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COSTANERA NORTE
HECHO ESENCIAL
Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 938
Santiago, 31 de enero de 2020
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N* 1449, Piso 1
SANTIAGO
De nuestra consideración:
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 9 y en el inciso segundo del artículo 10 de la Ley N*
18.045, y de la Norma de Carácter General N? 30 de la Comisión para el Mercado Financiero, vengo
en informar lo siguiente en calidad de Hecho Esencial de Sociedad Concesionaria Costanera Norte
S.A. (la “Sociedad”):
En esta fecha, se ha publicado en el Diario Oficial Decreto Supremo MOP N* 152 de fecha 27 de
diciembre del 2019, por medio del cual se acepta la revisión de la fórmula de reajuste del sistema
tarifario y del plazo de concesión, de la obra pública fiscal denominada “Concesión Internacional
Sistema Oriente -Poniente”, y aprueba el “Convenio Ad Referéndum N* 3” (el “Convenio”) y su
adenda que establecen los términos y condiciones para su implementación. El Decreto señalado
incorpora el texto del Convenio y adenda, el cual tiene por objeto modificar el Contrato de Concesión,
fijando las condiciones en virtud de las cuales se eliminará el reajuste real a las tarifas. Asimismo, se
establecen en el Convenio las compensaciones necesarias para mantener el equilibrio económico del
Contrato de Concesión.
Cabe señalar que el DS MOP N* 152 reemplaza al DS N” 141 de 10 de diciembre del 2019, el cual
fue referido en Hecho Esencial de fecha 13 de diciembre del año 2019.
Saluda atentamente,
NARIA COSTANERA NORTE S.A.
Diego Savino
Gerente General
SOCIEDAD CONCE,
General Prieto 1430 – Independencia – Santiago – Tel. (56-2) 490 0000 – Fax (56-2) 490 0704 – www.costaneranorte.cl Página 1 de 1
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=92c375e36072de12a89c1c899ca1e7c5VFdwQmVVMUVRWGhOUkVGNVRXcFpNRTVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108