Resumen corto:
Sigdo Koppers aprueba en noviembre 2025 una política para elegir directores en filiales, incluyendo Enaex, Puerto Ventanas y Ferrocarril del Pacífico, asegurando idoneidad, independencia y cumplimiento normativo.
**********
SK SIGDO KOPPERS S.A.
SIGDO KOPPERS S.A.
Inscripción N* 915, Registro de Valores Santiago, 25 de noviembre de 2025 GG-SK-04525
Señora
Solange Berstein Jáuregui
Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero Comisión para el Mercado Financiero
Av. Libertador Bernardo OHiggins 1449, Santiago SANTIAGO
De nuestra consideración
SIGDO KOPPERS $.A., sociedad anónima abierta (en adelante la Sociedad), en virtud de lo establecido en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10 de la Ley 18.045 de Mercado de Valores y en la Norma de Carácter General N*30 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), por medio de la presente viene en informar a usted, con carácter de hecho esencial respecto de la Sociedad, sus negocios o sus valores de oferta pública, lo siguiente:
En sesión celebrada con fecha 24 de noviembre de 2025, el Directorio de Sigdo Koppers S.A., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 92 bis de la Ley de Sociedades Anónimas y en la Norma de Carácter General N*533 de la Comisión para el Mercado Financiero, acordó aprobar la Política General de Elección de Directores en Filiales (en adelante la Política) que se adjunta.
De conformidad con las normas citadas, la Política regirá el proceso de nominación y designación por parte de Sigdo Koppers S.A. de directores en sus sociedades filiales que sean fiscalizadas por la CMF. A esta fecha, tienen esa calidad las filiales Enaex S.A., Puerto Ventanas S.A. y Ferrocarril del Pacífico S.A.
El texto de la Política se encontrará a disposición de los accionistas de Sigdo Koppers S.A. y demás interesados, en las oficinas de la Sociedad y en su página web:
Saluda atentamente a ustedes,
Santiago, Chile
O Málaga 120, Las Condes
O (56 2) 2837 14100 OS Código Postal: 7550133 O www.sigdokoppers.cl SK
SIGDO KOPPERS S.A.
POLÍTICA GENERAL DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN FILIALES
Gobierno Corporativo
NOVIEMBRE 2025
POLÍTICAS CORPORATIVAS GC_POL_HSK_MCI_
Código 01 2025
SK POLÍTICAGENERAL DE ELECCIÓN |… |, siapo koPPERS S.A. | DEDIRECTORES EN FILIALES – Femsin 202
Gobierno Corporativo Estado EN REVISIÓN CONTENIDO 0 AAA 3
2. RESPONSABLES coooocooccoccoccocconconconconconronrnnronrnnrnnrnnnnnnnnnnnnnnnrnnrnnrnnrnnrnrnnrnnrnnrnnanananns 3
3. IDONEIDAD PROFESIONAL DE LOS CANDIDATOS A DIRECTORES c.oococcoccoccoccocnocnoononnon o.” 3
4. VINCULACIÓN DE LOS CANDIDATOS CON LA MATRlZ ….occnoccccnonccnonnncnancnnnancnnanononanonnass 4
5. PROCESO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN SUS FILIALES ……onoonnccccnonccnnanncnanononanonnass 9 MECANISMOS DE DIVULGACIÓN ….oooncccoocccconccononcnnnancnnanoncnancn nano n ono rra ca naa rra ca nanars 9 NA ASAS 7 Sigdo Koppers S.A.
Página 2 de 7 POLITICAS CORPORATIVAS Código 01 2025
GC_POL_HSK_MCI_
SK POLÍTICAGENERAL DE ELECCIÓN |… |, siapo koPPERS S.A. | DEDIRECTORES EN FILIALES – Femsin 202
Gobierno Corporativo Estado EN REVISIÓN
INTRODUCCIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 92 bis la Ley de Sociedades Anónimas y la Norma de Carácter General N*533 de la Comisión para el Mercado Financiero, el Directorio de Sigdo Koppers S.A. (en adelante Sigdo Koppers, la Sociedad o la Compañía) en su sesión celebrada con fecha 24 de Noviembre 2025, aprobó la presente Política General de Elección de Directores en Filiales (la Política de Elección de Directores en Filiales), con el objeto de establecer criterios uniformes al respecto.
