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SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA DEL SOL S.A. 2019-07-10 T-12:56

S

AUTOPISTA (3…
DEL SOL víaschile

Santiago, 10 de julio de 2019
ASSA GG N*032/2019

HECHO ESENCIAL
SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA DEL SOL S.A.
Inscripción en Registro Especial de Entidades Informantes N* 467

Señor

Joaquín Cortez Huerta

Presidente

Comisión para el Mercado Financiero
Presente

Ref.: Contrato de Financiamiento.

De nuestra consideración,

Por medio de la presente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9? e incisos 1? y 2? del artículo 10%
de la Ley N* 18,045 de Mercado de Valores, así como lo señalado por la Circular N* 1.737 y la Norma de
Carácter General N* 30, ambas de la Comisión para el Mercado Financiero y, con el objeto de dar
cumplimiento a las disposiciones de la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas, en mi calidad de
Gerente General de Sociedad Concesionaria Autopista del Sol S.A. (en adelante, la “Sociedad”)
debidamente facultado, me permito informar a Usted en calidad de Hecho Esencial, que con fecha 03 de
julio de 2019 se ha acordado entre la Sociedad y Banco Santander-Chile (el “Acreedor”), el otorgamiento
de un financiamiento a la Sociedad por la suma de hasta $88.000.000.000, el cual tiene por objeto
financiar el desarrollo, ejecución, conservación, mantención, operación y explotación de la concesión de
obra pública fiscal respecto de la cual la Sociedad es titular, así como los costos asociados a la
estructuración del mismo (el “Financiamiento”).

El Financiamiento contempló la celebración, entre otros, de los siguientes contratos:

1. Un“Contrato de Financiamiento” (en adelante, el “Contrato de Financiamiento”) celebrado entre
la Sociedad, en calidad de deudor, y Banco Santander-Chile, en calidad de acreedor. Los
desembolsos asociados al Financiamiento se han sujetado a condiciones usuales a este tipo de

operaciones, señalados expresamente en el Contrato de Financiamiento; y

2. Diversos contratos de garantía y mandatos usuales para este tipo de operaciones en favor del
Acreedor, incluyendo prenda sin desplazamiento sobre (i) la concesión de obra pública fiscal de la
cual la Sociedad es titular; y (ii) la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad, entre otros.

Sin otro particular, se despide atentamente,

Christia lú Caballero
e: e General
Sociedad Concesiónaria Autopista del Sol S.A.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=035819effa40f480a59b190a9430a22fVFdwQmVFOVVRVE5OUkVWNFQwUlZNRTVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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