hacemos presente que a la fecha se encuentra en tramitación el Decreto Supremo MOP N*143/2019 de
fecha 10 de diciembre de 2019, que aprueba el Convenio Ad Referéndum N’4, suscrito por la Sociedad y
el MOP con fecha 6 de diciembre de 2019, en virtud del cual las partes adoptan una serie de acuerdos
tendientes a la revisión de la fórmula de reajuste del sistema tarifario y del plazo de la concesión de la
obra pública fiscal denominada “Variante Vespucio – El Salto – Kennedy”. Dichos acuerdos permitirían no
aplicar el referido reajuste real anual de 3,5% a contar del 1 de enero de 2020 y hasta el término de la
concesión, unido a la creación de una cuenta de ingresos en que se contabilizarán los menores ingresos
percibidos como consecuencia de lo anterior, que serán compensados al término de la concesión.

Saluda atentamente a usted,

c.c.: -Archivo TS

La Herradura 2750, Providencia
Santiago – Chile

Fono: (56-2) 2898 7554
www.tunelsancristobal.cl

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=d6d017df95a3514ccb796ea5cbdc4adaVFdwQmVFOVVSWGxOUkVsNFQxUkZkMDlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

Por Hechos Esenciales
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