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3 Scotia Fondos Mutuos
“HECHO ESENCIAL”
SCOTIA ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS CHILE S.A.
Santiago, 16 de febrero de 2015
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente
Ref.: Comunica Hecho Esencial
Señor Superintendente:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 y en el inciso 22 del artículo 10 de la Ley
18.045, en relación con la Norma de Carácter General N? 30 de esa Superintendencia, se
rectifica la comunicación de fecha 06 de febrero de 2015 en la que, como hecho esencial,
se comunicó que Scotia Administradora General de Fondos Chile S.A., modificará los
reglamentos internos del Fondo para la Vivienda Confianza y del Fondo para la Vivienda
Progreso los que se transformarán en el Fondo Mutuo Scotia Confianza y en el Fondo
Mutuo Scotia Progreso, respectivamente. En dicha comunicación se incurrió en un error
al indicar que la remuneración es “del 0,10% anual con IVA incluido”; en circunstancias
que la remuneración es de “hasta un 0,10% anual exenta de IVA”.
En los Reglamentos Internos de los Fondo Mutuos señalados se indicará expresamente
que las series V, continuadoras de los Fondos para la Vivienda Confianza y Progreso,
tienen una remuneración de “hasta un 0,10% anual exenta de IVA”.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
Gabriel Garrido González
Gerente General
Scotia Administradora General de Fondos Chile S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=817024808cbcb2fb18537fa89bfc245dVFdwQmVFNVVRWGxOUkVGNFQxUlpNVTFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909