Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

RSM CHILE AUDITORES LIMITADA 2014-10-02 T-17:47

R

RSM

Audit xxTax: Advisory

Santiago, 2 de octubre de 2014

Señor

Carlos Pavez Tolosa

Superintendente de Valores y Seguros
Presente

Ref.: Modificación Social
De nuestra consideración:

En cumplimiento a lo dispuesto en la Sección V de la Circular N* 275, que establece normas de
funcionamiento del Registro de Auditores Externos de esta Superintendencia, informamos a usted
que con fecha 11 de septiembre de 2014, Eduardo Antonio Medina Corvalán Socio de RSM Chile
Auditores Limitada, ha adquirido a los otros Socios, un 2,5% adicional del capital social, quedando
la estructura de participación de la siguiente forma:

Socios Porcentaje %
Luis Ángel Landa Tobar 40,50
Hans Alberto Caro Larsen 24,75
Angélica Rossana León 24,75
José David Molina Candia 5,00
Eduardo Antonio Medina Corvalán 5,00
Total 100

RSM Chile Auditores Ltda. Es miembro de la red RSM. Cada miembro de RSM es
una firma de contaduría y asesoría independiente la cual ejerce bajo sus propios

Adjuntamos los siguientes documentos:

1. Cesión de Derechos y Modificación Social, otorgada por escritura pública de fecha 11 de
septiembre de 2014.

2. Protocolización del extracto de la escritura de modificación antes señalada.

Sin otro particular, saluda atentamente a Usted,

RSM Chile Auditores Ltda. e
AAA
Y

RSM Chile Auditores Ltda.

derechos. La red RSM no es en sí una entidad legal separada en ninguna jurisdicción. wvw.rsmchile.com

El Golf 40 + Piso 7, Las Condes, Santiago, Chile
T: +56 (2) 2580 0400 F: +56 (2) 2580 0430

FELIX JARA CADOT

NOTARIO PUBLICO
41 NOTARIA DE SANTIAGO
HUERFANOS 1160 – LOCALES 11 – 12
2674 4600 – FAX: 2695 8445

SANTIAGO
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GCA REP. N*29015-2014

1C.Gonzalez/mod rsm chile auditores ltda

o CESION DE DERECHOS Y MODIFICACION SOCIAL

“RSM CHILE AUDITORES LIMITADA”

EN SANTIAGO DE CHILE, el día once del mes de Septiembre
del año dos mil catorce, ante mi, FELIX JARA CADOT, Notario
Público Titular de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago,
con oficio en Huérfanos mil ciento sesenta, Local doce, comuna de
Santiago, comparecen: a) Doña ANGÉLICA ROSSANA LEÓN

LÓPEZ, chilena, casada, contador auditor, cédula da on

, S| PuBLIC:
nj s

OL

OS

identidad número siete millones ciento nueve mil setecientos
noventa guión cero; b) don LUIS ANGEL LANDA TOBAR, chileno,
casado, contador auditor, cédula nacional de identidad número
siete millones trescientos cinco mil ciento treinta y tres guión
nueve; c) don HANS ALBERTO CARO LARSEN, chileno,
divorciado, contador auditor, cédula nacional de identidad número
ocho millones trescientos noventas y ocho mil cuatrocientos
sesenta y uno guión nueve; d) don JOSÉ DAVID MOLINA CANDIA,
chileno, casado, contador público y auditor, cédula nacional de
identidad número ocho millones setecientos veintidós mil
ochocientos cuarenta y seis guión cero; y e) don EDUARDO
ANTONIO MEDINA CORVALÁN, chileno, casado, contador auditor,
cédula nacional de identidad número doce millones setecientos
veinte mil doscientos cuarenta y cinco guión uno, todos los
comparecientes, mayores de edad, domiciliados para éstos efectos,
en Avenida el Golf número cuarenta, oficina setecientos tres,
comuna de Las Condes, Santiago, quienes acreditan sus
identidades con las cédulas señaladas y exponen: PRIMERO:
Antecedentes.- La sociedad que hoy gira la bajo razón social RSM
CHILE AUDITORES LIMITADA, se constituyó mediante escritura
pública otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot,
de fecha quince de Septiembre de dos mil nueve, y cuyo extracto se
inscribió a fojas cuarenta y seis mil sesenta y cuatro, número

