Resumen corto:
HECHO ESENCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA VIÑA SANTA RITA Inscripción en Registro de Valores N 390 Santiago, 26 de enero de 2010 Sr. Guillermo Larraín R. Superintendente Superintendencia de Valores y Seguros Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 Santiago Presente Referencia: Comunica hecho esencial Se
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HECHO ESENCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA VIÑA SANTA RITA Inscripción en Registro de Valores N 390
Santiago, 26 de enero de 2010
Sr. Guillermo Larraín R.
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 Santiago
Presente
Referencia: Comunica hecho esencial Señor Superintendente:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 9% y en el inciso segundo del Artículo 10% de la Ley N* 18.045, y a lo dispuesto en la Norma de Carácter General N* 30, debidamente facultado por el directorio de Sociedad Anónima Viña Santa Rita (la Sociedad), informo a vuestra Superintendencia el siguiente hecho esencial de la Sociedad:
En sesión de directorio celebrada el día de ayer se han adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:
1. Aprobación de una Política General de Habitualidad para Operaciones con Partes Relacionadas de Sociedad Anónima Viña Santa Rita, que se acompaña a la presente como anexo. Esta política se encontrará a disposición de los accionistas de la Sociedad en las oficinas sociales y en el Sitio de Internet de la Sociedad www.santarita.cl, de conformidad con lo preceptuado por el literal b) del artículo 147 de la ley 18.016;
2. Dejar constancia de haberse recibido por el gerente general las declaraciones de independencia presentadas por los directores señores César Barros Montero y Francisco Gana Eguiguren, de conformidad con lo preceptuado por el párrafo A.lI. del Oficio Circular N* 560 de vuestra Superintendencia; y
3. Resolver que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso noveno del artículo 50 bis de la ley
18.045, el Comité de Directores de la Sociedad quede integrado por los directores referidos en el número 2 precedente y don Arturo Claro Fernández, ése último no independiente.
Sin otro particular, saludamos muy atentamente a usted,
p.p. SOCIEDAD ANÓNIMA VI desanra RITA Aníbal Ariztía Reyes Gerente General
c.c.:Bolsa de Comercio de Santiago Bolsa Electrónica Bolsa de Corredores de Valparaíso Banco de Chile
ANEXO
Política General de Habitualidad para Operaciones con Partes Relacionadas de Sociedad Anónima Viña Santa Rita
A. Para ser incluida en esta política, una operación no sólo tiene que ser habitual, sino que el carácter ordinario de la misma ha de ser funcional al giro de la sociedad, esto es:
a) La explotación agrícola, industrial y comercial de predios rústicos;
b) La explotación agrícola, industrial y comercial de la vitivinicultura y sus derivados;
c) La prestación de servicios de alimentación mediante la explotación de restaurantes y similares;
d) La prestación de servicios de hospedaje en establecimientos con características de hoteles.
Hosterías o casas de huéspedes;
e) La comercialización de artículos promocionales;
f) El desarrollo de actividades vinculadas a la difusión de la cultura y el arte;
g) La producción, importación y comercialización de bebidas alcohólicas y analcohólicas en general y demás actividades relacionadas y complementarias.
B. En consideración a lo anterior, el directorio de Sociedad Anónima Viña Santa Rita establece que las siguientes operaciones son habituales y ordinarias en consideración al giro social:
1) La adquisición de vino y uva;
2) La adquisición de envases, embalajes e insumos;
3) La venta de vinos y embalajes;
4) La contratación de servicios de fletes;
5) La contratación de servicios de asesoría relacionadas con el giro.
6) La celebración de contratos de arriendo de oficinas;
7) La contratación de publicidad en cualquier medio de comunicación social.
C.- Atendido lo expuesto en el literal precedente, y en consideración a las actividades de la sociedad en el año 2009, se consideran desde ya como operaciones habituales con partes relacionadas, a título meramente ejemplar:
1) Compra de vino a Soc. Agrícola Viñedos Cullipeumo Ltda. y Agrícola y Ganadera Todos Santos S.A. por un monto de M$182.161;
2) Compra de envases y embalajes a Envases CMF S.A,, Cristalerías de Chile S.A. y Rayén Curá S.A., por un monto de M$10.867.515;
6)
7)
Venta de embalaje a Envases CMF S.A, y Cristalerías de Chile S.A., hasta por un monto de M$693.456;
Contratación de servicios de fletes con Compañía Sudamericana de Vapores y Sudamericana Agencias Aéreas y Marítimas S.A. hasta por un monto de M$641.169;
Contratación de servicios de asesoría con Servicios y Consultoría Hendaya S.A. y Claro y Compañía, hasta por un monto de M$359.751;
Contratos de arriendo de oficinas con Sudamericana Agencias Aéreas y Marítimas
S.A.hasta por un monto de M$26.088;
Contratación de publicidad con Red Televisiva Megavisión S.A., Ediciones e Impresos S.A. y Ediciones Financieras S.A., hasta por un monto de M$215.105;
D. En todo caso, las operaciones habituales definidas en esta política que celebre la sociedad con partes relacionadas no estarán, en ningún caso, exentas de los requisitos materiales exigidos por el artículo 147 de la ley 18.046, esto es: ¡, Tener por objeto contribuir al interés social; y li. Ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su aprobación.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=455678867a273701ee4f288f5d4b5675VFdwQmVFMUVRWGhOUkVGM1QwUlZkMDEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909