SINGULAR
Santiago 24 de marzo de 2020
Señor
Joaquín Cortés Huerta
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
HECHO ESENCIAL
REF: Informe Hecho Esencial – Continuidad Operacional COVID19
De nuestra consideración:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N” 18.045, de
Mercado de Valores, y 18 de la Ley N” 20.712, de Administración de Fondos de Terceros
y Carteras Individuales, por la presente, estando debidamente facultado al efecto, vengo
en informar lo siguiente en calidad de Hecho Esencial de Singular Asset Management
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Administradora General de Fondos S.A. (“Singular” o la “Administradora”):
De acuerdo a Plan de Continuidad Operacional aprobado por
Singular, con fecha 23 de marzo recién pasado se ha determinado restringir la atención
de público en las oficinas de la Administradora. Ello con el objeto de contribuir al
distanciamiento social necesario para evitar la propagación del Covid-19.
Como consecuencia de ello, a partir de la fecha antes señalada,
las oficinas de la Sociedad ubicadas en Don Carlos 2939, Of 913, Las Condes,
permanecerán cerradas por todo el periodo que las medidas sanitarias determinadas
por las autoridades así lo hagan necesario o aconsejable. Ello con el objeto de resguardar
la salud y seguridad de nuestros colaboradores, clientes e inversionistas.
Sin perjuicio de ello, la Administradora seguirá operando en
forma remota en la administración de todos sus fondos. Lo anterior se debe a que, el
Plan de Continuidad Operacional activado, implica aplicar la modalidad de Plan de
Trabajo Remoto o Home-Office para todas las funciones administrativas y procesos
operacionales que se desarrollan en la administración de los fondos gestionados por
Singular, modalidad que se mantendrá durante el tiempo que perdure el escenario de
riesgo antes referido.
Hago presente a esa Comisión que la Administradora ha
comunicado lo señalado precedentemente a todos sus inversionistas y al público en
general, informando que mantiene abiertos los canales de atención remota de su página
web www.singularam.cl y contacto(Wsingularam.cl, para atender solicitudes y/o
consultas de nuestros clientes y público en general.
SINGULAR
Finalmente, en atención a que las medidas referidas
precedentemente no tienen aún una duración definida, no resulta posible indicar la
duración que pueda tener la mantención de la situación señalada, la que será informada
a esa Comisión en cuanto ello resulte posible en conformidad a las circunstancias
predominantes.
Sin otro particutar,le saluda atentamente
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=f95cfdab633026dec7c5a63615d5a8b8VFdwQmVVMUVRWHBOUkVFeVRWUlZlVTVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108