treinta y un mil ochocientos cincuenta y siete en el Registro de

Nm

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Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos
mil nueve, y se publicó en el Diario Oficial de fecha seis de octubre
de dos mil nueve. La sociedad se encuentra actualmente vigente
siendo sus únicos socios los indicados. SEGUNDO: Los socios dejan
constancia del porcentaje de participación societaria en la sociedad,
y del capital social que corresponde a la suma de trescientos
cuarenta y seis millones doscientos treinta y cuatro mil ciento
veinte pesos que los socios enteraron y pagaron de la siguiente
forma: Uno) Doña Angélica Rossana León López, aportó la suma de
ochenta y ocho millones setenta y tres mil trescientos cuatro pesos,
con anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son
equivalentes al veinticinco coma cuatro mil trescientos setenta y
cinco por ciento del total de los derechos sociales de la sociedad;
Dos) Don Luis Ángel Landa Tobar, aportó la suma de ciento
cuarenta y cuatro millones ciento diecinueve mil novecientos
cincuenta y dos pesos, con anterioridad a este acto. Los aportes
efectuados son equivalentes al cuarenta y uno coma seiscientos
veinticinco por ciento del total de los derechos sociales de la
sociedad; Tres) Hans Alberto Caro Larsen, aportó la suma de
ochenta y ocho millones setenta y tres mil trescientos cuatro pesos,
con anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son
equivalentes al veinticinco coma cuatro mil trescientos setenta y
cinco por ciento del total de los derechos sociales de la sociedad;

Cuatro) don José David Molina Candia, aportó lal £u
) ndia, ap JARA O

diecisiete millones trescientos once mil setecientos seis pesos, con
anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son equivalentes al
cinco por ciento del total de los derechos sociales de la sociedad; y
Cinco) don Eduardo Antonio Medina Corvalán, aportó la suma de
ocho millones seiscientos cincuenta y cinco mil ochocientos
cincuenta y cuatro pesos, con anterioridad a este acto. Los aportes
efectuados son equivalentes al dos coma cinco por ciento del total
de los derechos sociales. De esta forma el capital social se
encuentra integramente aportado. TERCERO: Por el presente
instrumento, doña Angélica Rossana León López vende, cede y
transfiere a su socio don Eduardo Antonio Medina Corvalán quien
compra, acepta y adquiere para sí, el cero coma seis mil
ochocientos setenta y cinco por ciento de los derechos sociales en
RSM CHILE AUDITORES LIMITADA. El precio de venta de dichos
derechos sociales es la suma equivalente en pesos a trescientas
cuarenta y tres coma setenta y cinco Unidades de Fomento, según
el valor de referencia de dicha unidad correspondiente al día doce
de Agosto del año dos mil catorce y que don Eduardo Antonio
Medina Corvalán pagará a doña Angélica Rossana León López, con
una cuota contado de doscientas seis coma veinticinco Unidades de
Fomento, equivalentes en pesos, según valor de referencia y fecha
antes señalado, a cuatro millones novecientos sesenta y cinco mil
doscientos cuarenta y cuatro pesos, al contado y en dinero efectivo,

