: OE
VESPUCIO SUR
HECHO ESENCIAL
Sociedad Concesionaria Autopista Nueva Vespucio Sur S.A.
Inscripción en el Registro de Valores N* 1102
Santiago, 15 de noviembre de 2016
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
PRESENTE
De nuestra consideración:
Por medio de la presente y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley N* 18.045
de Mercado de Valores, y en la sección Il de la Norma de Carácter General N* 30 de esa
Superintendencia, cumplimos en informar con carácter de hecho esencial lo siguiente:
Concluyendo un proceso que se inició el año 2012, y después de haber obtenido las
aprobaciones necesarias de los acreedores y del MOP, mediante escritura pública otorgada con
fecha 4 de noviembre de 2016 en la notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente,
Gestión Vial S.A. vendió a Sociedad Concesionaria Autopista Nueva Vespucio Sur S.A. (la
“Sociedad Absorbente” o la “Sociedad”) una acción de Sociedad Concesionaria Autopista
Vespucio Sur S.A. (la “Sociedad Absorbida”), quedando, en consecuencia, la totalidad de las
acciones emitidas por la Sociedad Absorbida en manos de la Sociedad Absorbente.
Como consecuencia de lo señalado en el párrafo anterior, y habiendo transcurrido a esta fecha un
período ininterrumpido de más de diez días durante los cuales la Sociedad Absorbente ha sido
titular de la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad Absorbente, en conformidad con lo
establecido en el artículo 103 de la Ley N” 18.046, informamos que se ha producido la disolución
sin liquidación de la Sociedad Absorbida, transfiriéndose todos sus activos y pasivos a la
Sociedad Absorbente, la cual ha pasado a ser para todos los efectos la continuadora legal de la
Sociedad Absorbida, asumiendo todos su derechos y obligaciones.
Particularmente, la Sociedad Absorbente asumió la totalidad de los derechos y obligaciones que
emanan para la Sociedad Absorbida en su calidad de titular del contrato de concesión de la obra
pública fiscal denominada “Sistema Américo Vespucio Sur. a 78- Avenida Grecia” adjudicado
a esta última mediante Decreto Supremo N* 1209 sa po de Obras Públicas de fecha 20
de agosto de 2001, publicado en el Diario Oficial N* 37.079 dé fecha 6 de octubre de 2001, y de la
normativa aplicable a dicho contrato, especialmente gel Dedreto Supremo MOP N* 900 de 1996
Ley de Concesiones y su Reglamento. XA
Saluda atentamente,
SOCIEDAD CONCESSONARIA AUTOPISTA NUEVA VESPUCIO SUR S.A.
Diego Savino
Gerente General
DS/CE/JF/pro
C Archivo
Sociedad Concesionaria Autopista Nueva Vespucio Sur S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=d02ea3a72650f94f8f43576b24263dc5VFdwQmVFNXFSWGhOUkVVelRYcEpNazEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909