Rosario Norte N” 100, oficina 902-904, Las Condes
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del Aconcagua vwww.scada.cl
Santiago, 7 de enero de 2016
GG N” 00015/2016
INSCRIPCIÓN EN REGISTRO ESPECIAL
DE ENTIDADES INFORMANTES N?38, DE 2010.
Señores
SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS
PRESENTE
REF: HECHO ESENCIAL.
Sociedad Concesionaria – Autopista del
Aconcagua S.A.
De nuestra consideración:
En virtud de lo establecido en el artículo 7”, artículo 9” e inciso segundo del artículo 10 de la Ley N* 18.045, y
de lo dispuesto por la Norma de Carácter General N*364 de 5 de mayo de 2014, de la Superintendencia de
Valores y Seguros, en mi calidad de Gerente General y debidamente facultado para ello, por la presente
informo a Uds. el siguiente “HECHO ESENCIAL” relativo a Sociedad Concesionaria Autopista del Aconcagua
S.A. (la “Sociedad”).
Con fecha 6 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial Decreto Supremo MOP N*250 de 26 de agosto
de 2015 que “Modifica por razones de interés público, las características de las obras y servicios que indica
del Contrato de Concesión de la Obra Pública Fiscal denominada “Concesión Ruta 5 Tramo Santiago-Los Vilos”
y aprueba Convenio Ad-Referéndum N*5”. Entre tales modificaciones, es posible destacar:
1.- Se extiende el plazo de implementación, conservación y mantenimiento de las denominadas “Obras
Complementarias Trazado Provisorio Conectividad Atravieso Pichidangui Sur”, dispuestas en el Decreto
Supremo MOP N*196, de 19 de abril de 2011 y luego modificadas en el Decreto Supremo MOP N*116, de 25
de enero de 2013, publicado en el Diario Oficial el 21 de marzo de 2013.-
2.- Se aumenta el valor máximo permitido del “Precio Alzado Total OAPS” (de UF 80.000 a UF 123.000, neto
de IVA), y se aumenta el plazo para llevar a cabo una nueva licitación privada para la “Obra Atravieso
Pichidangui Sur”, respecto de los inicialmente contemplados en el Decreto Supremo MOP N*116 de 2013.-
GLOBAILVIA
Autopista
del Aconcagua
Por último, se informa que según lo indicado en el Decreto Supremo MOP N”250, dentro del plazo de 10 días
hábiles desde su publicación en el Diario Oficial, 3 transcripciones de éste deberán ser suscritas ante notario
por la Sociedad en señal de aceptación de su contenido, debiendo protocolizar ante el mismo uno de los
ejemplares, y posteriormente enviar esa documentación al Ministerio de Obras Públicas.
es saluda atentamente,
c.c.: Archivo
MAH
2de2
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=dd4fb6a89f638100eaf6e4520c350045VFdwQmVFNXFRWGhOUkVGM1RXcEpOVTVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909