declarando la cedente recibirlo a su entera satisfacción; y el saldo

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de ciento treinta y siete coma cinco unidades de fomento, mediante doce
cuotas iguales y sucesivas, cada una de doscientos setenta y cinco mil
ochocientos cuarenta y siete pesos, con vencimiento cada una de ellas el
último día de cada mes a contar del mes de septiembre. CUARTO: Por
el presente instrumento, don LUIS ANGEL LANDA TOBAR vende, cede
y transfiere a su socio don Eduardo Antonio Medina Corvalán quien
compra, acepta y adquiere para sí, el uno coma ciento veinticinco por
ciento de los derechos sociales en RSM CHILE AUDITORES LIMITADA.
El precio de venta de dichos derechos sociales es la suma de quinientos
sesenta y dos coma cinco Unidades de Fomento, según el valor de
referencia de dicha unidad correspondiente al día doce de Agosto del
año dos mil catorce y que don Eduardo Antonio Medina Corvalán
pagará a don LUIS ANGEL LANDA TOBAR, con una cuota contado de
trescientas treinta y siete coma cinco Unidades de F omento,
equivalentes en pesos, según valor de referencia y fecha antes señalado,
a ocho millones ciento veinticuatro mil novecientos cuarenta y cinco
pesos, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a
su entera satisfacción; y el saldo de doscientas veinticinco unidades de
lomento, mediante doce cuotas iguales y sucesivas, cada una de
cuatrocientos cincuenta y un mil trescientos ochenta y seis pesos, con
vencimiento cada una de ellas el último día de cada mes a contar del
mes de septiembre. QUINTO: Por el presente instrumento, don HANS
ALBERTO CARO LARSEN vende, cede y transfiere a su socio don

Eduardo Antonio Medina Corvalán quien compra, acepta y

para sí, el cero coma seis mil ochocientos setenta y cinco por ciento de
los derechos sociales en RSM CHILE AUDITORES LIMITADA. El precio
de venta de dichos derechos sociales es la suma de trescientas cuarenta
y tres coma setenta y cinco Unidades de Fomento, según el valor de
referencia de dicha unidad correspondiente al día doce de Agosto del
año dos mil catorce y que don Eduardo Antonio Medina Corvalán
pagará a don HANS ALBERTO CARO LARSEN, con una cuota contado
de doscientas seis coma veinticinco Unidades de Fomento, equivalentes
en pesos, según valor de referencia y fecha antes señalado, a cuatro
millones novecientos sesenta y cinco mil doscientos cuarenta y cuatro
pesos, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo a
su entera satisfacción; y el saldo de ciento treinta y siete coma cinco
unidades de fomento, mediante doce cuotas iguales y sucesivas, cada
una de doscientos setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y siete
pesos, con vencimiento cada una de ellas el último día de cada mes a
contar del mes de septiembre. SEXTO: Declaran los socios que
habiéndose efectuado las cesiones en los términos expresados
precedentemente, doña Angélica Rossana León López, don Luis Ángel
Landa Tobar, don Hans Alberto Caro Larsen, don José David Molina
Candia y don Eduardo Antonio Medina Corvalán, consienten plena y
expresamente en las cesiones de derechos que respectivamente, en este
documento se acuerdan. SEPTIMO: Para los efectos de lo dispuesto por
el artículo mil novecientos uno del código Civil, don Eduardo Antonio

Medina Corvalán declara encontrarse en posesión material del título de

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los derechos que en virtud de esta escritura se ceden, conformado por la
escritura de constitución social, sus modificaciones, y los antecedentes
relativos a sus respectivas legalizaciones. OCTAVO: Quedan
comprendidos en las cesiones que dan cuenta la cláusula tercera a
sexta inclusive, todos los haberes, derechos, acciones e intereses, que
por concepto de capital, de fondos sociales de cualquier índole, finalidad
o denominación, de reserva, de revalorización, de crédito, de utilidades o
a cualquier otro título, hayan correspondido a la cedente en la sociedad.
NOVENO: Los socios dejan constancia que los derechos sociales objetos
de las presentes cesiones se encuentran libres de todo gravamen,
prenda, prohibición, embargo, limitación de dominio, o derechos de
terceros de cualquier especie. DÉCIMO: Como consecuencia de la
cesión de derechos sociales de que da cuenta este instrumento, el
interés de la sociedad RSM CHILE AUDITORES LIMITADA queda
distribuido entre los socios de la siguiente manera: / a/ don Luis Ángel
Landa Tobar, con un porcentaje equivalente al cuarenta coma cinco por
ciento del total del capital social. /b/ don Hans Alberto Caro Larsen,
con un porcentaje equivalente al veinticuatro coma setenta y cinco por
ciento del total del capital social. /c/ Doña Angélica Rossana León
López, con un porcentaje equivalente al veinticuatro coma setenta y
cinco por ciento del total de los derechos sociales de la sociedad. /d/
don José David Molina Candia, con un porcentaje equivalente al cinco

