Agua Lampa Sacyr.com
Una Compañía de Sacyr Concesiones
HECHO ESENCIAL
Sacyr Agua Lampa S.A.
Inscripción Registro Especial de Entidades informantes N2149
Santiago, 27 de junio de 2023
SAL 94-23
Señora
Solange Berstein Jáuregui
Presidenta Comisión
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref.: Realización de Junta Extraordinaria de Accionistas.
De mi consideración:
Con fecha 14 de junio de 2023 a las 10:00 horas, se celebró la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Sacyr
Agua Lampa S.A. con la comparecencia de la totalidad de los accionistas de la misma, adoptándose los siguientes
acuerdos:
A.- Aprobar y autorizar la celebración, otorgamiento, constitución y alzamiento de prendas constituidas en favor de
Scotiabank Chile sobre la totalidad de las acciones que poseen en Sacyr Agua Lampa S.A., así como la celebración,
otorgamiento y constitución de fianza y codeuda solidaria, prenda sin desplazamiento sobre estas acciones, así como
sobre las concesiones de servicios sanitarios de las que la Sociedad es titular y que otorgue en favor del Acreedor,
para caucionar las obligaciones que Sacyr Agua Chile Servicios Sanitarios SpA adquirió a través del Contrato de
Financiamiento que consta en escritura pública de fecha 7 de junio de 2023 otorgada en la Notaría de
Santiago de don Patricio Raby Benavente bajo el repertorio N°5555-2023, de los Pagarés, y de los demás documentos
que se emitan u otorguen en relación con el referido Contrato de Financiamiento, cualquiera sea su naturaleza,
principal o accesoria, pudiendo pactar cláusula de garantía general.
B.- Autorizar y aprobar el otorgamiento y la celebración de fianzas y codeudas solidarias, prendas de cualquier
naturaleza, avales y cualquier otra garantía real o personal en favor del Acreedor bajo el Contrato de Financiamiento,
para caucionar las obligaciones adquiridas por Sacyr Agua Servicios Sanitarios SpA bajo el Contrato de Financiamiento
y sus eventuales modificaciones.
C.- Aprobar y autorizar a la Sociedad para la celebración y suscripción de cualquier acto o contrato que los Bancos
estimen necesario o conveniente para el perfeccionamiento de la operación antes descrita.
D.- Facultar e instruir al Directorio de la Sociedad para que adopte los acuerdos y otorgue los poderes necesarios para
la completa y oportuna suscripción de las referidas garantías, así como también para informar a las autoridades
públicas, de cualquier competencia que sean, o a entidades privadas respecto de cualquiera de los acuerdos
adoptados en esta Junta.
Quedando a su disposición para aclarar cualquier duda o absolver cualquier consulta sobre el particular, le saluda
atentamente,
Casa Matriz:
Joaquín Montero 3000, p.4
Vitacura, Santiago, Chile
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=4e443f9da4565060a53275298fe850a3VFdwQmVVMTZRVEpOUkVrelRVUkpkMDVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1687991401