AUTOPISTA 5
DEL SOL víaschile Santiago, 25 de octubre de 2021
HECHO ESENCIAL
SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA DEL SOL S.A.
INSCRIPCION REGISTRO ESPECIAL DE ENTIDADES INFORMANTES N* 467
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente del Consejo
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref.: Comunica hecho esencial.
De mi consideración:
Por medio de la presente, estando debidamente facultado y dando cumplimiento a lo prescrito en
el artículo 9” e inciso segundo del artículo 10” de la Ley N” 18.045, en relación con la Norma de
Carácter General N” 30 de vuestra Comisión, vengo a informar a usted como hecho esencial de
Sociedad Concesionaria Autopista del Sol S.A. (“la Sociedad”) lo siguiente:
La Sociedad ha suscrito con el Ministerio de Obras Públicas el Convenio Ad Referédum N’ 8, en virtud
del cual se acordó, como aspecto principal, la extensión de la vigencia del contrato de concesión
respecto de la Obra Pública Fiscal “Autopista Santiago – San Antonio” por 4 meses contados desde
el 21 de noviembre de 2021. En consecuencia, el plazo de la concesión finalizaría el día 21 de marzo
de 2022. El referido Convenio Ad Referéndum entrará en vigencia con la publicación del Decreto
Supremo que lo apruebe.
Se hace presente que este nuevo Convenio ha sido extendido a petición del Ministerio de Obras
Públicas, con la finalidad de poder finalizar el proceso de la adjudicación en el marco del proceso de
relicitación en curso del contrato de concesión sobre la referida obra pública fiscal.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
Firmado
Leonardo digitalmente por
z L do And
Andres López eonardo Andres
López Campos
Campos Fecha: 2021.10.25
17:53:25 -03’00’
Leonardo Andrés López Campos
Sociedad Concesionaria Autopista del Sol S.A.
Director
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=4aa2048e8fa30532ebbe8f28f0507d74VFdwQmVVMVVSWGROUkZGNlRWUkpOVTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108