por ciento del total del capital social; y /c/ don Eduardo Antonio

Medina Corvalán, con un porcentaje equivalente al cinco pd
NOTARIO
PUBLICO

7 a G

total del capital social. DÉCIMO PRIMERO: Como consecuencia de lo
indicado en las cláusulas anteriores, y con el objeto de dejar constancia
del cambio de porcentaje de participación societaria en la sociedad RSM
CHILE AUDITORES LIMITADA, sus actuales y únicos socios modifican
el artículo Quinto de los estatutos sociales, el que queda de la siguiente
forma: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de trescientos
cuarenta y seis millones doscientos treinta y cuatro mil ciento veinte
pesos que los socios enteraron y pagaron de la siguiente forma: Uno)
Doña Angélica Rossana León López, aportó la suma de ochenta y cinco
millones seiscientos noventa y dos mil novecientos cuarenta y cinco
pesos, con anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son
equivalentes al veinticuatro coma setenta y cinco por ciento del total de
los derechos sociales de la sociedad; Dos) Don Luis Ángel Landa Tobar,
aportó la suma de ciento cuarenta millones doscientos veinticuatro mil
ochocientos dieciocho pesos, con anterioridad a este acto. Los aportes
efectuados son equivalentes al cuarenta coma cinco por ciento del total
de los derechos sociales de la sociedad; Tres) Hans Alberto Caro Larsen,
aportó la suma de ochenta y cinco millones seiscientos noventa y dos
mil novecientos cuarenta y cinco pesos, con anterioridad a este acto.
Los aportes efectuados son equivalentes al veinticuatro coma setenta y
cinco por ciento del total de los derechos sociales de la sociedad;
Cuatro) don José David Molina Candia, aportó la suma de diecisiete
millones trescientos once mil setecientos seis pesos, con anterioridad a

este acto. Los aportes efectuados son equivalentes al cinco por ciento

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del total de los derechos sociales de la sociedad; y Cinco) don
Eduardo Antonio Medina Corvalán, aportó la suma de diecisiete
millones trescientos once mil setecientos seis pesos, con
anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son equivalentes al
cinco por ciento del total de los derechos sociales. De esta forma el
capital social se encuentra integramente aportado. DÉCIMO
SEGUNDO: En todo lo no modificado, se mantiene plenamente y
vigente el estatuto social original, en especial respecto a la
limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus
respectivos aportes. DÉCIMO TRECERO: Para todos los efectos del
presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de
Santiago y se someten expresamente a la competencia de sus
Tribunales de Justicia. DECIMO CUARTO: Se faculta expresamente
a don Cristian Eduardo González López cédula nacional de
identidad número diez millones ochocientos sesenta y cuatro mil
trescientos treinta guión siete, para que pueda informar la
modificación social acordada en este instrumento, así como para
realizar cualquier trámite o presentación necesaria a fin de permitir
el funcionamiento de la presente sociedad, en especial ante el
Servicio de Impuestos Internos. Del mismo modo se entenderá
facultado para llenar y tramitar los formularios que den cuenta de
la modificación de estatutos ante el Servicio de Impuestos Internos

