O Saba Estacionamientos de Chile S.A.
Av. Apoquindo N? 5400, Of. 1301 Norte
Las Condes – Santiago
Tel. 562 2680 9000
Señor Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS
PRESENTE
Ref.: HECHO ESENCIAL. Saba Park Chile S.A. Inscripción en Registro de Entidades Informantes
N*101, de 2010.
Santiago, 13 de diciembre de 2017
De nuestra consideración:
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 9? y 10” de la Ley de Mercado de Valores, y en la
Norma de Carácter General N” 364/2014 de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), y
debidamente facultado al efecto, informo con carácter de hecho esencial, que los accionistas de
esta sociedad acordaron auto convocarse con el fin de celebrar una Junta Extraordinaria de
Accionistas, en el domicilio de la sociedad, ubicado en Avenida Apoquindo N? 5.400, Oficina 1.301
Norte, comuna de Las Condes, el día 11 de diciembre de 2017 a las 9.30 hrs, y en la cual se
adoptaron los siguientes acuerdos:
Acuerdo N21: APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE OPERACIÓN DE REFINANCIAMIENTO Y
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE REFINANCIAMIENTO.
La Junta, por unanimidad de la totalidad de las acciones presentes que representan el cien por
ciento de las acciones emitidas por la Sociedad, acordó aprobar y autorizar a la Sociedad para
celebrar la operación de Refinanciamiento, en calidad de Garante, pudiendo celebrar y suscribir el
Contrato de Refinanciamiento, los Contratos de Garantías, suscribir y avalar pagarés y los demás
Documentos del Crédito; y para el consentimiento en la designación de un banco agente y un
agente de garantías.
Acuerdo N22: APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN DEL OTORGAMIENTO DE GARANTÍAS.
Asimismo, la Junta General Extraordinaria de Accionistas, de conformidad con lo previsto en el
articulo 57 N*5 de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, por unanimidad de la totalidad de
las acciones presentes que representan el cien por ciento de las acciones emitidas por la
Sociedad, acordó aprobar y autorizar a la Sociedad en los términos más amplios posibles la
modificación o ampliación de las garantías vigentes y el otorgamiento y constitución de todas y
saba-
cada una de las garantías y cauciones reales y personales que sean necesarias y se requieran para
acceder al financiamiento estipulado en el Contrato de Refinanciamiento y garantizar las
obligaciones de los Deudores y de las Sociedades Garantes, en especial, pero no limitado a,
mediante la suscripción de los Contratos de Garantía.
Acuerdo N23: PODERES AL DIRECTORIO
La Junta General Extraordinaria de Accionistas, por unanimidad de la totalidad de las acciones
presentes que representan el cien por ciento de las acciones emitidas por la Sociedad, viene en
autorizar y facultar desde luego al directorio de la Sociedad para conferir poderes con amplias
facultades a las personas naturales que éste designe, para que, actuando en la forma que se
acuerde en la respectiva sesión de directorio, celebren y suscriban, todos aquellos actos,
contratos y demás actos jurídicos, sea que se otorguen en escritura pública o privada, necesarios
para el perfeccionamiento de la operación de financiamiento aprobada en los Acuerdos N2 1 y
N*%2 de esta Junta, incluyendo las facultades necesarias para otorgar el Contrato de
Refinanciamiento, los Contratos de Garantías, pagarés y hojas de prolongación, contratos de
cobertura de tasa de interés y los demás Documentos del Crédito.
La presente comunicación ha sido remitida a través del Módulo SEIL, conforme lo establece la
Normativa pertinente.
Sin otro particular, le saluda atentamente
JUAN MANUELÉSPEJO MARIMÓN
Gerente General
Sába Park Chile S.A.
c.c.: Archivo
GE/ECVH/shj/653/2017
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=8cc5c0fc941bf9737f82b8179c098d96VFdwQmVFNTZSWGxOUkVsNFRYcFZlVTFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909