AUTOPISTA DEL SOL
Santiago, 6 de noviembre de 2014
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente
Ref.: Hecho esencial
Sociedad Concesionaria Autopista
de del Sol S.A.
Inscripción Registro de Valores
N*550.
De mi consideración:
Por medio de la presente, y dando cumplimiento a lo prescrito en la Norma de
Carácter General N%30 de vuestra Superintendencia, vengo a informar a usted, el
siguiente hecho esencial:
En relación al hecho esencial enviado a esta Superintendencia con fecha 3 de junio de
2014, mediante la presente, informamos a Ud. que con fecha 17 de octubre de 2014
el Director General de Obras Públicas (en adelante “DGOP”) nos ha notificado la
Resolución N*1983, la cual autorizó al pago a favor de la Sociedad Concesionaria de la
sentencia arbitral por un total de UF 319.477,2509.- (sentencia más intereses) y el
reembolso del 50% de las costas del juicio y gastos de la Comisión ascendientes a
$101.775.223.- La Resolución ha sido debida y oportunamente protocolizada ante
Notario y enviada al DGOP y a la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas, según lo
ordenado por la misma.
En razón de lo anterior, con fecha de hoy ha quedado depositado el monto
correspondiente a la sentencia y los intereses en la cuenta corriente de la Sociedad
Concesionaria.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,
pr
Danilo Concha Vergara
p.p. SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA DEL SOL S.A.
C.C.: Archivo
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=475545412fca0d74d5b26c14f3fcb70cVFdwQmVFNUVSWGhOUkVWNVRtcHJlRTVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909