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SIGDO KOPPERS S.A.
HECHO ESENCIAL
SIGDO KOPPERS S.A.
Inscripción Registro de Valores N° 915
Santiago, 29 de Marzo de 2021
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente del Consejo
Comisión para el Mercado Financiero
Av. Libertador B. O’Higgins N°1499 piso 1
Presente
De nuestra consideración:
Sigdo Koppers S.A., sociedad anónima abierta, inscrita en el Registro de Valores
bajo el N° 915, de conformidad con lo establecido en el art. 9° y en el inciso
segundo del art. 10° de la Ley N° 18.045 de Mercado de Valores, así como en la
Norma de Carácter General N° 30 de la ex Superintendencia de Valores y
Seguros, actual Comisión para el Mercado Financiero, informa a Ud. el siguiente
Hecho Esencial respecto de sus negocios:
En Junio de 2018, nuestra filial peruana SSK Ingeniería y Construcción S.A.C.
(SSK) inició un juicio arbitral, bajo la Corte Internacional de Arbitraje de la
Cámara de Comercio Internacional, en contra de Técnicas Reunidas de Talara
S.A.C. (TRT), por el incumplimiento de un subcontrato de trabajos
electromecánicos para determinadas obras en la Refinería Talara de Perú. Sigdo
Koppers S.A. tiene una participación consolidada en SSK ascendente al 67,40%.
Con fecha 26 de Marzo en curso fuimos notificados de la sentencia definitiva,
inapelable, dictada por la Corte Arbitral. Dicho laudo condena a TRT, además de
otras prestaciones, al pago a SSK de una suma superior a los US$ 38 millones
más el pago del 75% de los costes incurridos por SSK en el arbitraje, y ordena a
TRT devolver a SSK las boletas bancarias entregadas por esta última como
garantía del subcontrato, las cuales ascienden a un total aproximado de US$ 14,7
millones.
Me encuentro expresamente facultado para efectuar la presente comunicación.
Sin otro particular, les saluda atentamente,
Juan Pablo Aboitiz Domínguez
Gerente General
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=b25ec35f5e7a1c4d27521208aa3d0f77VFdwQmVVMVVRWHBOUkVWNFRtcFJlRTlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108