dl
COSTANERA NORTE
Santiago, 01 de febrero de 2011
Inscripción en el registro de Valores N” 938
REF.: SVS – 11 – 004
MAT.: HECHO ESENCIAL QUE INDICA
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 1449, Piso 1
Santiago
Presente
De nuestra consideración:
De conformidad con el artículo 9 y el inciso 2” del artículo 10 de la Ley N” 18.045 sobre Mercado de
Valores y a lo dispuesto por la Norma de Carácter General N” 284, de 10 de marzo de 2010, de esta
Superintendencia de Valores y Seguros, mediante la presente cumplo en informar con carácter de hecho
esencial lo siguiente:
Que, con fecha de ayer, 31 de enero de 2011, “Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A” fue
notificada en autos de procedimiento especial Ley N” 19.496, Rol N” 16.140-2009, llevados ante el
Octavo Juzgado Civil de Santiago, del alzamiento de la medida cautelar otorgada por la Jueza Suplente,
informada a esa Superintendencia mediante carta SVS-11-001 de 07 de enero de 2011, por lo que ha
quedado sin efecto la citada medida cautelar, acogiendo el recurso de reposición interpuesto por esta
Sociedad, para tales efectos.
Como consecuencia de lo expuesto, “Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A.” se encuentra
habilitada para realizar el cobro del reajuste tarifario 2011.
Sin otro particular, saluda atentamente a Ud., Lo
y
SOCIEDAD CONCESIONARIA COSTANERA NORTE S.A.
Diego Savino
Gerente General
DS/pvg
C.C.: Archivo
Incl.:
General Prieto 1430 – Independencia – Santiago – Tel. (56-2) 490 0000 – Fax (56-2) 490 0704 – www.costaneranorte.cl
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=37662de712691c4621a5e8aa9c410599VFdwQmVFMVVRWGxOUkVGNVRYcGpORTlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909