SMU Y
HECHO ESENCIAL
SMU S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE VALORES N’ 1076
Santiago, 01 de diciembre de 2015
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N* 1449
Santiago
Ref.: Informa Modificación de Contrato de Reprogramación Sindicada.
De mi consideración:
En mi calidad de Gerente de Administración y Finanzas de SMU S.A. (la “Sociedad” o la “Compañía”), sociedad inscrita bajo el número 1076 en el Registro de Valores que lleva vuestra Superintendencia, en virtud de lo dispuesto por los artículos 9° y 10° de la Ley N° 18.045, así como en la Norma de Carácter General N° 30 de la Superintendencia de Valores y Seguros, comunico a Ud., debidamente facultado al efecto, en carácter de Hecho Esencial lo siguiente:
Hacemos referencia: (a) al Contrato de Reprogramación y Fianzas Solidarias y Codeudas Solidarias, suscrito con fecha 30 de enero de 2014 ante el Notario de Santiago don Eduardo Avello Concha, por las siguientes partes: (i) la Sociedad; Rendic Hermanos S.A. (“Rendic”), Construmart S.A., y Abu Gosch y Compañía Limitada (conjuntamente, los “Deudores”); (ii) Super Diez S.A. (“Super Diez”), como fiador solidario y codeudor solidario; y (iii) Banco de Crédito e Inversiones; Banco de Chile; Banco Santander-Chile; Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile; Banco del Estado de Chile; Banco Security; Scotiabank Chile; Corpbanca; Banco Itaú Chile; Rabobank Chile y Retail Holdings III SpA (los “Acreedores Partícipes”), y sus modificaciones de fechas 12 de agosto de 2014, 2 de septiembre de 2014, 30 de septiembre de 2014 y 1 de junio de 2015, todas otorgadas en la Notaria de Santiago de don Eduardo Avello Concha (el “Contrato de Reprogramación Sindicada”); (b) al Contrato de Reprogramación y Fianza Solidaria y Codeuda Solidaria, suscrito con fecha 30 de enero de 2014 en la Notaria de Santiago de don Eduardo Avello Concha, por las siguientes partes: (i) Rendic, como deudor, (ii) Super Diez como fiador solidario y codeudor solidario, (iii) la Sociedad, y (iv) Banco BICE, como acreedor (el “Contrato de Reprogramación de Banco BICE”); y (c) a la comunicación de hecho esencial enviada a esa Superintendencia por la Sociedad con fecha 01 de junio de 2015.
Al respecto, el día de hoy se ha procedido a la suscripción y otorgamiento del siguiente contrato:
Modificación de Contrato de Reprogramación Sindicada.
1. Mediante escritura pública otorgada con esta misma fecha en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, la Compañía previa amortización con esta fecha, de 369.841,68 Unidades de Fomento, provenientes de una nueva cesión de créditos y pagos por subrogación realizados por el Controlador, a través de la sociedad Retail Holding S.A., ha ejercido su opción de prórroga de la fecha de pago de 1.567.223,22 Unidades de Fomento, que se desglosan en 783.611,61 Unidades de Fomento para los Acreedores Partícipes y 783.611,61 Unidades de Fomento para sociedades relacionadas al Controlador, correspondiente al saldo remanente del Tramo III del Contrato de Reprogramación Sindicada, cuyo monto original ascendía a 2.697.188,69 Unidades de Fomento.
2. De esta manera, la obligación de pago del saldo remanente del Tramo III del Contrato de Reprogramación Sindicada, queda establecido en cinco cuotas, con un vencimiento final el día 30 de junio de 2020 (la “Fecha de Vencimiento del Tramo III”).
3. La prórroga acordada procede luego del íntegro cumplimiento por parte de la Compañía de una serie de condiciones previamente acordadas en el Contrato de Reprogramación Sindicada con fecha 30 de septiembre de 2014.
Sin otro particular, se despide atentamente,
Arturo Silva Orti
Gerente de Administración y Finanzas
SMU S.A.
c.C. Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Corredores de Valparaiso
Banco BICE
Banco de Chile
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=fe569fdf8bcf64f2fb94bae9135639ebVFdwQmVFNVVSWGxOUkVVd1RsUlZlRTlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909