competente, y ante la Municipalidad correspondiente licitar

patentes y autorizaciones municipales; y cua

autorización que sea procedente. DÉCIMO QUINTO: Se faculta al
portador de copia autorizada de la presente escritura pública para
requerir todas las inscripciones, subinscripciones, publicaciones
y/o anotaciones que en derecho procedan o se estiman
convenientes, de parte del Registro de Comercio del Conservador de
Bienes Raíces de Santiago, del Registro de Propiedad del mismo
Conservador, o de cualquier otra institución. Asimismo, se faculta a
don Cristián González López, para efectuar todas las rectificaciones,
aclaraciones o complementaciones que se estimen pertinentes o que
en derecho procedan tendientes a subsanar errores, numéricos, o
individualización de los comparecientes, con el objeto de
materializar la presente escritura de modificación societaria. DÉCIMO
SEXTO: Todos los gastos notariales y de inscripciones que se generen
como consecuencia de la celebración del presente instrumento serán
de cargo de la sociedad. Se deja constancia del siguiente documento:
“Servicio de Registro Civil e Identificación. CERTIFICADO DE
MATRIMONIO. Circunscripción: SANTIAGO. Numero de inscripción:
novecientos treinta y cuatro. Año: mil novecientos noventa y uno.
Nombre del Marido: MIGUEL ANGEL RIVERA REYES. Nombre de la
Mujer: ANGÉLICA ROSSANA LEÓN LÓPEZ. Fecha de Celebración:
doce Junio mil novecientos noventa y uno a las nueve cincuenta y
cinco horas. En el acto del matrimonio los contrayentes pactaron
separación total de bienes. Hay firma y timbre Victor Rebolledo

Salas, Servicio de Registro Civil e Identificación”. Conforme.

10

REP,N* 29915 del 11.09 .2014
FELIX JARA CADOT
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En comprobante y previa lectura ratifican y firman los
comparecientes. Se da copia. Se anotó en el repertorio con el

número antes señalado. Doy fe.

ÉLICA ROSSANA LEÓN LÓPEZ

cu. 4.109, 190-0

7)

LA

LUIS Ascéiianon TOBAR

ly 7 -BoxX (133 -8

ey

HANSALBERTO CARO tard

CL 7.397 esl-e

cr LL FUVL8BYb-O

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UARDO ANTONIO MEDINA CORVALÁN

CL 240. 24S-4A

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PUBLIC:

41” NOTAR e

ESTA COPIA ES TESTIMONIO
FIEL DE SU ORIGINAL

sTeo.| 15 SEP 2014

FELIX JARA CADOT
NOTARIO PUBLICO

12

JARA O,

NOTARIO |O
PUBLICO |>
SANTIAGO 3

G.C. par]

FELIX JARA CADOT

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GCA REP. N* 29770-2014

C. Gonzalez

PROTOCOLIZACION DE EXTRACTO

RSM CHILE AUDITORES LIMITADA

A
¡ENS

EN SANTIAGO DE CHILE, el día veintidós del mes de Septiembre del
año dos mil catorce, YO, FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular
de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, ubicada en
Huérfanos mil ciento sesenta, local doce, Santiago, a petición de doña
BLANCA CARVALLO ARTIGAS, chilena, casada, empleada, cédula
nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos nueve mil
cuatrocientos setenta y siete guión tres, domiciliada en Huérfanos mil
ciento sesenta, Santiago, mayor de edad, quien acreditó su identidad
con la cédula personal citada, procedo a protocolizar el extracto de

modificación de la sociedad RSM CHILE AUDITORES

NOTARIO
PUBLICO
SANTIAGO

inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces
de Santiago, y publicado en el Diario Oficial número cuarenta mil
novecientos sesenta y dos, E trescientos once, de fecha veinte de
Septiembre del año dos mil catorce. Se protocoliza también, copia
autorizada de la inscripción del extracto de modificación. Dichos
documentos, escritos en cinco hojas, quedan agregados al final del
presente Registro. Para constancia firma la solicitante. Se dio copia. Se

anotó en el repertorio con el número antes señalado. Doy fe.

let Elimado

LANCA CARVALLO ART

RUT. 8.409,

y
7

“dz

Ya

E

qq ro”

