de: EDS Y viaschile
D/GGE/CA/17/AB0989-0/SVS
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Santiago, 26 de Octubre de 2017.
HECHO ESENCIAL
SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA CENTRAL S.A.
INSCRIPCION REGISTRO DE VALORES N* 746
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente
De mi consideración:
Por medio de la presente, estando debidamente facultado y dando cumplimiento a lo prescrito en el
artículo 9% e inciso segundo del artículo 10? de la Ley N* 18,045, en relación con la Norma de Carácter
General N? 30 de vuestra Superintendencia, vengo a informar a usted el siguiente hecho esencial
respecto a mi representada y sus negocios:
Mediante instrumento privado otorgado con esta misma fecha, entre Sociedad Concesionaria
Autopista Los Libertadores S.A. y Sociedad Concesionaria Autopista Central S.A., ambas sociedades
pertenecientes al mismo grupo empresarial, se celebró Contrato de Prestación de Servicios de
facturación y Recaudación de Peajes, en virtud del cual mi representada se encargará de registrar y
recaudar el monto correspondiente a las tarifas de peajes que los usuarios de la Concesión registren a
través del Tag respectivo.
Dado que los contratos revestían carácter de acto celebrado con parte relacionada, su suscripción fue
sometida a la aprobación del directorio de la Concesionaria, la cual fue ratificada por Junta
Extraordinaria de Accionistas, ambas sesiones celebradas con esta misma fecha.
Sin otro partieutár, saluda atentamente a usted,
L
Christían Barriento, y Rivas
Gerente General
Sociedad Concesionarj
utopista Central S.A.
CERTIFICADO E)
NENA
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=6122e335d866d317939decbb30b03a77VFdwQmVFNTZSWGROUkVVMFQwUkZORTFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909