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SEGUROS KONSEGUR DE GARANTIAS Y CREDITO S.A. 2024-07-09 T-18:40

S

Resumen corto:
Seguros Konsegur informa a la CMF sobre cesión de negocio de seguros de garantía a Aseguradora Porvenir S.A. Contrato firmado el 3 de julio de 2024 por Robert Elias Rivas Carrillo.

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(QQ) konsegur

SEGUROS KONSEGUR DE GARANTÍAS Y CRÉDITO S.A.

HECHO ESENCIAL.
Santiago, 9 de julio de 2024 Señora Solange Berstein Jáuregui Presidenta Comisión para el Mercado Financiero Presente

Ref.: Informa Hecho Esencial que indica.
De nuestra consideración:

En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 9 y 10 inciso 2 de la Ley 18.045 y en las Circulares N* 662 y 991, ambas de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y debidamente facultado, informo a usted, en carácter de hecho esencial de Seguros Konsegur de Garantías y Crédito S.A. (en adelante la Sociedad, lo siguiente:

Según fue informado a la CMF mediante hecho reservado de fecha 6 de junio de 2024, la Sociedad firmó una oferta no vinculante con Aseguradora Porvenir S.A.
(Aspor y en conjunto con la Sociedad, las Partes) para la adquisición por parte de Aspor del negocio de seguros de garantía de la Sociedad compuesto por una cartera de pólizas de seguro de garantía y sus correspondientes contrafianzas y garantías accesorias y asociadas a las mismas (el Negocio de Seguro de Garantía), sujeto a que las Partes negociaran y llegaran a acuerdo en términos satisfactorios para ambas respecto de los términos y condiciones específicos de la transacción, iniciando la Sociedad la negociación de los contratos necesarios para llevar a cabo la misma.

Transcurridas las negociaciones, la Sociedad y Aspor celebraron un Contrato de Promesa de Cesión de Cartera mediante escritura pública de fecha de 3 de julio de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, bajo el repertorio N* 40.854-2024 (el Contrato de Promesa).

Conforme al Contrato de Promesa, la Sociedad prometió vender, ceder y transferir a Aspor, quien prometió comprar, aceptar y adquirir para sí, el Negocio de Seguro de Garantía, sujeto al cumplimiento de las exigencias establecidas en la Circular N* 9253 de la CMF (Circular 925), incluyendo la autorización de la transacción por parte de la CMP, y sujeto a las demás condiciones, términos y plazos establecidos en el Contrato de Promesa.

La cesión de la Cartera se perfeccionará a través de la celebración de un contrato de cesión definitivo (el Contrato de Cesión Definitivo) una vez cumplidas las condiciones copulativas suspensivas contenidas en el Contrato de Promesa, y producirá todos sus efectos legales a contar de las cero horas del mismo día en que las Partes hayan celebrado el Contrato de Cesión Definitivo (la Fecha de la Cesión). De conformidad con el Contrato de Promesa, los contratos de pólizas de seguros de garantía que hayan presentado siniestros con anterioridad a la Fecha de la Cesión o que su periodo de vigencia se encuentre vencido a la Fecha de la Cesión, no serán considerados para efectos de la Cesión a Aspor y, por lo tanto, no formarán parte del Contrato de Cesión Definitivo.

El precio que pagará Konsegur a Aspor por la Cesión del Negocio de Seguro de Garantía, en conformidad a lo indicado en el Contrato de Promesa, se determinará en la Fecha de Cesión en función de las pólizas de seguros de garantía que sean efectivamente cedidas a Aspor en esa fecha .

Asimismo, simultáneamente a la celebración del Contrato de Promesa, las Partes celebraron un acuerdo de colaboración y promesa de mandato a un tercero independiente para la implementación del Negocio de Seguro de Garantía cedido a Aspor, con efecto a partir de la Fecha de Cesión.

Atendido lo expuesto, la Sociedad ha decidido comunicar a la CMF el cese del carácter reservado conferido a los acuerdos adoptados por la Sociedad, comunicados por el hecho reservado antes referido.

Finalmente, informamos que la Sociedad mantendrá a la CMF, a los asegurados, afianzados, terceros garantes, clientes y mercado en general, debidamente informados de cualquier hecho relevante que se produzca con ocasión del Contrato de Promesa.

Sin otro particular, le saluda atentamente,

Firmado digitalmente

RO be rt Elias por Robert Elias Rivas

Carrillo

Rivas Carrillo recha: 2024.07.09 18:19:23 -04’00’ Administrador SEGUROS KONSEGUR DE GARANTÍAS Y CRÉDITO S.A.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=fdda6c9c9f7c504530fac3e080385473VFdwQmVVNUVRVE5OUkUweFQwUnJlVTlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1720565101

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