2 2 SET. 2018

Y

€. Gonzalez

FELIX JARA CADOT

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7 EXTRACTO

FÉLIX JARA CADOT, Titular 412 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, local 12, Santiago, certifica: por escritura

pública de esta fecha, ante mí: Angélica Rossana León López, Luis Ángel Landa Tobar, Hans Alberto Caro
Larsen, José David Molina Candia, y Eduardo Antonio Medina Corvalán, todos domiciliados para éstos
efectos, en Avenida el Golf número 40, oficina 703, Las Condes, Región Metropolitana. Acordaron cesión de
derechos sociales y modificar estatutos de RSM CHILE AUDITORES LIMITADA, inscrita fs. 46.064 N* 31.857
Registro Comercio Santiago, año 2009, en el siguiente sentido. Angélica Rossana León López vende cede y
transfiere a Eduardo Antonio Medina Corvalán, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 0,6875 % de
derechos sociales. Precio equivalente a 343,75 UF, pagado en la forma estipulada en escritura de
modificación social. Luis Ángel Landa Tobar vende cede y transfiere a Eduardo Antonio Medina Corvalán,
quien compra, acepta y adquiere para sí, el 1,125 % de derechos sociales. Precio equivalente a 562,5 UF,
pagado en la forma estipulada en escritura de modificación social. Hans Alberto Caro Larsen vende cede y
transfiere a Eduardo Antonio Medina Corvalán, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 0,6875 % de
derechos sociales. Precio equivalente a 343,75 UF, pagado en la forma estipulada en escritura de
modificación social. Socios modifican el articulo quinto de los estatutos sociales: “ARTICULO QUINTO: El
capital social es la suma de $346.234.120, que los socios enteraron y pagaron de la siguiente forma: Uno)
Doña Angélica Rossana León López, aportó la suma de $85.692.945, con anterioridad a este acto. Los
aportes efectuados son equivalentes al 24,75 % del total de los derechos sociales de la sociedad: Dos) Don
Luis Ángel Landa Tobar, aportó la suma de $140.224.818, con anterioridad a este acto. Los aportes
efectuados son equivalentes al 40,5 % del total de los derechos sociales de la sociedad; Tres) Hans Alberto
Caro Larsen, aportó la suma de $85.692.945, con anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son
equivalentes al 24,75 % del total de los derechos sociales de la sociedad; Cuatro) don José David Molina
Candia, aportó la suma de $17.311.706, con anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son
equivalentes al 5% del total de los derechos sociales de la sociedad; y Cinco) don Eduardo Antonio Medina
Corvalán, aportó la suma de $17.311.706, con anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son
equivalentes al 5%del total de los derechos sociales. De esta forma el capital social se encuentra
integramente aportado. En consecuencia, el capital social ha sido integramente enterado y pagado. Socios

reiteran limitación de su responsabilidad al monto de los aportes. Dpmá

extractada. Santiago, 11 de Septiembre de 2014. Félix Jara Cadot. N.P.

C: 8914118
FMCOM11

Conservador de Bienes Raices
de Santiago

REGISTRO DE COMERCIO

LA PRESENTE HOJA CORRESPONDE A LA CERTIFICACION
DE EXTRACTO DE MODIFICACION
DE SOCIEDAD RSM CHILE AUDITORES LIMITADA

EL EXTRACTO SE ANOTO EN EL REPERTORIO N’ 49321
Y SE INSCRIBIO HOY EN EL REGISTRO DE COMERCIO A
FOJAS 69851 NUMERO 42589 DEL AÑO 2014

Y SE ANOTÓ AL MARGEN DE:

FOJAS 46064 NUMERO 31857 DEL AÑO 2009

DERECHOS: $ L 3.726. –

SANTIAGO, 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014

Morandé 440 telefono 3900 800 www.conservador.cl
Santiago fax: 380 9444 infoOconservador.cl

DIARIO OFICIAL

DE LA REPUBLICA DE CHILE

SECCIÓN SOCIEDADES

MODIFICACIONES SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
819932 RSM CHILE AUDITORES LIMITADA.