La Política no ha experimentado modificaciones desde entonces.
Para estos efectos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley de Sociedades Anónimas, se entenderá por filiales de la Compañía, aquellas sociedades en que Sigdo Koppers controla, directamente o a través de otra persona natural o jurídica más del 50% de su capital con derecho a voto o del capital, si no se tratare de una sociedad por acciones o pueda elegir o designar o hacer elegir o designar a la mayoría de sus directores o administradores.
El Directorio de la Compañía determinará los candidatos a director en las sociedades filiales por los cuales votará la Compañía, en conformidad con las reglas que se indican en la Política.
1. ALCANCE
La presente Política de Elección de Directores en Filiales se aplicará a todas las postulaciones y elecciones de candidatos a director para las filiales de Sigdo Koppers que sean fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (*CMF).
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente Política se aplicará también a todas aquellas sociedades no fiscalizadas por la CMF que tengan la calidad de filial de la Compañía, en la medida que sea posible.
Respecto de las sociedades filiales constituidas o domiciliadas en el extranjero, esta Política se aplicará en la medida en que sea compatible con la normativa local existente en dichas jurisdicciones, debiendo respetarse las disposiciones legales y regulatorias sobre nominación, proposición y elección de directores o administradores establecidas en la legislación correspondiente.
2. RESPONSABLES
El Presidente del Directorio de Sigdo Koppers y el Gerente General de la respectiva filial, serán responsables de velar por la adecuada implementación de la presente Política de Elección de Directores en Filiales, así como de su correcto cumplimiento.
3. IDONEIDAD PROFESIONAL DE LOS CANDIDATOS A DIRECTORES
Para la elección de directores en sus sociedades filiales fiscalizada por la CMF, la Sociedad procurará que los candidatos nominados, propuestos o votados cuenten con los conocimientos, experiencia, calidades personales y reputación necesarias para el desempeño adecuado y responsable del cargo.
Los candidatos propuestos no podrán encontrarse afectos a inhabilidad alguna, de aquellas establecidas en los artículos 35 y 36 de la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas ni en otra normativa aplicable.
La evaluación considerará los siguientes criterios principales:
Sigdo Koppers S.A.
Página 3 de 7 GC_POL_HSK_MCI_ 01 2025
POLITICAS CORPORATIVAS Código
SK POLÍTICAGENERAL DE ELECCIÓN |… |, siapo koPPERS S.A. | DEDIRECTORES EN FILIALES – Femsin 202
Gobierno Corporativo Estado EN REVISIÓN e Cargo: La elección de directores en filiales se realizará entre personas que, teniendo o no la calidad de gerentes o ejecutivos principales del grupo empresarial de Sigdo Koppers S.A., se estimen, por sus conocimientos técnicos, experiencia sectorial o competencias específicas, como las más adecuadas para el desempeño de la función de director según la importancia financiera, estratégica y operativa de la filial correspondiente.
De esta forma, los candidatos a director en la filial podrán ser personas externas al grupo empresarial de Sigdo Koppers S.A., o bien, estar desempeñándose como directores, gerentes o ejecutivos en la Compañía o en otra entidad del grupo Sigdo Koppers, en cuyo caso no será necesario que renuncien a dichos cargos para asumir el cargo de director en la filial, salvo que así lo determine el Directorio de la Compañía.
e Formación profesional: El candidato a director deberá poseer formación académica pertinente al cargo y relevante al giro de la filial, en áreas como economía, minería, administración, derecho, finanzas o ingeniería.
e Experiencia profesional: Se valorará la trayectoria en cargos directivos, de administración o de gobierno corporativo ya sea en sociedades anónimas, empresas del sector financiero, compañías reguladas u otras entidades relevantes para la industria en la que participa la filial.
e Conocimientos técnicos y sectoriales: El candidato deberá contar con conocimientos suficientes en materias propias del objeto social o sector económico de la filial, así como en materias de gobierno corporativo, gestión de riesgos, cumplimiento normativo yo sostenibilidad, según corresponda.
e Independencia y reputación: Se evaluará la integridad, objetividad y buena reputación personal y profesional, como base para una gestión transparente y confiable. A este respecto, se deberá descartar, a partir de la información que proporcione el candidato, que éste tenga la calidad de ejecutivo relevante o de director en una empresa competidora de la Sociedad o de la filial respectiva, en los términos prohibidos en el literal d) del artículo tercero del Decreto Ley N*211.
