Resumen corto:
rutas abertis Ruta 68 Km 17,9 Pudahuel, Santiago Tel. +56 2 680 00 25 Fax +56 2 680 00 97 www.rutasdelpacifico.cl Santiago, 29 de enero de 2010 Stgo-Valpo 01212010 Señor Guillermo Larraín Rios Superintendente de Valores y Seguros Avenida Libertador Bernardo O Higgins 1449, piso 1 Santiago. R
**********
rutas abertis
Ruta 68 Km 17,9 Pudahuel, Santiago Tel. +56 2 680 00 25 Fax +56 2 680 00 97 www.rutasdelpacifico.cl
Santiago, 29 de enero de 2010 Stgo-Valpo 01212010
Señor
Guillermo Larraín Rios
Superintendente de Valores y Seguros
Avenida Libertador Bernardo O Higgins 1449, piso 1
Santiago.
Ref.: HECHOESENCIAL. Sociedad Concesionaria Rutas del Pacífico S.A. N* Registro: 6651999
Estimado señor:
Conforme lo establecido en el artículo 90 e inciso segundo del artículo 10 de la Ley NO
18.045, de Mercado de Valores y en la sección II, 2.2 de la Norma de Carácter General NO 30 de esa Superintendencia, vengo a informar a usted, por tratarse de un hecho esencial, que con fecha de ayer, mi representada ha suscrito con la Dirección General de Obras Públicas (DGOP), Convenio Ad – Referéndum NO 3 cuyo objeto es compensar a la Sociedad Concesionaria por los montos de inversión asociados a la ejecución de las obras del proyecto denominado Mejoramiento de Seguridad Vial Vía Las Palmas, dispuestas mediante Resolución DGOP (Exenta) N* 761, de fecha 13 de marzo de 2008 y Decreto Supremo MOP N? 294, de fecha 25 de abril de 2008, por un valor total y definitivo, a suma alzada, de UF 338.658.- netos de IVA, que luego de ciertas compensaciones convenidas por las partes, quedó en la cantidad definitiva de UF 268.778,62, más los intereses correspondientes.
La suma anterior y sus intereses serán reconocidos por el Ministerio de Obras Públicas (MOP) a la Sociedad Concesionaria, mediante la emisión de dos Resoluciones DGOP por un valor de UF 152.645,73 cada una, las que serán pagadas en su equivalente en pesos al día de su pago efectivo, la primera, el último día hábil del mes de marzo de 2011, y la segunda, el último día hábil del mes de marzo de 2012.
Dichas resoluciones deberán emitirse por el MOP dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de la publicación en el Diario Oficial del Decreto Supremo que apruebe el presente Convenio Ad-Referéndum.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
ETA Ap
A AA aan an nn Enrique Calcagni C.
Gerente General Sociedad Concesionaria Rutas del Pacífico S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=e3c540202a1bee7960b9afe1622b43deVFdwQmVFMUVRWGhOUkVGM1QxUnJlVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909