FÉLIX JARA CADOT, Titular 41? Notaría Santiago, Huérfanos 1160, local 12, Santiago,
certifica: por escritura pública de esta fecha, ante mí: Angélica Rossana León López, Luis
Ángel Landa Tobar, Hans Alberto Caro Larsen, José David Molina Candia, y Eduardo Antonio
Medina Corvalán, todos domiciliados para éstos efectos, en Avenida el Golf número 40, oficina
703, Las Condes, Región Metropolitana. Acordaron cesión de derechos sociales y modificar
estatutos de RSM CHILE AUDITORES LIMITADA, inscrita fs. 46.064 N” 31.857 Registro
Comercio Santiago, año 2009, en el siguiente sentido. Angélica Rossana León López vende
cede y transfiere a Eduardo Antonio Medina Corvalán, quien compra, acepta y adquiere para
sí, el 0,6875 % de derechos sociales. Precio equivalente a 343,75 UF, pagado en la forma
estipulada en escritura de modificación social. Luis Ángel Landa Tobar vende cede y transfiere
a Eduardo Antonio Medina Corvalán, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 1,125 % de
derechos sociales. Precio equivalente a 562,5 UF, pagado en la forma estipulada en escritura
de modificación social. Hans Alberto Caro Larsen vende cede y transfiere a Eduardo Antonio
Medina Corvalán, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 0,6875 % de derechos sociales.
Precio equivalente a 343,75 UF, pagado en la forma estipulada en escritura de modificación
social. Socios modifican el artículo quinto de los estatutos sociales: “ARTICULO QUINTO: El
capital social es la suma de $346.234.120, que los socios enteraron y pagaron de la siguiente
forma: Uno) Doña Angélica Rossana León López, aportó la suma de $85.692.945, con
anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son equivalentes al 24,75 % del total de los
derechos sociales de la sociedad; Dos) Don Luis Ángel Landa Tobar, aportó la suma de
$140.224.818, con anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son equivalentes al 40,5 %
del total de los derechos sociales de la sociedad; Tres) Hans Alberto Caro Larsen, aportó la
suma de $85.692.945, con anterioridad a este acto. Los aportes efectuados son equivalentes
al 24,75 % del total de los derechos sociales de la sociedad; Cuatro) don José David Molina
Candia, aportó la suma de $17.311.706, con anterioridad a este acto. Los aportes efectuados
son equivalentes al 5% del total de los derechos sociales de la sociedad; y Cinco) don Eduardo
Antonio Medina Corvalán, aportó la suma de $17.311.706, con anterioridad a este acto. Los
aportes efectuados son equivalentes al 5%del total de los derechos sociales. De esta forma el
capital social se encuentra integramente aportado. En consecuencia, el capital social ha sido
integramente enterado y pagado. Socios reiteran limitación de su responsabilidad al monto de
los aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de Septiembre de
2014. Félix Jara Cadot. N.P.

Certifico que el extracto SÍ a pgade apareció
TE.IE

publicada en la edición N” .. EL… del Di
Oficial de fecha a 08 Sos ESTA bo.
Santiago, mn. Lab 100 LS aaron 00 ER de franna

ESE NAAA DE CHILE

JARA O)

NOTARI0)

PÚBLICO

SANTIAGO
G.C.

FELIX

41″ NOTARIAS

Foho: 24863606.

Núm. 40,962 sábado, 20 de septiembre de 2014 E-311 Pág. 1 de 1

mento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley 19.799.

cve: 819932 este docu

O
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Ó

firmas y la integridad del documento.

ficial.cl para verificar la validez de sus

Ingrese este código en www.diario!

CONSERVADOR Fojas 69851
DE BIENES RAICES
DE SANTIAGO

CR/CM Santiago, quince de Septiembre del año dos mil

N*42589 catorce.- A requerimiento de don Cristian Gon-

MODIFICACION zález López, procedo a inscribir lo siguiente:

RSM CHILE FÉLIX JARA CADOT, Titular 41? Notaría Santiago,

AUDITORES Huérfanos 1160, local 12, Santiago, certifica:

LIMITADA por escritura pública de esta fecha, ante mí:

