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SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTAS DE ANTOFAGASTA S.A. 2011-09-21 T-17:12

S

O Autopistas de
AS Antofagasta

Sociedad Concesionaria Autopistas de Antofagasta S.A.
Av. Apoquindo 4001. Office 605

Santiago de Chile,

Teléfono:(56-2) 820 5690

Fax: (56-2) 820 5601

Antofagasta, 21 de Septiembre del 2011
844-GG-SVS-110921-0206/

Sr,

Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente.

Ref.: Modificación de Estatutos.

Mat.: Remite Escritura modificación de
Estatutos.

En conformidad con lo dispuesto en la Norma de Carácter General N* 284 de 10 de marzo del año
2010 de esa Superintendencia, en su punto 2.3 letra B) acompaño por medio de la presente,
reducción a escritura pública de tercera Junta Extraordinaria de Accionistas en donde se modifican
los estatutos de la Sociedad Concesionaria Autopistas de Antofagasta S.A. otorgada con fecha 8 de
septiembre del presente año, ante el señor notario don Raúl Perry Pefaur.

Sin otro particular, saluda atentamente a Ud.

Sociedad Concesiónaria Au ópistas de Antofagasta S.A.

Ha/ Le

O.T. 761.947 * SS

I.G. / REPERTORIO N? 40.502

ACTA

TERCERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

SOCIEDAD CONCESIONARTA AUTOPISTAS DE ANTOFAGASTA S.A.

Lm SANTIAGO DE CHILE, a ocho de septiembre de dos mil once
ss mí, RAÚL IVÁN PERRY PEFAUR, Notario Público de este
domicilio, Calle Ahumada trescientos doce, oficina
doscientos treinta y seis, comuna de Santiago, Titular de la
Vigésimo Primera Notaría de Santiago, comparece don BENJAMÍN
NOVOA MACKENNA, chileno, soltero, abogado, cédula nacional
de identidad número quince millones seiscientos cuarenta y
cuatro mil ciento setenta y seis guión siete, domiciliado
para estos efectos en Avenida Vitacura dos mil novecientos
treinta y nueve, piso ocho, comuna de Las Condes, mayor de
edad quien acredita su identidad con la cédula antes citada
y expone que, debidamente autorizado, viene en reducir a
escritura pública el acta de la tercera junta extraordinaria

de accionistas de Sociedad Concesionaria Autopistas de

Antofagasta S.A. cuyo tenor es el siguiente: “ACTA TERCERA
JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE SOCIEDAD
CONCESIONARIA AUTOPISTAS DE ANTOFAGASTA S.A. En Santiago de
Chile a dieciocho días del mes de mayo del año dos mil once,
en las oficinas de Calle Apoquindo número cuatro mil uno
oficina seiscientos cinco de la comuna de Las Condes, Región
Metropolitana, siendo las nueve horas, se celebró la Tercera
Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad
Concesionaria Autopistas de Antofagasta S.A., en adelante €
indistintamente “La Sociedad”. Presidió la Junta el señor
Marcelo Palacio y actuó como Secretario don Héctor Avendaño
Uribe, ambos especialmente designados al efecto. La junta se
celebró en presencia del señor notario don Raúl Iván Perry
Pefaur, Notario Titular de la vigésimo primera rousela de
Santiago. UNO. Asistencia y Aprobación de Poderes. Informó
el señor Secretario que se encontraban representados en la
Junta los siguientes señores accionistas de la Sociedad, con
indicación del número de acciones correspondientes:
Accionista. Número de Acciones. Uno. Skanska Inversora en
Infraestructura S.A., opasicieneN por don Niklas Emilsson.
Por veintinueve mil novecientas noventa y nueve.- acciones.
Dos. Skanska Infrastructure Investment Chile S.A.
representada por don Niklas Emilsson. Por una.- acción.
Total treinta mil.- acciones. El Sr. Presidente dejó
constancia que los poderes otorgados por los accionistas a
los asistentes, han sido revisados y cumplen con las

disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Los poderes

fueron aprobados sin objeción por la unanimidad de la Junta.
DOS. Hoja de Asistencia. Los accionistas presentes en la
Junta, debidamente representados, firmaron la hoja de
asistencia prevista en el Artículo setenta y uno del
Reglamento sobre Sociedades Anónimas. En ella se indica el
número de acciones que el firmante posee, el número de
acciones que representa y el nombre del representado. El
Presidente deja constancia que la Superintendencia de
Valores y Seguros no se ha hecho representar. TRES.
Constitución Legal de la Junta. El señor Presidente
manifestó que se encontraban presentes o debidamente
representadas la totalidad de las treinta mil acciones
‘ emitidas por la Sociedad. Acto seguido, el señor Presidente
declaró constituida la Junta. Agregó que se citó
personalmente a todos los accionistas y existiendo seguridad
de que concurrirían a la junta el cien por ciento de las
acciones emitidas con derecho a voto, como efectivamente
ocurrió, y en conformidad con lo dispuesto por el artículo
sesenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, se
omitieron las demás formalidades de citación establecidas en
la Ley, el Reglamento, y los estatutos. Señaló que, de
conformidad con lo establecido en el artículo sesenta y dos
de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y en al artículo
ciento cuatro del Reglamento de Sociedades Anónimas,
solamente pueden participar en la Junta y ejercer sus

