Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA DEL ACONCAGUA S.A. 2015-08-21 T-16:24

S

Aosarlo one IN” 100, oficia 203-204, Las Condes

P GLOBALVIA e cseunasaao
Autopista Infofscida al
del Aconcagua w se

Santiago, 21 de agosto de 2015
GG N” D000422/2015

INSCRIY
DE ENTIDADES INFORMANTES N”38, DE 2010,

Señores
SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS
PRESENTE

REF: HECHO ESENCIAL.
Sociedad Concesionaria Autopista del
Aconcagua S.A.

De nuestra consideración:

En virtud de lo establecido en el artículo 7*, artículo 9” e inciso segundo del artículo 10 de la Ley N” 18.045, y
de lo dispuesto por la Norma de Carácter General N*364 de 5 de mayo de 2014, dictada por la
Superintendencia de Valores y Seguros, en mi calidad de Gerente General y debidamente facultado para ello,
por la presente informo a Uds. el siguiente “HECHO ESENCIAL” relativo a Sociedad Concesionaria Autopista
del Aconcagua S.A. (la “Sociedad”).

Con fecha 19 de agosto de 2015, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo MOP na de 24 de abril
de 2015 que “Modifica por razones de interés Público, los características de las obras y servicios que indica del
Contrato de Concesión de la Obra Pública Fiscal denominada “Concesión Ruta 5 Tramo Santiogo-Los Vilos* y
opruebo Convenio Ad-Referéndurn N*4”. La modificación señalada incide en el Decreto Supremo MOP N*113,
de fecha 20 de enera de 2014, informado a esta Superintendencia mediante “Hechos Esenciales”, enviados
con fecha 23 de octubre de 2013 (mediante carta GG N* 234/2013) y 24 de octubre de 2014 (a través de
carta GG N*00511/2014]), y, en particular, consiste en una modificación de la suma que el MOP reembolsará
a la Socledad Conceslonaria por concepto de camblos de servicio existentes y por modificación de canales
que deben llevarse a cabo para ejecutar las obras dispuestas en el mencionado Decreto Supremo N” 113,
reembolso que se efectuará según los desembolsos que efectivamente realice la Sociedad por este concepto,
modificándose la cantidad de UF 443.760 a la suma UF 760.000, ambas netas de IVA.

Finalmente, se informa que en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo MOP N”138, materia de
esta presentación, dentro del plazo de 10 días hábiles desde su publicación en el Diario Oficial, esta Sociedad
Concesionaria suscribirá ante Notario tres transcripciones del mismo, en señal de aceptación de su

GLOBALVIA
Autopista
del Aconcagua

contenido, y protocolizará uno de los ejemplares, para posteriormente enviar esa documentación al
Ministerio de Obras Públicas.

Sin otro particular le saluda atentamente

2de2

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=308f12e76819c58ab4eaf85ad69da991VFdwQmVFNVVRVFJOUkVWM1RVUmplazEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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