Rep: 49321 ¡Angélica Rossana León López, Luis Ángel Landa

Ca BO141IL8 Tobar, Hans Alberto Caro Larsen, José David Mo-

lina Candia, y Eduardo Antonio Medina Corvalán,

todos domiciliados para éstos efectos, en Aveni-

10
da el Golf número 40, oficina 703, Las Condes,

11
Región Metropolitana. Acordaron cesión de dere-

12
chos sociales y modificar estatutos de RSM CHILE

13
¡AUDITORES LIMITADA, inscrita fs. 46.064 N”

14
31.857 Registro Comercio Santiago, año 2009, en

15
el siguiente sentido. Angélica Rossana León Ló-

16
pez vende cede y transfiere a Eduardo Antonio

17
Medina Corvalán, quien compra, acepta y adquiere

18
para sí, el 0,6875% de derechos sociales. Precio

19
equivalente a 343,75 UF, pagado en la forma es-

20
tipulada en escritura de modificación social.

21 o
Luis Ángel Landa Tobar vende cede y transfiere a

22
Eduardo Antonio Medina Corvalán, quien compra,

23
acepta y adquiere para sí, el 1,125% de derechos

24
sociales. Precio equivalente a 562,5 UF, pagado

25
en la forma estipulada en escritura de modifica-

26
ción social. Hans Alberto Caro Larsen vende cede

27
y transfiere a Eduardo Antonio Medina Corvalán,

28
quien compra, acepta y adquiere para sí, el

29

0,6875% de derechos sociales. Precio equivalente

30

CONSERVADOR
DE BIENES RAICES

10

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12

ph

14

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10

18

E9

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23

24

25

26

ZE

28

29

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DE SANTIAGO

a 343,75 UF, pagado en la forma estipulada en

escritura de modificación social. Socios modifi-

Can el artículo quinto de los estatutos socia-

les: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la

suma de $346.234.120, que los socios enteraron y

pagaron de la siguiente forma: Uno) Doña Angéli-

ca Rossana León López, aportó la suma de

585.692.945, con anterioridad a este acto. Los

aportes efectuados son equivalentes al 24,75%

del total de los derechos sociales de la socie-

dad; Dos) Don Luis Ángel Landa Tobar, aportó la

suma de $140.224.818, con anterioridad a este

acto. Los aportes efectuados son equivalentes al

40,5% del total de los derechos sociales de la

sociedad; Tres) Hans Alberto Caro Larsen, aportó

la suma de $85.692.945, con anterioridad a este

acto. Los aportes efectuados son equivalentes al

24,75% del total de los derechos sociales de la

sociedad; Cuatro) don José David Molina Candia,

aportó la suma de $17.311.706, con anterioridad

a este acto. Los aportes efectuados son equiva-

lentes al 5% del total de los derechos sociales

de la sociedad; y Cinco) don Eduardo Antonio Me-

dina Corvalán, aportó la suma de $17.311.706,

con anterioridad a este acto. Los aportes efec-

tuados son equivalentes al 5% del total de los

derechos sociales. De esta forma el capital so-

cial se encuentra íntegramente aportado. En con-

secuencia, el capital social ha sido íntegramen-

te enterado y pagado. Socios reiteran limitación

CONSERVADOR
DE BIENES RAICES
DE SANTIAGO

de su responsabilidad al monto de los aportes.

Demás estipulaciones en escritura extractada.

Santiago, 11 de Septiembre de 2014. Félix Jara

Cadot. N.P.- Hay firma ilegible.- Se anotó al

margen de la inscripción de fojas 46064 número

31857 del año 2009.- El extracto materia de la

presente inscripción, queda agregado al final

del bimestre de Comercio en curso.Francisco Ba-

rriga V. CERTIFICO QUE LA INSCRIPCION QUE ANTE-

CEDE ESTA CONFORME CON SU ORIGINAL DEL REGISTRO

10
DE COMERCIO.- Santiago, Martes, 16 de Septiembre

11
de 2014 Drs: $20900

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18

13

o imoni umento gue se
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21

Santiago, .

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PUBLICO |>
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O FELIX

1″ NOTARI

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=0b419f3e7ef05484748b7cf4b1fcef9eVFdwQmVFNUVSWGROUkVWNFRVUmpOVTlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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