derechos a voz y voto, los titulares de las acciones

inscritas en el Registro de Accionistas al momento de
celebrase la Junta, situación en que se encuentran las
acciones consideradas para los efectos del quórum. CUATRO.
Accionistas Participantes. Se dejó testimonio de que todos
los accionistas representados en esta Junta son titulares de
acciones inscritas en el Registro de Accionistas al momento
de iniciarse la presente Junta, conforme a lo dispuesto en
el inciso primero del Artículo sesenta y dos de la Ley
número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre Sociedades
Anónimas. CINCO. Votaciones. Atendido lo señalado en el
Artículo sesenta y dos inciso cuarto de la Ley númexo
asias mil cuarenta y seis, sobre Sociedades Anónimas y
la Norma de Carácter General número doscientos setenta y
tres, de la Superintendencia de Valores y Seguros, de fecha
trece de enero de dos mil diez, el Presidente propuso a los
accionistas presentes que se permita omitir la votación de
una o más de las materias que serán sometidas a la
consideración de la Junta y se proceda por aclamación. Luego
de una breve deliberación sobre la materia, los accionistas
acordaron en-forma simultánea y por unanimidad, aprobar como
sistema de votación la aclamación. SEIS. Objeto de la
convocatoria. El Presidente manifestó que el objeto de la
presente Junta Extraordinaria es tratar las siguientes
materias: Uno) Modificar los artículos sexto y octavo de los
estatutos de la sociedad; y Dos) Adoptar todos los acuerdos
necesarios para dar debido cumplimiento a lo acordado. El

Presidente informa que se hace necesario modificar los

estatutos sociales, en sus artículos sexto, en cuanto al
número de directores de la Sociedad e incorporación de
directores suplentes y octavo, en cuanto a que el Presidente
del directorio no tendrá voto dirimente. El Presidente
agregó al respecto que, de acuerdo a lo establecido en los
artículos cuarenta y cuatro letra b) y sesenta y cinco
número cuatro letra a) y número cinco del Reglamento de la
Ley de Concesiones de Obras Públicas y el numeral uno punto
siete punto siete punto tres de las Bases de Licitación de
la Concesión Vial Autopistas de la Región de Antofagasta,
para la modificación de los estatutos de la Sociedad se
requiere obtener la autorización expresa del Sr. Director
‘ General de Obras Públicas, o bien que transcurra el plazo de
sesenta días contados desde la fecha de recepción de la
pertinente solicitud en la oficina de partes de la Dirección
General de Obras Públicas, sin que ésta se pronuncie al
respecto. Por ello, de aprobarse la modificación de
estatutos propuesta, resulta necesario que la vigencia del
acuerdo respectivo quede sujeto a la condición suspensiva de
obtenerse la mencionada autorización, o bien que transcurra
el plazo de sesenta días contados desde la fecha de
recepción de la pertinente solicitud en la oficina de partes
de la Dirección General de Obras Públicas, sin que ésta se
pronuncie al respecto, caso en el cual la modificación se
entenderá aceptada. En tal sentido, será necesario que al

momento de reducir a escritura pública en todo o parte la

presente acta, el señor Notario inserte la “autorización
otorgada por la Dirección General de Obras Públicas o deje
constancia del transcurso del plazo de sesenta días antes
mencionado, sin que la dirección General de Obras Públicas
se haya pronunciado al efecto. SIETE. Acuerdos. Analizado lo
expuesto por el Presidente y después de un amplio debate de
la misma, los accionistas acordaron por unanimidad lo
siguiente: A) Sustituir el artículo sexto de los estatutos
de la sociedad por el siguiente: “Articulo Sexto: La
sociedad será Administrada por un directorio compuesto por
seis miembros elegidos por la Junta de Accionistas, cada uno
de los cuales contará con un director suplente. El
Directorio durará en sus funciones .el período de un año, al
término del cual deberá renovarse totalmente, pudiendo sus
miembros ser reelegidos en forma indefinida. Los directores.
podrán ser o no accionistas de la sociedad”. B) Suprimir en
el artículo octavo de los estatutos de la sociedad, la
siguiente frase: “”..En caso de empate decidirá el voto del
que presida la reunión…” y reemplazarla por “..El Presidente
del Directorio no tendrá voto dirimente..”. Para dar
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos cuarenta y
cuatro letra b) y sesenta y cinco número cuatro letra a) y
número cinco del Reglamento de La Ley de Concesiones
Públicas y el numeral uno punto siete punto siete punto tres
de las Bases de Licitación de la Concesión, la modificación
a los estatutos acordada, queda sujeta a la condición

