Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

REALE CHILE SEGUROS GENERALES S.A. 2020-02-28 T-11:36

R

2] REALE
Bm SEGUROS

REALE GROUP

Santiago, 28 de febrero de 2020.
GGA- 3/2020

Señor

Joaquín Cortez Huerta

Presidente

Comisión para el Mercado Financiero
Presente

Ref.: Comunica Hecho Esencial.

De nuestra consideración:

Por medio de la presente, y en virtud de lo establecido en los artículo 9” y 10? de la Ley 18.045, en
artículo 147 de la Ley N*18.046 y demás normativa vigente, informamos como Hecho Esencial,
que el Directorio de Reale Chile Seguros Generales S.A., en sesión ordinaria celebrada con
fecha 27 de febrero de 2020, acordó actualizar la Política de Habitualidad de la Compañía.

En razón de lo anterior, se adjunta a la presente, copia de la versión actualizada de la Política de

Habitualidad aprobada por el Directorio de la Compañía, la cual se encuentra también a disposición

de los accionistas en las oficinas sociales y en el sitio web: www.reale.cl

Sin otro particular, se despide atentamente,

Reale Chile Seguros Generales S.A. Los Militares 5890, piso 12, Las Condes, Santiago de Chile. Teléfono: +56 2 2810 1400

2] REALE
Hmm GROUP

Política de Habitualidad

REALE CHILE
SEGUROS GENERALES S.A.

3

Aprobación

De acuerdo con lo establecido en la Política de Gobiernos Corporativos de Reale Chile
Seguros Generales S.A., en adelante “La Compañía” o “La Sociedad”, el Directorio ha
aprobado la presente Política de Habitualidad.

Objetivos

La presente Política tiene por objeto establecer aquellas operaciones con parte relacionadas
que pueden ser ejecutadas sin los requisitos y procedimientos establecidos en el Título XVI
de la Ley N*18.046, especialmente los señalados en los números 1 a 7 del artículo 147 de
dicha Ley.

Política de Habitualidad

Se entienden por actos y contratos que celebra la sociedad respecto de actividades que
formen parte habitual del desarrollo de su giro, en particular todos aquellos que digan
relación con la comercialización y venta de seguros como asimismo la administración e
indemnización de siniestros.

Por otra parte, se entenderá que la sociedad puede contratar con empresas a las que se
refiere la ley todos los bienes y las prestaciones de servicios ordinarias que ella pudiere
requerir para realizar sus actividades, como son las que dicen relación con la contratación
de servicios públicos de luz, agua, o compra de insumos.

Asimismo, se entenderá que dichos actos o contratos son celebrados en condiciones de
equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado en la medida en que
los precios ofrecidos no sean menores que los que se hayan convenido con terceros no
relacionados; o que hayan sido contratados a precios y condiciones no superiores a aquellos
que se prestan los servicios o se venden los bienes a personas.

El directorio de Reale Chile Seguros Generales S.A. otorga esta autorización genérica para
los efectos de contratar dichos servicios o bienes a empresas relacionadas.

El Directorio podrá requerir en cualquier tiempo que se le informen en forma detallada
cualquiera operación habitual respecto de la cual hubiere otorgado dicha autorización
genérica.

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Sin perjuicio de lo anterior, se otorga expresa autorización y se entiende como operaciones
habituales, independiente de su monto, plazo o vigencia, las que se indican a continuación:

1. Ofrecer todo tipo de seguros y reaseguros, en orden a asegurar y reasegurar a base
de primas, los riesgos de pérdida o deterioro de las cosas o del patrimonio, en
conformidad a lo establecido en los artículos 4 y 8 del DFL 251 del Ministerio de
Hacienda del año 1931.

2. Cualquier otra actividad que la Comisión para el Mercado Financiero autorice o
haya autorizado o declare afín o complementaria al giro propio de la Compañía.

3. La celebración de actos y contratos para la intermediación de seguros con
Corredores de Seguros nacionales o extranjeros.

4. La Celebración de contratos, acuerdos o convenciones de promoción, corretaje y
distribución de los productos de la Compañía. Por contrato, acuerdo o convención
se entenderá como aquel acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar,
hacer o no hacer alguna cosa.

5. La contratación de servicios de cobranza y recaudación de primas y/o labores de
procesamiento y administración de dicha recaudación.

6. La compraventa de fondos mutuos, de fondos de inversión, de fondos de inversión
de capital extranjero, de fondos para la vivienda, y de cualquier otro fondo cuya
fiscalización se haya encomendado a la Comisión para el Mercado Financiero, y los
aportes rescates recibidos y efectuados en relación a estos fondos.

7. Larealización de todo tipo de actos y contratos relativos al manejo de su cartera
de inversión en cuanto a las operaciones propias del mercado de valores, sean
estas con corredores de bolsa, agentes de valores u otras entidades calificadas
como inversionistas institucionales nacionales o extranjeros, corredores de
propiedades inmobiliarias, agentes operadores de mercados masivos de personas,
operaciones de cambios internacionales, custodia de valores en Chile o en el
extranjero.

8. La celebración de contratos de agente colocador de valores y la contratación de
servicios para la distribución de los productos de seguros autorizados con que
opere la Compañía.

8, La realización de operaciones necesarias para el manejo del flujo de caja de la
Compañía, destinadas al financiamiento de las inversiones de la compañía o de su
capital de trabajo ya sea mediante la contratación de créditos como a través de la
colocación de instrumentos de deuda en los mercados nacionales o extranjeros; la
celebración de contratos de mandato y encargo, ya sea con Bancos, intermediarios
de valores y/o entidades financieras, de custodia o de cualquier otra naturaleza, en
Chile o en el extranjero.

10. La contratación de servicios de intermediación de valores de oferta pública, las
operaciones de bolsa, de compra y venta de acciones y de todo tipo de valores,

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moneda extranjera, derivados (forwards, swaps, opciones).
jes > A

11. La celebración de contratos de arriendo y subarriendo de toda clase de bienes
muebles y/o inmuebles, corporales o incorporales, necesarios para el desarrollo de
la actividad de la Sociedad, así como la habilitación e instalación de dichos
inmuebles.

12. La compra de bienes e insumos necesarios para el desarrollo de su actividad.

13. La contratación de servicios y asesorías en materias económicas, comerciales,
financieras, contables, tributarias, legales, de inversión, informática
computacional, de marketing, de gestión y evaluación de riesgos, y administración
de cartera.

14. Lacelebración de todo tipo de contratos en relación a licencias de software.

15. La contratación de servicios de asistencia para los clientes de la Compañía.

Difusión

La presente Política estará a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el
sitio web de La Compañía (www.reale.cl).

4!

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=ae6cf9e90af3126924b79d0669a62054VFdwQmVVMUVRWGxOUkVFd1RrUkZNMDFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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