SCHUACER
Santiago, 20 de febrero del 2013
Señor:
Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
Ref.: HECHO ESENCIAL
Schwager Energy S.A.
Registro de Valores 0549
De nuestra mayor consideración:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 y en el inciso segundo del artículo 10
de la ley 18.045, a lo dispuesto en la Norma de Carácter General N*30 de esa
Superintendencia, informo en el carácter de hecho esencial que mi representada ha sido
comunicada por Codelco División Chuquicamata de la adjudicación y pronto inicio del
contrato de “Servicio de Eliminación y Estandarización de Condiciones Subestandar y
Mantención Reparación de Instalaciones en División Chuquicamata – Área
Concentradora”. Este servicio, será ejecutado a través de la filial fundada para estos
fines, Schwager Service S.A.
Las estipulaciones principales de dicha adjudicación se resumen como sigue:
PRECIO: El valor del contrato es la suma máxima de $ 2.898.483.895.- (dos mil
ochocientos noventa y ocho millones cuatrocientos ochenta y tres mil ochocientos
noventa y cinco pesos chilenos), más IVA, que se pagará según los precios unitarios
convenidos, mediante estados de pago mensuales.
PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo final para la ejecución de los servicios esta previsto
sea de 24 (veinticuatro) meses consecutivos, a contar de la fecha del Acta de Inicio de
Actividades, prevista inicialmente para el 11 de marzo del año 2013 o en fecha a
acordar con el Administrador de Contrato de la División.
GARANTÍAS: Se otorgará una garantía bancaria de fiel cumplimiento equivalente a UF
3.811 (tres mil ochocientos once unidades de fomento); equivalente al 3% del monto
total del contrato. La vigencia de dicha Boleta de Garantía, se extenderá hasta 60 días
corridos más allá de la fecha pactada del servicio.
SEGUROS: El Contratista debe considerar coberturas de seguro para cubrir todo riesgo
que pueda afectar o se cause a los trabajadores del Contratista, Subcontratista o
trabajadores de CODELCO, como también de potenciales daños que se cause a los
bienes o las operaciones del Mandante.
Sota
CAPITAL DE TRABAJO: El capital de trabajo requerido para la correcta ejecución del
contrato se gestionará a través del sistema financiero y recursos disponibles.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
cc. Archivo
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=f59522c5d45e3e55afbdb8ddf1d4cea2VFdwQmVFMTZRWGxOUkVGNFRtcEZNMDVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909