suspensiva de obtenerse la correspondiente autorización de

la aoditicación de los estatutos acordada por parte de la
Dirección General de Obras Públicas, o bien que transcurra
el plazo de sesenta días contados desde la fecha de la
recepción de la pertinente solicitud en la oficina de Partes
de la Dirección General de Obras Públicas, sin que esta se
pronuncie al respecto. De esta forma, una vez autorizada la
reforma acordada o transcurrido el plazo indicado, se
reducirá a escritura pública el acta de la presente Junta y
se llevarán a cabo los trámites legales de inscripción en el
registro de Comercio de la ciudad de Santiago y publicación
en el Diario Oficial. OCHO. Firma del Acta. Se acordó que el
acta de la presente junta Extraordinaria de Accionistas
“fuera firmada por todos los representantes de los
accionistas presentes en la reunión, en conjunto con El
Presidente y el Secretario. NUEVE. Reducción a escritura
pública y cumplimiento de acuerdos La Junta acordó, por
unanimidad llevar adelante los acuerdos adoptados en ella
una vez que el acta se encuentre firmada por todos los
representantes de los accionistas presentes en la reunión,
en conjunto con el Presidente y el Secretario. Se acordó,
asimismo facultar al Secretario o a don Benjamín Novoa
Mackenna o a don Sebastián Yunge Eyzaguirre, para que uno
cualquiera de ellos proceda a reducir a escritura pública,
en todo o en parte, el acta de la presente Junta
Extraordinaria de Accionistas y efectuar todos los trámites,

actuaciones y gestiones que fueren necesarios o convenientes

2.

para legalizar los acuerdos realizados.. No habiendo otro
asunto que tratar, se levantó la sesión a las diez horas.
Hay firma del señor Niklas Emilsson por Skanska
Infraestructure Investment Chile S.A. y por Skanska
Inversora en Infraestructura S.A., de don Marcelo ca
como Presidente y de don Héctor Avendaño Uribe como
secretario. CERTIFICADO. El notario que suscribe certifica:
PRIMERO: Haber asistido a la Tercera Junta Extraordinaria de
Accionistas de la Sociedad Concesionaria Autopistas de
Antofagasta S.A. la que se celebró en el día, hora y lugar
que se indica en el acta que precede. SEGUNDO: Que se
encontraban presentes las personas que indica el Acta.
TERCERO: Que asistieron a la Junta, todos los accionistas,
representando por tanto el ciento por ciento de las acciones
en que se divide el capital social. CUARTO: Que los poderes
presentados fueron calificados y aprobados en la forma que
da cuenta el Acta. QUINTO: Que las proposiciones hechas a la
Junta de Accionistas fueron íntegramente leídas, puestas en
discusión y aprobadas por la unanimidad de los asistentes.
SEXTO: Que el Acta que precede es un reflejo fiel y exacto
de todo lo acordado en la Junta. Santiago, dieciocho de Mayo
de dos mil once.” CERTIFICADO NOTARIAL. El Notario que
autoriza la presente escritura certifica: Haber tenido a la
vista copia de la misiva de fecha treinta y uno de mayo de
dos mil once, número ocho cuatro cuatro guión GO guión MOP
guión uno uno cero cinco tres uno guión cero uno cero

cuatro, dirigida al señor Jorge Alé Yarad, Director General

de Obras Públicas, Ministerio de Obras Públicas, Santiago,
enviada por don Emilio Ortiz Gonzalez, en calidad de gerente
de operaciones de la Sociedad Concesionaria Autopistas de
Antofagasta S.A., en la cual figura como Referencia:
“Concesión Vial Autopistas de la Región de Antofagasta”; y
como Materia: “Modificación de los artículos sexto y octavo
de los estatutos de la Sociedad Concesionaria Autopistas de
Antofagasta S.A.”, y en la cual aparece un timbre con firma
ilegible, que deja constancia “de la recepción de dicha
misiva, con fecha primero de junio de dos mil once, en la
Oficina de Partes de la Dirección General de Obras Públicas,
del Ministerio de Obras Públicas. Esta acta es testimonio
“fiel de su original, según consta en fojas doce a quince
vuelta del libro de actas de juntas de accionistas de la

sociedad. EN COMPROBANTE, previa lectura firma. Se dio copia

y anotó en el libro de repertorio con el número señalado.

Doy £e-f CONFORME CON SU ORIGINAL
C ESTA COPIA

r 4 a E
Dow gua LA
GE ado NNA /

SANTIAGO 09 SEP 2

NOVOA/ MACK]

15.644.176-7

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=402d42f52783eadd4690c6d0f3320ea6VFdwQmVFMVVRVFZOUkVWNlQwUkZNMDFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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