En los casos en que la filial deba contar con al menos un director independiente, conforme al artículo 50 bis de la Ley de Sociedades Anónimas y la Norma de Carácter General N* 533, la Sociedad podrá postular uno más candidatos externos al grupo empresarial que cumplan con las condiciones de independencia, idoneidad y experiencia exigidas por la normativa vigente.
Una misma persona podrá integrar el directorio o el órgano de administración de más de una filial, siempre que ello sea compatible con el adecuado cumplimiento de sus funciones y responsabilidades.
La evaluación de los candidatos se realizará considerando las particularidades y marco regulatorio de cada filial, asegurando que posean las competencias necesarias para contribuir eficazmente al cumplimiento de sus objetivos.
4. VINCULACIÓN DE LOS CANDIDATOS CON LA MATRIZ
La Sociedad evaluará la conveniencia de que los candidatos propuestos para integrar los directorios de sus filiales mantengan, o no, algún tipo de vinculación con la propia Sociedad, la filial respectiva o las demás entidades del grupo empresarial, teniendo especialmente en consideración la necesidad de resguardar el interés social de cada filial y la adecuada gestión de eventuales conflictos de interés.
Para estos efectos, el Presidente o el director que presente a un candidato deberá informar si éste mantiene o ha mantenido, dentro de los últimos dieciocho (18) meses, relaciones comerciales, contractuales o de cualquier índole con la Sociedad, la filial respectiva, las demás sociedades del grupo empresarial o con sus principales competidores y proveedores.
Sigdo Koppers S.A.
Página 4 de 7 SK
POLITICAS CORPORATIVAS Código 01 2025
GC_POL_HSK_MCI_
POLÍTICA GENERAL DE ELECCIÓN
Versión 01 siapo koPPERS S.A. | DEDIRECTORES EN FILIALES – Femsin 202
Gobierno Corporativo Estado EN REVISIÓN
Dicha información deberá ser proporcionada de manera clara, completa y oportuna, conforme a lo señalado en el Procedimiento de Postulación y Elección de Directores, mediante la entrega del formulario Declaración sobre relaciones comerciales y contractuales que se adjunta como Anexo 1 de esta Política.
9.
PROCESO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN SUS FILIALES
Cada vez que la elección del Directorio de una filial sometida a la fiscalización de la CMF deba ser sometida a la aprobación de su junta ordinaria o extraordinaria de accionistas, se aplicará el siguiente procedimiento, con el fin de asegurar una designación informada, oportuna y conforme a los estándares legales, regulatorios y de gobierno corporativo de la Sociedad.
9.1
5.2
9.3
9.4
9.9
9.6
Solicitud de antecedentes de candidatos a director: El Presidente de la Compañía requerirá, con la debida anticipación, a los candidatos a integrar el directorio de la respectiva filial, antecedentes respecto de sus conocimientos, experiencia, calidades personales y reputación necesarias para el desempeño adecuado y responsable del cargo, incluyendo información sobre posibles inhabilidades que pudieran afectarlos.
Los referidos antecedentes deberán ser compartidos a todos los miembros del Directorio de la Sociedad con la debida anticipación a la sesión en que se analice la materia.
Pronunciamiento del Directorio de la Sociedad: El Presidente del Directorio de Sigdo Koppers deberá someter a consideración del Directorio la propuesta de nominación de uno o más directorios en la sociedad filial, con una antelación no inferior a dos (2) días de la fecha de la junta de accionistas de la filial en la que deba renovarse el directorio.
