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SOCIEDAD ADMINISTRADORA DEL FONDO PARA LA BONIFICACION POR RETIRO CAJALOSANDES S.A. 2018-11-13 T-16:57

S

A AFBR
89 CajaLosAndes

Santiago, 13 de noviembre de 2018
Carta N* 163 C.M.F.

Señor

Joaquín Cortez Huerta

Presidente

Comisión para el Mercado Financiero
Presente

Ref.: Hecho Esencial Administradora del Fondo para la
Bonificación por Retiro Voluntario Cajalosandes
S.A.

De mi consideración:

Informo a Ud., en conformidad a lo establecido en el artículo 9 e inciso
segundo del artículo 10, ambos de la Ley N* 18.045, y de acuerdo con lo establecido en la sección !l
de la Norma de Carácter General N* 30, de esa Comisión, el siguiente hecho esencial respécto a la
Administradora del Fondo para la Bonificación por Retiro Voluntario Cajalosandes S.A. (en adelante la
Administradora o AFBR).

Con fecha 12 de octubre de 2005, por medio de Decreto Supremo N* 1122
del Ministerio de Hacienda, se aprobaron las bases de licitación para administrar el Fondo para la
Bonificación por Retiro Voluntario (en adelante el Fondo o FBR). Dicha licitación fue adjudicada a
esta Administradora, por lo que, con fecha 14 de junio de 2006, se celebró el contrato de
administración con la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda (DIPRES).

La Administración del Fondo, conforme al contrato, le correspondía a esta
Administradora por un plazo de 10 años, por lo que con fecha 5 de enero de 2017 la DIPRES llama a
una nueva licitación para la administración del Fondo. Sin embargo, al no haber oferentes, ésta se
declaró desierta.

Con fecha 7 de diciembre de 2017, entró en vigencia la Ley 21.050, la que,
en su artículo 33, estableció que el Ministerio de Hacienda determinará si la administración del Fondo
se realizará por intermedio de una persona jurídica de derecho privado o por el Servicio de
Tesorerías.

Con fecha 12 de junio de 2018, a través de Decreto Supremo N* 359 del
Ministerio de Hacienda, se determinó que el Fondo para la Bonificación por Retiro, establecido en el
título Il de la Ley 19.882, debía ser administrado por la Tesorería General de la República (TGR),
indicando además, que dicho Servicio de Tesorerías dispone de un plazo de 6 meses para
implementar los sistemas de control e información correspondientes.

Por tanto, luego de una serie de reuniones con la Tesorería General de la
República, se acordó (entre la TGR y la AFBR) hacer el traspaso del Fondo el día 3 de diciembre de
2018, por lo que esta Administradora cesará en sus funciones ya que el Fondo pasará a ser
administrado por la Tesorería General de la República.

o mL

Luis Fisc ñcini
Gerente General
Administradora del Fóndo para la Bonificación por Retiro Voluntario Cajalosandes S.A

San Ignacio 50 – Santiago Centro
AE Y

Ao!

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=1a59398abb5bbdbd11ef4fe3d2e4a79aVFdwQmVFOUVSWGhOUkVVMFQxUkZOVTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

Por Hechos Esenciales
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