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¿TA CALICHERA
Santiago, 18 de marzo de 2011.
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Av. Libertador Bernardo O’Higgins N*1.449
PRESENTE
REF.: COMUNICA HECHO ESENCIAL
SOCIEDAD DE INVERSIONES PAMPA CALICHERA S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE VALORES N* 0303
De nuestra consideración:
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9 e inciso 2” del Artículo 10 de la Ley .
18.045 sobre Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N*30 de esa
Superintendencia, encontrándome debidamente facultado, por la presente comunico a usted
la información esencial respecto de Sociedad de Pampa Calichera S.A. que se indica a
continuación.
Con fecha 17 de marzo de 2011, en sesión extraordinaria el Directorio de la Compañía se
adoptaron, por la unanimidad de los directores, entre otros, los siguientes acuerdos:
1. Revocar y dejar sin efecto el acuerdo de Directorio de fecha 20 de enero de 2011,
referente a la emisión de 203.043.804 acciones sin valor nominal de la Serie A y de
16.595.183 acciones sin valor nominal de la Serie B, correspondiente al aumento de
capital acordado en la Vigésima Octava Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha
19 de enero de 2011.
2. Asimismo, se acordó emitir la cantidad de 157.270.969 nuevas acciones de la Serie A y
10.478.338 nuevas acciones de la Serie B, representativas de una parte del aumento de
capital acordado por la Vigésima Octava Junta Extraordinaria de Accionista celebrada
con fecha 19 de enero de 2011.
3. El precio de colocación de las acciones que se emitan, al cual serán ofrecidas durante el
período de opción preferente, será de $725 por cada acción de la Serie A, y de $591 por
cada acción de la Serie B, acordado en la misma Junta Extraordinaria de Accionista
celebrada con fecha 19 de enero de 2011.
Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A. / El Trovador 4285, piso 11 + Las Condes + Santiago, Chile / Tel: (56-2) 429 4900 + Fax: (56-2) 429 4950
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4. Una vez vencido el respectivo período de opción preferente legal, las acciones no
suscritas en el mismo, aquellas cuyos derechos de opción preferente sean renunciados
y las fracciones producidas en el prorrateo entre los accionistas, podrán ser ofrecidas y
colocadas libremente por el Directorio, ya sea abriendo un nuevo período de opción
preferente entre aquellos accionistas o cesionarios que hubieren ejercido totalmente su
opción en el período legal, o bien ofreciendo dichas acciones directamente a los
accionistas y a terceros, todo ello en la forma, oportunidades y plazos que el Directorio
libremente acuerde, en conformidad con la ley. De igual forma y con las mismas
facultades, en el caso que se hubiere efectuado un segundo período de opción
preferente, podrá el Directorio colocar libremente el remanente no suscrito durante
dicho nuevo período entre los accionistas y terceros, según lo antes indicado.
5. Se acordó asimismo que el precio de las acciones representativas del aumento de
capital se pague al contado en el acto de su suscripción, en dinero efectivo, vale vista
bancario, transferencia electrónica de fondos o cualquier otro instrumento o efecto
representativo de dinero pagadero a la vista.
6. Se facultó ampliamente al Directorio de la Sociedad para: (1) emitir de una vez o por
parcialidades las acciones representativas del aumento de capital propuesto, y para
proceder a la oferta y colocación de las mismas entre los accionistas y sus cesionarios
en las oportunidades que acuerde en conformidad a la ley y, en todo caso, dentro del
plazo máximo de 3 años contado desde esta fecha; (ii) realizar todos los trámites
necesarios para la inscripción de las acciones de pago representativas del aumento de
capital en el Registro de Valores de la Superintendencia de Valores y Seguros y en una
o más bolsas de valores autorizadas del país, en la medida que el Directorio proceda
con la emisión de las acciones correspondientes; (111) establecer el procedimiento de
ejercicio de la opción preferente legal para suscribir las nuevas acciones; (iv)
establecer, en el caso que lo estime necesario o conveniente, uno o más períodos de
opción preferente respecto de aquellas acciones no suscritas en el periodo de opción
preferente legal, de aquellas cuyos derechos de opción preferente legal sean
renunciados y de las fracciones producidas en el prorrateo entre los accionistas; y (v)
establecer la forma, precio y oportunidades en que el remanente no suscrito en el
período de opción preferente legal o bien en los periodos de opción preferente
adicionales que el mismo Directorio estableciere, será colocado entre los propios
accionistas o terceros, todo ello en conformidad con la ley.
7. Se acordó solicitar la complementación y rectificación al prospecto y respectivo
Certificado de Inscripción de Emisión de Acciones N* 915 de fecha 16 de marzo de
2011, emitido por el Registro de Valores de la SVS y su posterior registro en las Bolsas
de Valores del país de acuerdo a la normativa vigente.
Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S,A. / El Trovador 4285, piso 11 xx Las Condes xx Santiago, Chile / Tel: (56-2) 429 4900 + Fax: (56-2) 429 4950
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8. Por último, se acordó convocar a Junta Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse el
día 29 de abril de 2011, a las 11:00 horas, en el salón Goya del hotel Kennedy, ubicado
en calle Kennedy N? 4570, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, con el objeto
de someter a la consideración de los accionistas de la Sociedad, el dejar sin efecto parte
del aumento de capital acordado por la Junta Extraordinaria de Accionistas de la
sociedad, celebrada con fecha 19 de enero de 2011, cuya acta fue reducida a escritura
pública con esa misma fecha en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby
Benavente, en aquella parte de dicho aumento de capital que alteraría el porcentaje que
las acciones de la Serie A y de la Serie B representan en el total de acciones de la
Sociedad, manteniendo de esta forma la estructura de privilegios de ambas series.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,
Aldo Motta Camp” *
Gerente General
c.c: Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Valores de Valparaíso
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