Evaluación de candidatos: En dicha sesión, el Directorio deberá revisar los antecedentes de los candidatos propuestos, evaluándolos conforme a los criterios de idoneidad profesional, independencia, vinculación con el grupo empresarial y demás consideraciones establecidas en esta Política. Asimismo, podrá proponer y analizar otros candidatos que considere pertinentes.
Votación del Directorio y adopción de acuerdos: La determinación de los candidatos por los cuales la Sociedad votará en la junta de accionistas de la filial será adoptada mediante votación del Directorio, de acuerdo con las reglas generales de votación establecidas en la ley y en los estatutos sociales.
Elección de los candidatos a director en la junta de accionistas de la filial: En la junta de accionistas de la filial, y conforme a lo resuelto por el Directorio de la Sociedad, el o los representantes de ésta deberán ejercer el derecho a voto en favor de los candidatos elegidos, dejando constancia de su emisión en el acta de la junta respectiva.
Firma de declaración del director elegido: Con anterioridad a la elección, cada director deberá suscribir una declaración jurada en la que manifieste no encontrarse afecto a inhabilidad, incompatibilidad o prohibición legal o reglamentaria para desempeñar el cargo, conforme al Anexo 2 de la presente Política.
Esta declaración deberá ser entregada a la filial y una copia remitida al Secretario del Directorio de la Sociedad, a fin de mantener un registro actualizado de cumplimiento normativo respecto de los integrantes del gobierno corporativo del grupo empresarial.
6. MECANISMOS DE DIVULGACIÓN
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la NGC 533, con fecha [+] de Noviembre de 2025 el texto íntegro de la
Sigdo Koppers S.A.
Página 5 de 7
POLÍTICAS CORPORATIVAS
SK POLÍTICA GENERAL DE ELECCIÓN siapo koPPERS S.A. | DE DIRECTORES EN FILIALES
Gobierno Corporativo
GC_POL_HSK_MCI_
Código 01 2025 Versión 01 Emisión 2025 Estado EN REVISIÓN presente Política es puesto a disposición de los interesados en las oficinas sociales y en el sitio web de la Sociedad: https:www.sigdokoppers.cgobierno-corporativo.
Asimismo, con la misma fecha la presente Política es remitida a las sociedades filiales fiscalizadas por la CMF para efectos de que éstas tomen conocimiento de ella y la comuniquen al mercado en calidad de información esencial.
Sigdo Koppers S.A.
Página 6 de 7
POLÍTICAS CORPORATIVAS GC_POL_HSK_MCI_
Código 01 2025
SK POLÍTICAGENERAL DE ELECCIÓN |… |, siapo koPPERS S.A. | DEDIRECTORES EN FILIALES – Femsin 202
Gobierno Corporativo Estado EN REVISIÓN
ANEXOS
ANEXO 1: DECLARACIÓN SOBRE RELACIONES COMERCIALES Y CONTRACTUALES
Yo (nombre) , (nacionalidad) , (Profesión u oficio) j (estado civil) , cédula nacional de identidad N* , cumplo con informar que, durante los últimos 18 meses he tenido las siguientes relaciones con el controlador de Sigdo Koppers S.A., sus principales competidores o proveedores:
1.-
2.-
Nombre y Firma
Santiago, de 202 _.
ANEXO 2:
DECLARACIÓN DE HABILITACIÓN PARA EL CARGO DE DIRECTOR DE SIGDO KOPPERS S.A.
ART. 73 (REGLAMENTO SOCIEDADES ANONIMAS)
Yo (nombre) , [nacionalidad], [profesión u oficio], [estado civil], cédula nacional de identidad N* , en este acto, acepto mi nominación como candidato a Director de Sigdo Koppers S.A. para la Junta Ordinaria de Accionistas citada para el día _ de abril de 202_ o aquella que se celebre en su reemplazo y declaro no tener ninguna de las inhabilidades establecidas en los artículos 35 y siguientes de la ley 18.046 de Sociedades Anónimas, para ejercer dicho cargo.
Nombre y Firma
Santiago, de 202 _.
Sigdo Koppers S.A.
Página 7 de 7
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=066d2177c96b00d59d546f0e82f7701bVFdwQmVVNVVSWGhOUkdkNVQxUlJkMDlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1764108302