Resumen corto:
A COSTANERA NORTE Santiago, 12 de Marzo de 2010 Sociedad Concesionaria Costanera Norte SA Inscripción en el Registro de Valores N* 398 MAT.: HECHO ESENCIAL Señor Fernando Coloma Correa Superintendente Superintendencia de Valores y Seguros Presente De nuestra consideración: Continuando con lo
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COSTANERA NORTE Santiago, 12 de Marzo de 2010
Sociedad Concesionaria Costanera Norte SA Inscripción en el Registro de Valores N* 398
MAT.: HECHO ESENCIAL
Señor
Fernando Coloma Correa Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros Presente
De nuestra consideración:
Continuando con lo informado a esta Superintendencia con fecha 21 de enero de 2010 y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley N* 18.045, de Mercado de Valores, y en la sección 11 de la Norma de Carácter General N 30 de esa Superintendencia, cumplimos en informar con carácter de hecho esencial lo siguiente:
Sociedad Concesionaria Costanera Norte SA (“Costanera Norte”) comunica a Ud. que con esta fecha solicitó al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) para que en su calidad de Representante de los Tenedores de Bonos que proceda a convocar a Junta de Tenedores de Bonos de las Series A y B emitidos por Sociedad Concesionaria Costanera Norte S.A. e inscritos en el Registro de Valores con fecha 12 de noviembre de 2003 bajo el número 360, para el próximo 30 de marzo de 2010 a las 16.00 horas, con el objeto de someter a consideración de la junta las siguientes materias: (i) Eliminar la exigencia de contar con la garantía emitida por Ambac Assurance Corporation, definida en el Contrato de Emisión como la Garantía del Participe; (ii) Aumentar la tasa de interés aplicable a los Bonos; (iii) Todo lo anterior sujeto a la condición suspensiva de que el Emisor, Ambac Assurance Corporation y el Banco Interamericano de Desarrollo perfeccionaren legalmente los acuerdos necesarios para poner término a la garantía otorgada por Ambac Assurance Corporation sobre la emisión de que da cuenta el Contrato de Emisión, dentro del plazo que determine la junta objeto de esta convocatoria; (iv) Adoptar otros acuerdos y modificaciones que apruebe la junta, que sean necesarios para materializar las modificaciones antedichas y que digan relación con las obligaciones y derechos contenidos en el contrato de emisión precedentemente mencionado; y (v) Facultar al representante de los tenedores de bonos para que, sujeto al cumplimiento de la condición referida en el ítem (iii) anterior, acuerde las reformas al Contrato de Emisión a que específicamente se le autorice.
Por último, le señalamos que la presente información la suscrib Norte en virtud de la facultad expresamente conferida por e gl Gerente General de Costanera ectorio de la misma.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
SOCIEDAD CONG ÉS; NARIA COSTANERA NORTE S.A.
Diego Savino
Gerente General
DSHE
c.c: Archivo
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