SEGUROS SU fa
Santiago, 20 de marzo de 2020
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449
Santiago
Presente
Ref.: Informa Hecho Esencial – Acuerdos Junta Extraordinaria.
De nuestra consideración:
Conforme a las disposiciones legales vigentes y a la normativa impartida por vuestra Comisión para
el Mercado Financiero, por medio de la presente cumplimos con informar a Usted que con fecha 18
de marzo de 2020 se llevó a efectos la junta extraordinaria de accionistas de Seguros de Vida
Suramericana S.A., a la que asistió el 100% de las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad. En
dicha oportunidad, por unanimidad de los señores accionistas se adoptaron los siguientes acuerdos:
a)
Mantener vigente el aumento de capital en la parte no suscrita y pagada a esta fecha,
ascendente a $4.000.000.000, representado por 4.000.000 de acciones, acordado en
junta extraordinaria de accionistas de fecha 18 de abril de 2018;
Aumentar el capital social de la cantidad actual de $20.363.000.000, dvidido en
20.363.000 acciones nominativas, todas de una misma serie sin valor nominal, a la
cantidad de $35.363.000.000, dividido en 35.363.000 acciones nominativas, todas de una
misma serie, sin valor nominal y de igual valor, mediante la emisión de 15.000.000 de
acciones de pago, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual
valor. Acciones que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de tres años,
contado desde la fecha de celebración de la Junta y su valor deberá ser enterado en
dinero efectivo al momento de su suscripción. El precio de colocación de las acciones de
pago a emitir será de $1.000.- por acción.
Las acciones de pago que se emitan serán ofrecidas en forma preferente a los accionistas
a prorrata de las acciones que posean inscritas a su nombre en el registro respectivo el
quinto día hábil anterior a la fecha de publicación de la oferta preferente. Los accionistas
con derecho a suscribir acciones de la oferta preferente deberán manifestar por escrito a
la Sociedad su intención de suscribir acciones, dentro del plazo de treinta días contado
desde la fecha de publicación del aviso respectivo. Si nada expresan dentro de dicho
plazo, se entenderá que han renunciado a su derecho de suscribir acciones de esta oferta
preferente.
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Las acciones que no fueren suscritas por los accionistas o sus cesionarios con derecho a
ellas en el periodo de opción preferente legal y las acciones que tengan su origen en
fracciones producidas en el prorrateo entre los accionistas, serán ofrecidas por la
Sociedad en un período de suscripción de remanente dirigido sólo a los accionistas o
cesionarios que hayan suscrito durante el periodo de suscripción preferente legal y que
hayan optado expresamente durante tal periodo por suscribir acciones adicionales del
remanente.
Reformar los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos sociales por los
siguientes:
ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de treinta y cinco mil trescientos
sesenta y tres millones de pesos dividido en treinta y cinco millones trescientos sesenta y
tres mil acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor,
que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos
estatutos.”.
“ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a la suma de
treinta y cinco mil trescientos sesenta y tres millones de pesos, dividido en treinta y cinco
millones trescientos sesenta y tres mil acciones nominativas, sin valor nominal, todas de
una misma serie y de igual valor, se suscribe, entera y paga de la siguiente forma:
A) Con la suma de dieciséis mil trescientos sesenta y tres millones de pesos, equivalente a
dieciséis millones trescientas sesenta y tres mil acciones nominativas, sin valor nominal,
todas de una misma serie y de igual valor, íntegramente suscritas y pagadas a esta fecha;
B) Con la suma de cuatro mil millones de pesos que corresponden a la parte del aumento
de capital pendiente de suscripción y pago a esta fecha acordado en junta extraordinaria de
accionistas celebrada el dieciocho de abril de dos mil dieciocho, representado por cuatro
millones de acciones. Este aumento de capital se enterará mediante la emisión de cuatro
millones de acciones de pago, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y
de igual valor, que se emitirán y deberán ser pagadas en dinero efectivo al momento de la
suscripción de las mismas. Las acciones de pago que se emitan se colocarán a un precio de
mil pesos cada una. Dicha suscripción y pago deberá efectuarse dentro del plazo de tres
años, contado desde el dieciocho de abril de dos mil dieciocho, todo conforme fue aprobado
en la junta extraordinaria de accionista de fecha dieciocho de abril del año dos mil dieciocho;
y
C) Con la suma de quince mil millones de pesos que, conforme a lo acordado en junta
extraordinaria de accionistas celebrada el dieciocho de marzo de dos mil veinte, se enterará
mediante la emisión de quince millones de acciones de pago, nominativas, sin valor
nominal, todas de una misma serie y de igual valor, que se emitirán y deberán ser pagadas
en dinero efectivo al momento de la suscripción de las mismas. Las acciones de pago que
se emitan se colocarán a un precio de mil pesos cada una. Dicha suscripción y pago deberá
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efectuarse dentro del plazo de tres años, contado desde el dieciocho de marzo de dos mil
veinte.
d) Se dejó constancia que no existen otros artículos transitorios que derogar, por haber
perdido su vigencia u oportunidad, no siendo necesario aprobar nuevos artículos
transitorios.
Sin otro particular, le saluda muy cordialmente,
Director de Capacidades y Prestaciones
Seguros de Vida Suramericana S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=3683a31cdc0167c25a14a8cc957375ceVFdwQmVVMUVRWHBOUkVFeFQwUnJORTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108