Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA CENTRAL S.A. 2022-04-20 T-18:25

S

Resumen corto:
AUTOPISTA la o… CENTRAL víaschile Santiago, 20 de abril de 2022. HECHO ESENCIAL SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA CENTRAL S.A. INSCRIPCIÓN REGISTRO DE VALORES N*746 Señor Joaquín Cortez Huerta Presidente del Consejo Comisión para el Mercado Financiero Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N*
**********
AUTOPISTA la o…
CENTRAL víaschile

Santiago, 20 de abril de 2022.

HECHO ESENCIAL SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA CENTRAL S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE VALORES N*746

Señor

Joaquín Cortez Huerta

Presidente del Consejo

Comisión para el Mercado Financiero

Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N* 1449, piso 12 Santiago

Presente

Ref.: Comunica Hecho Esencial – Acuerdo relevante.

De mi consideración:

Por medio de la presente, estando debidamente facultado y dando cumplimiento a lo prescrito en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10* de la Ley N* 18.045, en relación con la Norma de Carácter General N* 30 de vuestra Comisión, vengo a informar a usted el siguiente hecho esencial respecto a mi representada y sus negocios:

Con esta fecha se publicó en el Diario Oficial el Decreto N* 217 del Ministerio de Obras Públicas, en virtud del cual se modifica por razones de interés público, las características de las obras y servicios que indica del Contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada Sistema Norte – Sur, y aprueba el Convenio Ad – Referéndum N 9.

Esta publicación se relaciona con lo informado por esta Sociedad en carácter de hecho esencial, con fecha 8 de octubre de 2021 respecto de la suscripción, con fecha 7 de octubre de 2021, entre Sociedad Concesionaria Autopista Central S.A. y el Ministerio de Obras Públicas, del referido Convenio Ad Referéndum N’ 9, en los términos indicados en dicha comunicación.

De acuerdo con lo informado en esa oportunidad, el referido Convenio Ad-Referéndum entraría en vigencia con la publicación del Decreto Supremo que lo apruebe.

En consecuencia, habiendo operado esta condición, el Decreto Supremo N* 217 del Ministerio de Obras Públicas, que sanciona el Convenio Ad Referéndum N 9, ha entrado en vigor.

La ejecución de este proyecto tiene por objeto aumentar la capacidad y mejorar la calidad de las conectividades de la Ruta 5, especialmente en lo referente a las conexiones que existen en el sector denominado como Nudo Quilicura y, con ello, reducir los tiempos de traslado de los usuarios de la ruta.

Sin otro particular, le saluda atentamente,

Leonardo Firmado digitalmente por Leonardo Andres

Andres Lopez Lopez Campos Fecha: 2022.04.20 Campos 17:24:22 -0400′ Leonardo Andrés López Campos Apoderado Sociedad Concesionaria Autopista Central S.A.

ALCJMG
C.c.: Archivo

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=130713b2d935be4e2751e61a04c4ddaaVFdwQmVVMXFRVEJOUkVVeFRYcEZlVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

Por Hechos Esenciales
Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

Archivo

Etiquetas

27 (3555) 1616 (1411) 1713 (1014) Actualizaciones (17969) Cambio de control (742) Cambio de directiva (9721) Cambio de propiedad (742) Colocación de valores (2125) Compraventa acciones (1438) Dividendos (13091) Emisión de valores (2125) fondo (7075) Hechos relevantes (17967) importante (5828) IPSA (4930) Junta Extraordinaria (6148) Junta Ordinaria (12526) Noticias generales (17968) Nueva administración (9721) Nueva sociedad (719) Nuevo representante legal (532) Otros (17963) Pago de dividendos (12845) Reorganización (719) Reparto de utilidades (12845) Toma de control (742) Transacciones con interés (685) Transacciones con personas relacionadas (685) Transacciones relacionadas (685) Transacción activos (1438)