Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

PRINCIPAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. 2010-04-14 T-16:17

P

Financial
Group |

Santiago, 14 de abril de 2010 |

Señor

Fernando Coloma Correa
Superintendente

Superintendencia de Valores y Seguros
Presente

REF: Hecho Esencial Política de Habitualidad

De nuestra consideración:

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9*, por el inciso 2” del artículo 10 y el artículo 234 de
la Ley N” 18.045 sobre Mercado de Valores, y especialmente facultado, cumplo con informar
que en Sesión Ordinaria de Directorio celebrada con fecha 13 de abril de 2010 se acordó
aprobar una política concerniente al tipo de operaciones entre partes relacionadas que se
considerarán habituales u ordinarias en consideración al giro social para los efectos señalados
en el artículo 147 letra b) de la Ley N* 18.046 de Sociedades Anónimas, copia de la cual se
adjunta a la presente.

Esta política estará a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y se mantendrá
publicada en el sitio Internet de la Administradora www. principal.cl

Sin otro particular, saluda atentamente,

( /
Y
Uan

Cristián Edwards Gana
Fiscal Corporativo €: Chief Compliance Officer
Principal Administradora General de Fondos S.A.

ADAMS AIDA DIA IAE INDI

Financial
Group .
POLÍTICA DE HABITUALIDAD

EN Propósito

Difundir la política concerniente al tipo de operaciones entre partes relacionadas
que se considerarán habituales para los efectos señalados en el artículo 147 de la
Ley N” 18.046 de Sociedades Anónimas (LSA).

De acuerdo con lo dispuesto en la norma señalada, las operaciones consideradas
como habituales no requerirán cumplir con los requisitos y procedimientos
especiales establecidos en la LSA.

b. Aplicación de la Política

13 Esta Política se aplica a las operaciones habituales que se realicen
entre la Sociedad y sus personas relacionadas según estos
conceptos se definen en la LSA, la Ley N” 18.045 sobre Mercado
de Valores (LMV) y en la presente política.

ii. Para todos los efectos, se considerará como partes relacionadas
con la Sociedad a las siguientes:

a. Aquellas definidas como personas relacionadas a la sociedad
por el artículo 100 de la LMV.

b. Los directores, gerentes, administradores, ejecutivos
principales o liquidadores de la sociedad, ya sea por sí o en
representación de personas distintas de la sociedad, o sus
respectivos cónyuges, o parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad inclusive.

c. Las sociedades o empresas en las que las personas indicadas
en la letra anterior sean dueños directamente o a través de
otras personas naturales o jurídicas, de un 10% o más de su
capital, o bien tengan el carácter de directores, gerentes,
administradores o ejecutivos principales.

d. Aquellas que establezcan los estatutos en su caso.

e. Aquellas en las cuales haya realizado funciones de director,
gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador, un
director, gerente, administrador, ejecutivo principal o
liquidador de la sociedad dentro de los últimos 18 meses.

€: Operaciones Habituales

Se considerarán como operaciones habituales las siguientes:

AAA ALIEN DIERAN AA IAEA

a

Financial ar
Group oa

a) La contratación de servicios profesionales y de gerenciamiento a las.
sociedades pertenecientes a Principal Financial Group, con el fin de satisfacer
las necesidades operativas de la sociedad, cualquiera sea el monto de dichas
operaciones individualmente consideradas, incluyendo pero sin que la
enumeración sea taxativa, servicios de tesorería, contabilidad, legales,
gestión de recursos humanos, logística, infraestructura tecnológica y
administración corporativa.

b) La contratación de servicios o asesorías en materias económicas, comerciales,
financieras, contables, de inversión y administración de cartera, cualquiera
sea el monto de dichas operaciones individualmente consideradas.

c) Los préstamos en cuenta corriente, licencias de software y arriendos de
bienes muebles e inmuebles, cualquiera sea el monto de dichas operaciones
individualmente consideradas.

d) La adquisición de productos de las entidades pertenecientes al grupo
empresarial de la Sociedad, incluyendo pero sin que la enumeración sea
taxativa, seguros previsionales y no previsionales, fondos mutuos, mutuos
hipotecarios endosables, planes de ahorro previsional voluntario.

d. Difusión

La presente política estará a disposición de los accionistas en las oficinas de la
Sociedad, y en su sitio de Internet www.principal. cl.

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Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=e0c6cefdef0f388fb59abe98b7a802c3VFdwQmVFMUVRVEJOUkVGNlRucEJNRTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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