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Una empresa del Grupo Security
HECHO ESENCIAL
Seguros Vida Security Previsión S.A.
Inscripción N* 022 Reg. Valores
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
Santiago, 26 de noviembre de 2013
Ref.: Comunica hecho relevante.
De mi consideración:
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 9 e inciso segundo del Artículo 10*,
ambos de la Ley N* 18.045, y en la Circular N” 991 en relación con la Norma de Carácter
General N? 30, ambas de la Superintendencia de Valores y Seguros, vengo en informar
respecto del siguiente hecho esencial relativo a la sociedad que represento.
El accionista mayoritario y controlador de la Compañía, la sociedad Inversiones Seguros
Security Limitada (ISS Ltda.), mediante carta de fecha 23 de octubre de 2013, solicitó al
Directorio de la compañía Seguros Vida Security Previsión S.A. (Vida Security), que cite
a Junta Extraordinaria de Accionistas de la misma, a fin de tratar en ella un aumento de
capital que permita en definitiva fusionarla con la Compañía de Seguros de Vida Cruz
del Sur S.A. (CAS Vida), bajo las condiciones y modalidades que se señalan a
continuación.
En efecto, la sociedad ISS Ltda. es dueña de 4.419.621 acciones de CdS Vida, esto es,
del 99,9999% del total de las acciones emitidas por dicha compañía, y la intención del
accionista señalado es poder fusionar ambas Compañías de Seguros con el propósito de
alcanzar un mayor desarrollo del negocio de seguros y mejorar los niveles de eficiencia
por la vía de realizar economías de escala. Lo anterior se concretaría por la vía de (a)
aumentar el capital social de Vida Security, aumento que se pagaría en la pro rata
correspondiente por ISS Ltda. mediante el aporte en dominio del total de las acciones que
posee en CdS Vida, y (b) la compra por parte de Vida Security a Invest Security S.A. de
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las restantes 52 acciones de que esta última es dueña en CdS Vida (previo cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley N” 18.046), con lo que se produciría la
disolución de CdS Vida conforme a lo señalado en el número 2 del artículo 103 de la
recién citada ley. Esto es, Vida Security se haría dueña de la totalidad de las acciones de
CdS Vida, pasando a adquirir todos sus activos y pasivos y sucediéndola en todos sus
derechos y obligaciones.
Para el proceso de fusión señalado precedentemente, y a fin de que todos los accionistas
cuenten con los antecedentes necesarios y suficientes para votar de manera informada, a
solicitud de ISS Ltda., el Directorio encargó al Gerente General de Vida Security (a)
auditar los últimos estados financieros de la Compañía (aquellos al 30 de septiembre de
2013 y que fueron enviados a la Superintendencia de Valores y Seguros al final del mes
de octubre), y (b) practicar a igual fecha un balance fusionado proforma de los estados
financieros de las compañías a fusionar (Vida Security y CAS Vida), con el propósito de
ser presentados a los accionistas en la junta extraordinaria de accionistas que se cite al
efecto.
Asimismo y a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el artículo 15 y Título XVL ambos
de la Ley N” 18.046 sobre Sociedades Anónimas, el Directorio encomendó al Gerente
General de Vida Security para que solicite un informe pericial independiente respecto de la
valorización de las acciones de CdS Vida que serían aportadas a Vida Security. Dicho
informe debía también pronunciarse sobre las condiciones de la operación, sus efectos y su
potencial impacto para Vida Security.
Con fecha 20 de noviembre de 2013, la Compañía junto con poner a disposición de los
señores accionistas el informe pericial, los estados financieros auditados y el balance
proforma de ambas compañías, envió a los señores Directores dichos antecedentes, para
que , según lo dispone el N? 6 del artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas,
cuando los directores de una sociedad deban pronunciarse respecto de una operación
entre partes relacionadas, deberán (a) explicitar la relación que tuvieran con la
contraparte de la operación o el interés que en ella tengan; (b) hacerse cargo de la
conveniencia de la operación para el interés social, de los reparos u objeciones que
hubiese expresado el comité de directores, en su caso, y (c) hacerse cargo de las
conclusiones de los informes de los evaluadores o peritos.
Conforme a lo anterior, y de acuerdo a lo previsto en el Art. 147, N” 5) de la Ley de
Sociedades Anónimas, se informa en carácter de hecho esencial, que con fecha 25 de
noviembre de 2013 en la sociedad se han recibido las opiniones de los señores Directores
de la Compañía, del informe pericial preparado por el evaluador independiente don Gonzalo
Edwards Guzman, todas las cuales se encuentran a disposición de los señores accionistas en
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las oficinas de Vida Security ubicadas en Avenida Apoquindo 3150, piso 8, de la comuna
de Las Condes, y en el sitio web www.vidasecurity.cl.
Sírvase el señor Superintendente tener por presentada esta información y dar por
cumplidas las normas legales y reglamentarias que obligan a Seguros Vida Security
Previsión S.A. a proporcionarla.
Saluda atentamente a usted,
Alejanfir gauo. na
Gérgnte Genefal
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