Resumen corto:
Agustinas 1225 – Piso 5 Fonos : 6925703 – 6925700 Fax : 6925740 3 Scotia Sud Americano Santiago Centro Corredores de Bolsa Santiago, 6 de Enero de 2010 Señor Guillermo Larraín Ríos Superintendente de Valores y Seguros Presente REF.: HECHO ESENCIAL De nuestra consideración: Informo a usted que
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Agustinas 1225 – Piso 5 Fonos : 6925703 – 6925700 Fax : 6925740
3 Scotia Sud Americano Santiago Centro Corredores de Bolsa
Santiago, 6 de Enero de 2010
Señor
Guillermo Larraín Ríos Superintendente de Valores y Seguros Presente
REF.: HECHO ESENCIAL
De nuestra consideración:
Informo a usted que el Directorio de Scotia Sud Americano Corredores de Bolsa S.A. en sesión extraordinaria de 5 de enero en curso, de conformidad a lo dispuesto en la letra b) del inciso segundo del artículo 147 de la Ley 18.046, acordó fijar la siguiente política general de habitualidad, que permite celebrar operaciones con partes relacionadas sin los requisitos y procedimientos mencionados en los numerales 1) a 7) del inciso primero del citado artículo147 de la Ley 18.046:
Se acuerda considerar habituales todas aquellas operaciones que se realizan habitualmente por la sociedad, las operaciones de corretaje de valores y de intermediación que permite efectuar a las Corredoras de Bolsa la Ley N* 18.045 sobre Mercado de Valores y las actividades complementarias que les autoriza la Superintendencia de Valores y Seguros. Entre dichas operaciones y contratos con partes relacionadas que, directa o indirectamente tengan por objeto el ejercicio y cumplimiento del giro social, que por cuenta propia o ajena realiza habitualmente Scotia Sud Americano Corredores de Bolsa S.A., y sin que la enumeración sea taxativa, se encuentran especialmente: La compra y venta de valores mobiliarios, de instrumentos de renta fija, de instrumentos de intermediación financiera o de instrumentos financieros en general; compra y venta de moneda extranjera; custodia de valores; prestación de servicios de asesoría o realización de estudios y contratos de derivados en el mercado local autorizados por la normativa del Banco Central de Chile. Por otra parte, también constituyen operaciones ordinarias comprendidas en el giro de la sociedad y que ésta realiza habitualmente con terceros, la contratación de servicios y asesorías en materias financieras, informáticas, contables, de auditorias, administrativas, tributarias, legales y de marketing; Las aludidas operaciones ordinarias comprendidas en el giro social a efectuarse con partes relacionadas, deben contribuir al interés social, ajustándose > términos y condiciones que prevalezcan en el mercado.
Saluda atentamente a usted, s– _ – Gerente-General .
Scotia Sud Americano Corredores de Bolsa S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=bd4e854b50ca30d26188250bf9c68629VFdwQmVFMUVRWGhOUkVGM1RWUlpNRTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909