rutas
abertig
Ruta 68 Km 17,9
Pudahuel, Santiago
Tel. +56 2 680 00 25
Fax +56 2 680 00 97
www.rutasdelpacifico.cl
Santiago, 1% de octubre de 2013
D/GRL/CA/13/AA2026-0/RDP/RDP/SVS
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente.
Ref. : Ref.: HECHO ESENCIAL
Sociedad Concesionaria Rutas del Pacífico S.A.
N? Registro: 665 /1999/
De nuestra consideración:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 e inciso 20 del artículo 10, ambos de la ley NO
18.045, en relación a la Norma de Carácter General NO 30, por la presente, informo a Uds., el
siguiente Hecho Esencial relativo a Sociedad Concesionaria Rutas del Pacífico S.A. (la “Sociedad”):
Que el día de ayer, se prorrogaron, en los mismos términos y condiciones, y por tres años más, los
siguientes contratos de mutuo:
l:
Contrato de mutuo por la suma de $4.750.000.000.-, suscrito por la Sociedad con el
accionista Abertis Autopistas Chile Limitada el 12 de agosto de 2010, mediante escritura
pública otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente, Repertorio
7183/2010. Así las cosas, en virtud de esta prórroga, la fecha de pago de la suma
entregada en mutuo y sus intereses se fijó para el día 12 de agosto de 2016, o el día hábil
siguiente si éste fuere inhábil.
Contrato de mutuo por la suma de $4.750.000.000.-, suscrito por la Sociedad con el
accionista Ladecon S.A. el 12 de agosto de 2010, mediante escritura pública otorgada en la
Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente, Repertorio 7181/2010. Así las cosas,
en virtud de esta prórroga, la fecha de pago de la suma entregada en mutuo y sus
intereses se fijó para el día 12 de agosto de 2016, o el día hábil siguiente si éste fuere
inhábil.
Por otro lado, con esa misma fecha, los accionistas de la Sociedad, esto es, Abertis Autopistas Chile
Limitada y Ladecon S.A., suscribieron, individualmente, documentos de reconocimiento de deuda,
por la cantidad de nueve mil doscientos noventa millones de pesos, suma que devengará intereses
a la Tasa Bancaria (“TAB”) Nominal, para operaciones no reajustables a trescientos sesenta días,
incrementada en 1.2% anual, los que se devengarán por períodos anuales.
CE:
P/ILM/emc
sición para cualquier duda o consulta sobre el particular, saluda atentamente,
Archivo
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=253c65d30b563538c2756dd3e8e64b55VFdwQmVFMTZSWGROUkVFMVRWUm5NMDVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909